Por Inés Hayes | El viernes pasado, las trabajadoras en Casas Particulares lograron un 15% de aumento en paritarias que será retroactivo al 1 de marzo de este año y que corresponde a una revisión del acuerdo de 2018, que había sido del 25 %. El salario mínimo por mes es de 11.046,50, por 48 horas semanales. En Argentina, la mayoría de las mujeres trabaja en comercios o en casas particulares.
“Es un trabajo que no termina nunca. O sea, nosotras no terminamos nunca. limpiás doble: llegás a tu casa y tenés que lavar, cocinar, cuidar a los chicos”. Las palabras de Norma son una realidad que las atraviesa a todas. Según la Encuesta Permanente de Hogares, el trabajo en casas es, junto con el Comercio, la labor que más mujeres ocupa en nuestro país. Sin embargo, recién desde 2013 existe la Ley 26.844 que equipara los derechos de las empleadas en casas particulares (así se llaman luego de esta legislación) al del resto de los y las trabajadoras. Y aun después de la ley, el 65% de las trabajadoras no tienen obra social, licencia por maternidad, ART, días por enfermedad, ni días de estudio, tampoco indemnización por despido, ni vacaciones y aguinaldo.
Según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), hacia mediados de 2016, en Argentina, esta fuerza de trabajo representaba el 5,6% del total de ocupados del país, el 12,4% de las mujeres ocupadas y el 15,7% de las mujeres asalariadas. Pero, a pesar del enorme contingente de trabajadoras que tiene el sector, se ha tratado históricamente de un colectivo laboral relegado. En este sentido, cuestiones tales como los bajos salarios, la inestabilidad laboral, las situaciones de sobreexplotación (cuando no de abuso y maltrato), así como el acceso restringido a la formalización laboral y, por ende, a la protección social, son algunos de los problemas más acuciantes que tradicionalmente afectan a estas trabajadoras.
En efecto, en el año 2011 la OIT adoptó el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos que se transformó en una herramienta internacional de suma utilildad en términos de los principios básicos y de los estándares de trabajo mínimos para la actividad. En particular, el Convenio busca que quienes se desempeñan en esta actividad gocen de condiciones laborales no menos favorables que las del resto de los trabajadores en cada contexto nacional.
En la última década, el nivel de registro del sector en el país experimentó avances que, si bien fueron modestos, resultaron muy significativos en términos relativos. Según números de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH), el porcentaje de trabajadoras registradas pasó de niveles que oscilaban históricamente en torno al 5% a principios de la década pasada a valores de alrededor del 25% en la actualidad.
Otro de los factores que configuran las condiciones laborales del sector es que las trabajadoras domésticas tienen una inserción subordinada en un sistema de cuidados inequitativo. Sin duda, en países como Argentina, las trabajadoras domésticas –mal remuneradas y con acceso restringido a sus derechos laborales– sostienen las necesidades de cuidado de una importante proporción de hogares, contribuyendo a su bienestar y a liberar tiempo para la participación de otras mujeres y hombres en el mercado laboral. No obstante, y paradójicamente, cuando se trata de cubrir sus propias necesidades de cuidado familiares, estas trabajadoras, que en función de sus magros salarios dependen de la oferta pública de este tipo de servicios, encuentran considerables dificultades.
Son frecuentes los arreglos informales que implican delegar el cuidado de sus propios hijos e hijas en otros miembros del hogar –casi siempre mujeres–, que pueden ver comprometida su capacidad de continuar estudios o participar plenamente en el mercado de trabajo.
Eso que llaman amor, es informalidad
Según diferentes estudios, como los de Valenzuela y Mora, otra de las cuestiones señaladas con frecuencia como potencial obstáculo a la hora del reconocimiento de derechos de las trabajadoras se relaciona con la complejidad de los vínculos laborales del sector, muchas veces atravesados por la dimensión afectiva. La película mexicana Roma, ganadora de varios premios Oscar, ilustra íntimamente esta relación.
Así, cuando las relaciones laborales prosperan en el tiempo, suele surgir en forma recurrente la referencia a la figura de la trabajadora como “alguien de la familia”. La descripción de la relación en términos afectivos y familiares (sin desconocer que los sentimientos pueden existir) contribuye a desdibujar la efectiva existencia de una relación laboral, cuando no a disfrazarla o negarla). En efecto, este tipo de concepciones respecto a la trabajadora de casas particulares suelen ser el ámbito en el que se plantean como válidos muchos arreglos laborales informales, por fuera del marco regulatorio de la actividad. Ejemplo de ellos son el reemplazo de pagos (como el aguinaldo) por regalos, el cambio de días y horarios a último momento en nombre de la “confianza”, no registrar la relación porque se considera una formalidad innecesaria entre quienes saben que “no se van a fallar”, etc.
La lucha y los logros de la formalidad
Por otra parte, en una ocupación en la que no existía la negociación colectiva, la legislación de 2013 buscó brindar un primer impulso a la generación de este proceso, estableciendo la creación de una comisión negociadora de salarios y condiciones de trabajo, con representantes de las organizaciones de trabajadoras, de los empleadores y del Poder Ejecutivo. La conformación y puesta en marcha de esta comisión se produjo a fines de 2015, luego de las negociaciones para determinar qué organizaciones participarían. En el caso de las trabajadoras, se debió seleccionar entre las organizaciones ya existentes, mientras que, en el caso de los empleadores, quienes previsiblemente no contaban con organizaciones preexistentes, fue necesario optar por entidades cuyo perfil les permitiera cumplir este rol.
Dentro de la CTA Autónoma se organizaron las empleadas en casas particulares que, desde su nacimiento, han logrado que se reconozca el pago de las indemnizaciones al 100%, así como el pago de vacaciones, aguinaldos, licencias por maternidad, que el 3 de abril sea reconocido como su día y cuente para ellas como un feriado y que se las convoque a paritarias.