Redacción Canal Abierto | Un fallo judicial hizo lugar a un amparo que pedía un límite de 1000 metros a las fumigaciones respecto de las zonas de viviendas y escuelas de Exaltación de la Cruz, al noroeste de la provincia de Buenos Aires. Esta medida amplía las disposiciones municipales, que establecían dicha distancia en sólo 150 metros.
La medida es fruto de la lucha de vecinos y vecinas organizadas desde 2012 y que ya logró la prohibición de las aplicaciones aéreas. Con esta resolución de la Justicia, también se limitan las pulverizaciones terrestres.
Según los relevamientos hechos por Exaltación Salud, el 80% de los terrenos del partido están ocupados por soja transgénica. A partir del avance de este modo de cultivo, comenzaron a investigar y a organizarse.
Los pedidos al municipio, desde hace años en manos de las distintas intendencias que llegaron a través del partido vecinalista Defensa Comunal, no tuvieron eco. Esta situación fue la que los llevó a recurrir al Poder Judicial.
“En cada una de sus decisiones de gobierno lo que hicieron fue apoyar ese modelo de producción que depende de los venenos. Por eso decidimos recurrir a la Justicia y hoy tenemos esta pequeña alegría, porque realmente no es la solución final, pero tenemos la tranquilidad de que la Justicia está diciendo lo que venimos diciendo en el territorio: que esas sustancias son peligrosas y deben ser alejadas de nuestras casas y de nuestras familias” contó Anabel Pomar, integrante del colectivo ambientalista, a Canal Abierto.
Y agregó: “Todos los agrotóxicos afectan a los pobladores. Si bien consideramos que la salida debería ser un modo de producción que no incluya los venenos, que este municipio debería ser agroecológico, en este mientras tanto, encontrar algún tipo de protección era urgente”.
Uno de los puntos que se resaltan del fallo, es el que intima al municipio a justificar técnica y científicamente, la ordenanza 101/2012, aquella que establece el límite de 150 metros.
También se toman como base antecedentes surgidos de políticas relacionadas a estos temas en otros municipios. “Uno lee que en la resolución se citan otro tipo de amparos conocidos en General Pueyrredón o Entre Ríos. La Justicia está tomando nota que tiene que dar la protección que no dan las autoridades de los municipios”, concluyó Pomar.