Por Néstor Espósito | Sólo una interpretación y una asimilación exageradamente forzadas del fallo de la Corte Suprema podrían volver a anular la designación del senador del Frente de Todos Martín Doñate en el Consejo de la Magistratura, el órgano que selecciona y evalúa a los jueces. Nada es imposible: se trata del Poder Judicial argentino, que hace de la arbitrariedad una norma y que le hace decir a las leyes y los reglamentos lo que los jueces quieren que diga, aunque ello no coincida con lo que efectivamente dice.
El fallo de la Corte que desconoció a Doñate y avaló a Juez, venía con fecha de caducidad. Después de que el máximo tribunal decretara la inconstitucionalidad de una ley que rigió durante 15 años el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, todos los consejeros elegidos cada uno por el mecanismo que dispuso el estamento al que representan llegaron para completar un mandato que concluye el 18 de noviembre de 2022. Ese es el alcance de la resolución que firmaron los integrantes de la troika dominante: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.
¿Qué dijo el fallo de la Corte? Que cuando resolvió que el Consejo de la Magistratura debía volver a funcionar con una ley de 1994 (que había sido derogada) el bloque del Frente de Todos en el Senado todavía no se había dividido en dos. Ese fue el punto de referencia temporal sobre cuya base debía elegirse el senador que estaba faltando, y de esa manera la banca le correspondía a Luis Juez.
La división en dos del bloque fue, según los tres jueces de la Corte, un “ardid” para crear artificialmente una minoría irreal que le permitiera a Doñate asumir una banca que no le correspondía.
Ese fallo tiene agujeros por todos lados. El principal de ellos es que, aun cuando se lo pretenda disfrazar de otra cosa, marca la intromisión de un poder -el judicial- en las facultades y prerrogativas que constitucionalmente le corresponden a otro –el legislativo-.
"Juntos por el Cambio no esta acostumbrado a aceptar las mayorías", @martindonate, senador del FdT designado por el Congreso para integrar el #ConsejoMagistratura, cuestionado por la oposición y la Corte Suprema. #DiaDeLaMilitancia #CristinaEnLaPlatra #CFK pic.twitter.com/n8egaSJ5Uj
— Canal Abierto (@canalabiertoar) November 17, 2022
No obstante, es el propio contenido de ese fallo el que ahora avala que Doñate haya sido designado nuevamente como consejero de la Magistratura para un nuevo período. Justamente eso es lo que marca la validez de su designación: se trata de otro período, uno nuevo.
En su fallo anterior, la Corte detuvo al tiempo. Lo frenó en el día en que dictó el fallo que –en los hechos- repuso a Rosatti como presidente del Consejo. El senador debía ser Juez y no Doñate porque en ese momento detenido en el tiempo era el cordobés que descree de los beneficios de la democracia el que tenía la representación porque el bloque del Frente de Todos aún (y se recalca, el “aún”) no se había dividido.
Si la Corte hubiera dejado que el reloj siguiera corriendo hubiera debido homologar la designación de Doñate. Pero pese a que el máximo tribunal se crea omnipotente, el tiempo sigue (y siguió corriendo). El bloque del Frente de Todos se dividió y ahora, de cara a un nuevo período en el Consejo le corresponden, tal como lo establece la ley que la Corte hizo resucitar, “dos al bloque con mayor representación legislativa, uno por la primera minoría y uno por la segunda minoría”.
Fue la propia Corte la que repuso esa ley. Y hoy, la banca por la primera minoría le corresponde a Doñate. Porque hoy su bloque es la primera minoría en el Senado. Y hoy es cuando debe el Senado designar a sus representantes en el Consejo de la Magistratura.
¿Cómo podría la Corte invalidar esa designación y volver a ungir a Juez? Pues no sólo debería detener el tiempo sino hacer algo muy audaz: volverlo hacia atrás.
Además, debería declarar inválida una votación de la Cámara alta. Porque la designación de Doñate, por primera vez desde que existe el Consejo de la Magistratura, fue votada y aprobada.
Para voltear esa decisión, la Corte debería entrometerse en los artículos de la Constitución Nacional que especifican cómo funciona el Congreso, retrotraer la voluntad de los legisladores que resolvieron la división del bloque del Frente de Todos, disponer su reunificación de hecho, asignarle el carácter de “primera minoría” a Juntos por el Cambio para reponer a Juez y declarar nula una votación de los representantes del pueblo.
Si un juez de una instancia inferior a la Corte hiciera eso el fallo sería automáticamente nulificado y el magistrado probablemente debería ir a dar explicaciones ante el propio Consejo por un evidente mal desempeño y desconocimiento del derecho.
En el caso de la Corte, el juicio político lo debe realizar el Congreso, según lo establece la Constitución. ¿Pero cómo podría hacerlo, si es la propia Corte la que le dice al Parlamento qué es lo que puede y lo que no puede hacer?
Toda la situación es absurda. No obstante, resulta posible. Nada de lo arbitrario, aun cuando además sea ridículo, parece ajeno a la capacidad de asombro que dimana de los tribunales.
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Néstor Espósito: @nestoresposito