Por Sergio Alvez | La noticia estalló en los medios regionales, se viralizó en las redes y llegó incluso –a través de una denuncia formal- a la Organización de las Naciones Unidas (ONU). El pasado 8 de julio, sin orden judicial y violando la Ley 26.160 (que prohíbe los desalojos a comunidades indígenas), un grupo de personas entre los que se hallaban empleados municipales, desalojó de manera violenta a las familias pertenecientes a TekoaKokuere’i, una de las 13 comunidades Mbua Guaraní que habitan en la localidad de San Ignacio, provincia de Misiones.
“Con machetes y motosierras, el grupo derribó las viviendas y luego las incendiaron en presencia de niños y mujeres, que eran mayoría en el lugar, en medio de escenas de miedo y llanto”, detalló el Equipo Misiones de Pastoral Aborigen (EMIPA), acompañando la denuncia por un video que días después –vía la Asociación de Abogados/as de Derecho Indígena (AADI)- llegó a manos de la Relatora Especial de Pueblos Indígenas en la ONU.
“El municipio de San Ignacio ya tiene trayectoria en estas actitudes, algunos de sus habitantes siguen el ejemplo del intendente y un diputado que hace poco tiempo arrasaron con máquinas la Comunidad Chapa’ì” acota el EMIPA, organización que presta apoyo jurídico a las Comunidades Mbya en Misiones.
Un informe social sobre comunidades aborígenes, documento de la Municipalidad de San Ignacio con fecha 27 de febrero de 2013, reconoce que “en el municipio de San Ignacio existen 13 comunidades aborígenes, distribuidas en diferentes zonas, aledañas al pueblo y en las colonias: PindoyTy, Kaatimy, Tava Mini, Ychongy, Kokuorey, IvyPoty II, Takuaral, Mbokajatay, JataíMiní, Chapay, Andresito, YchongyPoty y KotuPiry. La gran mayoría de estas familias viven en situación precaria, viviendas deficientes (chozas), sin servicios de agua potable y luz eléctrica. Así también, varias de ellas no perciben la asignación familiar por hijo, ni el Plan Mamá, por no contar con documento nacional de identidad”.
Afectados
Conocida mundialmente por sus ruinas jesuíticas –segundo atractivo turístico de la provincia de Misiones detrás de las Cataratas del Iguazú-, la localidad de San Ignacio fue una de las ciudades afectadas por las inundaciones de la represa Yacyretá. Sus poblaciones ribereñas, como casi 80 mil personas en distintos puntos costeros de la provincia, fueron vilmente estafadas por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY): se les expropiaron tierras y se los desalojó con violencia, sin pagar los resarcimientos estipulados. Se estima según un documento oficial del Banco Interamericano de Desarrollo –financista de la represa- que un 92% de los afectados por la represa no contaban con título de propiedad al momento de ser sujetas a expropiación. Esto facilitó y facilita el vapuleo legal por parte de la EBY a la hora de desconocer los resarcimientos. Así, y con la venia del Estado provincial y el nacional, se viene cumplimentando un plan de exterminio social y cultural que ya alcanzó a pescadores, junqueros, oleros, pequeños agricultores y comunidades aborígenes.
En San Ignacio, Yacyretá dejó bajo agua 2300 hectáreas fértiles y de enorme riqueza biológica. Las Comunidades Mbya fueron privadas del acceso al río –fuente fundamental de subsistencia y trascendencia cultural– y al monte costero. “Se inundaron tierras sin relevamientos previos, dejando bajo agua para siempre un montón de hierbas medicinales que desde siempre hemos utilizados los guaraníes. Ahora no podemos pescar, ni subsistir de la caza menor que hacíamos, vivíamos en armonía con la naturaleza, manteníamos el modo de vida de nuestros antepasados, pero con Yacyretá eso se terminó para siempre, arrasaron con todo y no nos reconocen nada”, resume Itatí Brizuela, miembro de la comunidad Chapay.
“Ninguna de las comunidades de San Ignacio que fueron afectadas por la represa fue debidamente compensada e indemnizada por la EBY. Tenemos comunidades como Katy Piry y Pindoty a las que le han sacado mucha tierra y perdido mucho de sus recursos, y otras que fueron afectadas en menor medida, pero sin embargo nunca se ha podido lograr que la EBY reconozca el daño realizado”, aporta el director de Caciques y Pueblos Originarios de la Municipalidad de San Ignacio, Benjamín Benitez, quien es además cacique de la comunidad Ychongy, enclavada en la zona de Puerto Nuevo.
Bertolino Ortega es cacique de la comunidad Pindoty, ubicada en cercanías del Puerto Nuevo. En esta aldea persisten 8 familias, que hoy subsisten de la venta de artesanías. “Somos afectados directos por Yacyretá, porque el agua se tragó nuestro territorio, y el río cambió para siempre, hoy ya no podemos pescar, se eliminaron las zonas donde conseguíamos nuestros yuyos ancestrales para medicina, cambió todo, está todo contaminado, pero la EBY nunca nos quiso reconocer nada, ellos son poderosos y se abusan de las comunidades”, lamentó Bertolino.
“Llevamos varios años reclamando, junto a otras comunidades, hemos estado en la calle con nuestro reclamo, pero no hay forma de pelear con la EBY, ellos tienen todo comprado, hasta la Justicia”, agregó.
Sobre el uso del río Paraná, que históricamente fue parte intrínseca en la vida de los mbya, el cacique Ortega señaló que “acá nosotros teníamos salida al río, nos bañábamos, vivíamos de la pesca, conocíamos el río perfectamente, era un río limpio, sano. Hoy ya no es un río, está todo contaminado, no se pesca en esta zona como antes y es muy peligroso meterse. Ya hubo varios ahogados por pescar o intentar nada en el río, que por culpa de Yacyretá es una trampa mortal”.
Emergencia
Artículo 1º: Declárese en el municipio de San Ignacio en estado de Emergencia Social y Ocupacional a los trabajadores y comunidades mbya dedicadas a la pesca, la extracción de piedras laja, de pajas, tacuara y fabricación artesanal de olerías, y cualesquiera otros pobladores, cuyo sustento dependa del comportamiento de las aguas del río Paraná y sus afluentes. La situación de extrema necesidad por la que atraviesan las poblaciones ribereñas del río Paraná y el arroyo Yabebiry, como consecuencia de la elevación de la cota para el funcionamiento de la represa Yacyretá. Hace necesaria la creación de un grupo de trabajopara contrarrestar esta grave crisis socio económica.
Artículo 4ª: Iníciese las acciones legales tendientes a la reparación total de los daños y perjuicios ocasionados al municipio de San Ignacio como consecuencia de la variación del comportamiento del río debido a la construcción de la represa hidroeléctrica Yacyretá.
(Fragmento de la Ordenanza 04/99 del Honorable Concejo Deliberante de San Ignacio con fecha 4 de agosto de 1999. Nota del cronista: a 18 años de la ordenanza, la EBY no reparó ni resarció a las poblaciones afectadas. En tanto, la Municipalidad de San Ignacio viene reclamándole a la EBY obras y recursos por más de 40 millones de pesos para revertir en parte los severos daños sociales, ambientales y sanitarios ocasionados).
Acorralados
Hay que caminar por un trillo angosto, de tierra, que conduce a la entrada de Chapay, una de las 13 comunidades mbya afectadas por Yacyretá. Luego empiezan a verse las chozas de tacuara, con techo de paja; entre plantas de curupí y el aroma que emana el monte que aún subsiste. Las selvas en San Ignacio, que inspiraron la narrativa de Horacio Quiroga y garantizaron la existencia de generaciones de aborígenes, hoy lucen heridas de muerte. Los efectos de Yacyretá y el avance del monocultivo y la extranjerización de tierras amenazan con dejar poco y nada de monte en pie. “Nosotros vivíamos en la costa del río, la comunidad se llamaba Litoral. Mi hermano era el cacique. Un día vino gendarmería, con muchas camionetas y armas, nos sacaron a la fuerza, nos dejaron en la calle, quemaron algunas casas, y después quedó todo bajo agua. Así fue que nos vinimos para acá. Ahora estamos luchando para que la EBY nos reconozca ese daño irreparable”, dice Juan Brizuela, cacique de Chapay.
Aquí en San Ignacio, la transnacional chilena Alto Paraná S.A posee 7250 hectáreas. En vastos territorios donde antes había monte, hoy se avista el desierto verde de los pinos que alimentan a la papelera que la compañía chilena posee en el norte de la provincia.
“Recuerdo muy bien como era todo cuando era niño. Duele mucho ver lo que ha sucedido”, dice Germán Acosta, de 28 años, cacique de la comunidad mbya Tava Miry, del Puerto Viejo, situada a menos de un kilómetro del río muerto. Esta aldea, donde moran hoy unas 10 familias afectadas por la EBY, está ubicada sobre una altura que permite observar claramente los pinares de Alto Paraná. Con la vista hacia esa postal del monocultivo, Germán recuerda que “eso ahí donde está el pinar era todo monte, todo virgen. Tiraron todo abajo para plantar eso. Así se fue perdiendo mucho monte y después Yacyretá nos sacó más monte y nos quitó el río”.
La ley 26.160
El reciente caso del desalojo a la Comunidad Kokuere’i es, entonces, un eslabón más en la escalada de violencia y exclusión contra los Pueblos Originarios ya no sólo en San Ignacio o en la provincia de Misiones, sino que es parte de un proceso que abarca todo el territorio nacional. Por ello, una acción urgente es la prórroga de la de la Ley 26.160, Ley de Emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras comunitarias. Este tema fue eje de una reciente reunión de la Comisión Especial de Pueblos Indígenas en el Senado de la Nación Argentina, de la cual participaron representantes de organizaciones indígenas de todo el país.
Con más de una década en vigencia, la ley 26.160 de Emergencia de la posesión y propiedad comunitaria indígena establece la suspensión de los desalojos de comunidades indígenas y el relevamiento territorial para delimitar estas propiedades.
La ley 26.160, que tiene vigencia prorrogada hasta noviembre de 2017, es la forma en que el Estado argentino pretende garantizar las obligaciones de delimitación y demarcación de propiedad comunitaria indígena. Tanto la Constitución Nacional en su art. 75 inc. 17 como el Convenio 169 de la OIT obligan a nuestro país a delimitar, demarcar y titular las tierras tradicionalmente ocupadas.
Según explica el abogado Eduardo Hualpa, asesor jurídico del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen, “la ley 26.160 pretende ocuparse de las dos primeras obligaciones, es decir delimitar y demarcar, y hasta el momento no existe normativa que garantice la titulación de las tierras una vez terminado el relevamiento. La aparición de esta ley es un avance en la medida que agiliza la instrumentación de las obligaciones estatales, aunque también representa un reconocimiento por parte del Gobierno de la falta de vigencia de la Constitución para garantizar la posesión y propiedad comunitaria indígenas”.
La emergencia de la propiedad comunitaria indígena surgió a partir del primer lustro del siglo, en que diferentes conflictos y desalojos que emergieron en nuestro país despertaron la conciencia de los legisladores nacionales. Desalojos ocurridos cerca de la localidad de Orán, provincia de Salta, y en Esquel, provincia del Chubut, pusieron al descubierto la necesidad de contar con una herramienta legal que frene estos desalojos.
“De un proyecto que incluía la emergencia y una forma de instrumentar la propiedad comunitaria el oficialismo tomó solo la parte de la suspensión de los desalojos y el relevamiento, lo que de todos modos fue visto como un avance en la defensa de los territorios. Así se llegó a la ley 26.160, que ya fue aplicada en decenas de casos y que el gobierno nacional esgrime en todas las ocasiones en que rinde cuentas del cumplimiento de sus obligaciones internacionales como uno de sus principales logros. Lamentablemente la ley 26.160 no permite avanzar sobre el reconocimiento del título pues no señala como es el tránsito desde el relevamiento hasta la obtención de un título. Esa es aún una deuda del Estado argentino, que debe saldarse” señaló Hualpa.