Por Néstor Espósito | Por primera vez un fallo judicial reconoce explícitamente la persecución judicial contra dirigentes opositores durante el gobierno de Cambiemos. En un escenario en el que todo el aparato judicial se confabuló para que las investigaciones sobre espionaje ilegal y lawfare aterrizaran en Comodoro Py para pulverizar su contenido allí y consagrar la impunidad, un tribunal oral federal de La Plata pegó el grito y plantó bandera. El juez Daniel Esmoris anuló la causa por supuesta asociación ilícita contra el dirigente de la UOCRA La Plata Juan Pablo “Pata” Medina, no porque Medina sea una carmelita descalza sino porque aun cuando fuera el peor de los delincuentes está amparado por un librito sobre el que muchos cacarean al mismo tiempo que defecan en él: la Constitución Nacional.
“Se debe excluir cualquier medio que haya sido adquirido de manera irregular o, como es el caso, que desde un principio se conozca que su credibilidad está, válidamente, afectada por las particulares circunstancias en las cuales fueron realizadas y, posteriormente, adquiridas para el legajo”, escribió el juez del Tribunal Oral Federal de La Plata.
¿A qué se refería? A las pruebas prefabricadas ilegalmente para encarcelar al Pata Medina, a partir de una decisión política tomada desde lo más alto del gobierno bonaerense de María Eugenia Vidal, con la anuencia, participación y complicidad del gobierno nacional, por entonces en manos de Mauricio Macri.
Todo ello está patéticamente demostrado en el video que se conoció de una reunión en la sede porteña del Banco Provincia (foto principal) en la que participaron funcionarios de alto rango del gobierno bonaerense, agentes de inteligencia y empresarios del rubro de la construcción de La Plata. Se lo conoce como el video de la “Gestapro”, porque el entonces ministro de Trabajo provincial, Marcelo Villegas, manifestó su deseo de contar con una “Gestapo” para terminar con dirigentes sindicales, entre ellos Medina.
El fallo describe e interpreta todo lo que ocurrió en esa reunión: “A modo de despejar todo tipo de duda de cómo influyeron estos informes ilegales en el entramado de la presente, (uno de los participantes) expresó ‘posteriormente, tomo conocimiento que el caso lo estaba llevando el Juez Federal de Quilmes, Dr. Armella, sin conocer los pormenores de cómo se desarrolló la denuncia y cómo llegó el asunto a dicho juzgado, tan solo que era trabajado por la Dirección de Di Pasquale con la participación, si mal no recuerdo, de la Prefectura Naval Argentina’. Lo cual resulta coincidente con la fuerza encargada de llevar adelante la pesquisa en estos autos y la que realizó todos los procedimientos necesarios a tal fin y de aquellas medidas ordenada por la Justicia provincial en causas anexas a la presente. ‘Dicha investigación, culminó en la detención del señor Medina, para lo cual, sí fue ordenada a mi área la realización de un reconocimiento previo del domicilio del señor Medina’”.
¿Qué fue lo que pasó tan grave que llevó a un tribunal a anular todo lo actuado en torno al Pata Medina, quien pasó unos tres años preso?
El 4 de mayo de 2017, según los registros de la agenda del ex ministro de Trabajo bonaerense Marcelo Villegas y de los registros de ingresos a la Casa Rosada, hubo una reunión en la que participaron varios funcionarios interesados en encarcelar a Medina, entre ellos el propio Villegas, Gustavo Arribas, Patricia Bullrich, Germán Garavano y Mauricio Macri. En esa reunión, según reconoció Villegas, se habló de Medina.
Poco después, el 26 de mayo, Villegas se reunió con el ex ministro de Infraestructura bonaerense Roberto Gigante y el titular de la UOCRA nacional, Gerardo Martínez. Desde las páginas de La Nación, el periodista Hugo Alconada Mon contó que Martínez se había reunido con María Eugenia Vidal y luego con Mauricio para “avanzar contra Juan Pablo Medina”. El 15 de junio fue la reunión que quedó registrada en el video. Los funcionarios recomendaron a los empresarios que iniciaran expedientes administrativos ante la cartera laboral provincial contra Medina. Así lo hicieron.
“Del video en cuestión surge, también, que, previo al inicio de las causas, los funcionarios habían seleccionado y contaban con los testigos que le darían marco a ellas”, explicó el juez Daniel Esmoris.
Allí ingresó a escena el juez federal de Quilmes, Luis Armella. A su juzgado llegó una denuncia anónima sobre Medina y pese a que la fiscal Ana Russo consideró que no era competente para intervenir en esa causa, el juez se la quedó.
El 22 de agosto, sin que nadie se lo sugiriera, Armella libró un oficio al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a fin de consultar si obraban presentaciones administrativas contra Medina. Justamente eso se había acordado en la reunión del Banco Provincia.
Según describió el juez federal Ernesto Kreplak al procesar a los ex funcionarios bonaerenses, “ese mismo día a las 11:27 horas, el Juez Armella se comunicó durante 53 segundos con Villegas. (…) Un día después, a las 9:54 horas y a las 10:33 horas, Villegas se comunicó con Armella telefónicamente y media hora más tarde se presentó en el Juzgado Federal de Quilmes, conforme surge de su agenda. Ese mismo día se registró el ingreso del ex Ministro Villegas a la Casa Rosada autorizado por el expresidente Mauricio Macri, según surge de los registros de ingreso de la sede del Gobierno Nacional. Se verificó una sucesión de llamadas, que incluyó –entre otras- comunicaciones de funcionarios del Poder Ejecutivo provincial con el Juez de la causa y el Secretario a cargo de la Secretaría en que estaba radicada”.
Por esos días, Villegas hablaba con otras personas: con la entonces Subdirectora de la AFI, Silvia Majdalani; con el director de Jurídicos de la central de inteligencia, Juan Sebastián De Stéfano. Y De Stéfano se comunicó con Armella, quien minutos después recibió dos llamadas de Villegas.
¿De qué hablaban? Dice el juez Kreplak: “Villegas sabía de la participación en el caso por parte de la AFI, sino también que interactuó con integrantes de ese órgano durante el proceso de diseño y de ejecución de la estrategia. En este sentido se interpreta la reunión que mantuvo con la entonces Subdirectora de la AFI, Silvia Majdalani y con Adrián Grassi, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 12/06/2017 -tres días antes de que se llevara a cabo la reunión del Banco Provincia”.
Toda la “prueba” producida en esos frenéticos intercambios desembocó en la detención de Medina.
El fallo (esta vez, el del juez Esmoris, que anuló todo lo actuado contra el Pata Medina) sostiene que “la confección de esos informes fueron obtenidos de manera ilegítima, puesto que la Ley de Inteligencia lo prohíbe de manera expresa; y esta clara violación a la legislación vigente no puede ser soslayada, cuando la finalidad de estos sea reunir elementos probatorios orientados a formalizar actuaciones penales, respecto de delitos ajenos a la competencia específica atribuida por ley a la Agencia Federal de Inteligencia”.
“Queda claro que desde el inicio de la presente el marco probatorio recolectado resulta ilegal y desencadena una necesaria nulificación de tales actos y de todo lo actuado en consecuencia, de suerte que se debe privar de valor, no sólo a las pruebas que constituyan el corpus de su violación, sino también a aquellas que sean la consecuencia necesaria e inmediata de ella, descalificando así tanto sus quebrantamientos palmarios o evidentes, como los larvados o encubiertos”.
Esmoris comparo sin ambages las prácticas de la Gestapro con los peores tiempos oscurantistas de la historia: “Ese modelo de enjuiciamiento penal, de neto corte inquisitivo, que imperó entre los siglos XIII y XVIII, impuso la forma escrita sobre la oralidad, ya que los magistrados juzgaban en base a documentos escritos, la publicidad de las audiencias fue reemplazada por el secreto de la investigación para asegurar su éxito y ello, se conectó con el derecho a recurrir las decisiones –aunque se trataba más de un sistema para asegurar la centralización del poder y la organización jerárquica y no de una garantía para el infortunado-. Además, se acudía a la tortura como método ordinario para conocer la ‘verdad’, pasando el acusado de ser un sujeto de derecho a ser un objeto del proceso, sufriendo, en la mayoría de los casos, la privación de su libertad, y careciendo de la posibilidad de ejercer, adecuadamente, los derechos que toda persecución penal debería resguardar”.
El juez que por primera vez reconoció la persecución judicial como consecuencia de la inteligencia ilegal para el armado de causas (eso, y no otra cosa, es el lawfare) remató: “Contra la inequidad, irracionalidad y arbitrariedad del juzgamiento penal inquisitivo, se alzaron las voces de la Ilustración”. Tanto así como para que les dé un poquito de vergüenza. Es lo más barato que pueden obtener.
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Néstor Espósito: @nestoresposito