Redacción Canal Abierto | La Justicia Federal de Formosa reconoció ayer que la Masacre de Rincón Bomba fue un crímen de lesa humanidad. El hecho ocurrió el 10 de octubre de 1947, cuando Gendarmería Nacional atacó a la población Pilagá en Las Lomitas, Formosa.
La causa había sido iniciada por la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá en 2005, tanto en el fuero penal como en el civil, algo inédito hasta el momento en materia de crímenes de lesa humanidad.
«Esta sentencia es única en dos sentido» explica la abogada de la Federación Paula Alvarado. «En primer lugar, el tipo a quien está dirigida: los pueblos indígenas. Llega con 72 años, pero si nos ponemos a pensar es con 500 años de demora que llega un resarcimiento a los pueblos indígenas. En este caso es a los pilagá. Pero lo importante es que nos abre la puerta para que los 41 pueblos indígenas de la Argentina empiecen a revisar sus historias y ver si hay correlatividad con este tipo de masacres, porque sabemos que el Estado argentino se contruyó sobre un genocidio. Esta es una sentencia jurídica que marca un punto de partida para el resto de los pueblos indígenas. En un segundo lugar está la importancia de que la sentencia marca un crimen de lesa humanidad y, por eso, es imprescriptible. Pero no solamente en lo penal, sino la imprescriptibilidad de la causa civil. Eso es algo que fue bastante discutido e incluso la Corte Suprema tiene fallos encontrados sobre este tema y hoy un juez de primera instancia dice que la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa también es en el ámbito civil» agrega.
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La abogada cuenta que en su fallo, el juez de primera instancia Fernando Carbajal «dispone reparaciones económicas que son específicamente para el pueblo pilagá. También ordena al Estado argentino hacer determinadas acciones como publicar la sentencia en el Boletín Oficial, publicarla en un diario, que el Ministerio de Educación modifique la currícula e incorporar el 10 de octubre en el calendario escolar. Así que esto tiene consecuencias para que la sociedad conozca estos hechos».
«En el 2005 se hace una denuncia penal y se inicia la causa civil. Los primeros años la causa estuvo bastante quieta y ocultada. El juez marca esto en alguno de sus fundamentos, que hubo una especie de dejar dormida esta causa. En esos años se llevaron adelante algunas pruebas. A partir del 2010 la causa penal empieza a tener un poco más de movimiento. La fiscalía empieza a investigar por su cuenta. Como no estaba declarado como de lesa humanidad, sino como un homicidio, la fiscalía puede iniciar la investigación. Así que abrieron los archivos de gendarmería y se realizaron declaraciones testimoniales a sobrevivientes. El 2011 cerró siendo declarada de lesa humanidad. Mientras tanto la causa civil estuvo mucho más quieta y recién en los últimos 6 meses se logró mover. Yo entro en 2015 a la causa como abogada de la Federación y era un expediente en el que estaba, la demanda, la contestación de la demanda, una prueba anticipada en conjunto con la prueba penal en la que se mandaron a revisar dos fosas en las que se encontraron 27 cuerpos de personas pilagá. Eso era todo en la causa civil. El año pasado asume el juez se hizo una audiencia preparatoria, la preliminar en la que se marcan las pruebas, los hechos, lo que dice el Estado y las partes actoras, se llevan a delante las audiencias testimoniales, se llevan los 40 días de la evaluación de la prueba, los alegatos y la sentencia. Todo eso ocurrió en 6 meses» concluye Albarado.