Redacción Canal Abierto | El pasado 1 de diciembre, murió un paciente en el Hospital Neuropsiquiátrico Borda como consecuencia de los golpes propiciados por otra persona internada allí. El fallecido tenía 41 años y una discapacidad física: era una persona sorda. “Requería una intervención desde el modelo de la discapacidad y no manicomial”, resaltaron desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
Según el relato de otros internos que se encontraban en el lugar, al escuchar los golpes corrieron rápidamente a pedir ayuda, pero no había personal de enfermería en el servicio para atender la gravísima situación y ningún trabajador acudió a brindar asistencia.
“Las personas encerradas en manicomios públicos como el Borda se encuentran bajo tutela estatal y, por lo tanto, el deber de cuidado es una obligación irrenunciable. Las autoridades públicas y las del Hospital Borda son responsables por este gravísimo hecho que deberá investigarse de acuerdo a los estándares del Órgano de Revisión Nacional sobre las muertes ocurridas en contexto de encierro psiquiátrico”, sostuvo el CELS.
A su vez, señalan que esta nueva muerte destaca la desidia y el abandono estatal que se vive en este tipo de instituciones. “Su muerte podría haberse evitado si el Estado hubiera cumplido su obligación de generar medidas de no repetición, ante casos anteriores como el de Jorge Marcheggiano, atacado por una jauría de perros en mayo del año pasado en ese mismo hospital, u otros casos ocurridos en otros neuropsiquiátricos”, agregó el Centro.
En las últimas horas, trascendió que María Graciela Iglesias, titular del Órgano Nacional de Revisión de Salud Mental (ONR), dependiente del Ministerio Público de la Defensa, solicitó a la Justicia que se investigue la “responsabilidad que cabe al deber de cuidado y debida diligencia del Estado con poblaciones vulnerables” y por lo tanto su cuidado es una obligación irrenunciable tanto de la dirección del Hospital como del gobierno Porteño.
Al respecto, el CELS sostuvo: “La ausencia de profesionales y empleados, que se suplen con guardias de seguridad o mayor medicalización, afectan el deber de cuidado y generan estos desenlaces. Abrir una causa penal sobre la persona que lo atacó, exclusivamente, criminaliza el padecimiento mental y elude la responsabilidad estatal en la muerte de este paciente”.
Uno de los puntos más sobresalientes de la Ley Nacional de Salud Mental sancionada en 2010 era la obligación de sustituir definitivamente las instituciones psiquiátricas monovalentes, y crear un sistema de atención en salud mental en la comunidad que respete los derechos humanos. “Estableció al año 2020 como fecha límite para alcanzar esa meta pero el sistema de salud mental de Argentina sigue situado en el hospital psiquiátrico de tipo manicomial, y no ha experimentado cambios sustantivos desde la sanción de la ley, salvo algunas excepciones. Con un presupuesto que para 2022 será del 1,48% de salud, cuando la pauta que determina la norma es del 10%, no pueden sustanciarse cambios que aseguren la vida digna e independiente de las personas con padecimiento mental”, subrayó el Centro de Estudios Legales y Sociales.
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Y advirtió: “Mientras existan hospitales psiquiátricos de tipo manicomial, las graves condiciones de vida y las muertes por desamparo continuarán ocurriendo”.
Según datos del mismo Centro, en 2019 más de 12.000 personas continuaban encerradas en instituciones, con un promedio de más de 10 años de internación. Solamente en la Ciudad de Buenos Aires, a pesar de ser la ciudad más rica del país, el 60% de las internaciones prolongadas son por problemáticas sociales como la falta de vivienda o acceso a trabajo con derechos.