Por Néstor Espósito | Los tribunales argentinos volvieron a aplicar el principio de la “justicia universal” para juzgar al ex presidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez por crímenes de lesa humanidad. La descripción de los hechos tiene inevitables puntos de referencia con lo que ocurrió en la Argentina durante la última dictadura: fusilamientos, ejecuciones extrajudiciales, desaparición de personas y simulación de enfrentamientos inexistentes (llamados “falsos positivos”).
El fiscal federal Carlos Stornelli impulsó la investigación contra Uribe Vélez a raíz de la presentación de familiares de las víctimas de esas violaciones a los derechos humanos denunciadas en un contexto de democracia generalizada en la región.
Uribe Vélez es uno de los ex mandatarios latinoamericanos que manifestó públicamente su apoyo explícito al flamante presidente argentino, Javier Milei.
Según la denuncia, el ex jefe de Estado colombiano “habría permitido, autorizado, incitado e incluso promovido” crímenes de lesa humanidad entre el 8 de agosto de 2002 y el 31 de diciembre de 2008. Se contabilizaron al menos 6112 casos de ejecuciones extrajudiciales y de desapariciones forzadas de personas “que falsamente se habrían presentado como caídos en combate en acciones guerrilleras contra el Ejército Colombiano”.
La descripción de algunos de los casos de los que se hizo eco Stornelli es escalofriante.
“El caso de Luís Eduardo Nieves Oñate -un joven que pertenecía a la comunidad indígena wiwa- habría tenido lugar el día 27 de febrero de 2004, cuando el vehículo en que se transportaba con un compañero de nombre Carlos Mario Navarro desde sus domicilios en el corregimiento de Curazao ubicado en el Municipio San Juan del César en dirección a la Sierrita, pueblo ubicado cerca del Resguardo Kogui-Malayo-Arhuarco, fue interceptado en un lugar conocido como La Ye, por hombres armados integrantes del Batallón la Popa, adscrito a la Décima Brigada Blindada del Ejército Nacional. Allí les habrían ordenado bajarse del vehículo, apareciendo horas después muertos, vistiendo con uniformes camuflados y junto a armas de fuego largas”.
El dictamen fiscal cita también “el caso de Álvaro Adolfo Pina Londoño, ocurrido el 3 de marzo de 2005, luego de haber sido contactado -junto a Carlos Carmona y un hombre que continua sin ser identificado- por el soldado Alex José Mercado Sierra con el objeto de acompañar y asistir al Ejército en operaciones militares; por lo cual fueron trasladados el 1° de marzo de 2005 desde Barranquilla a Codazzi, en el Departamento de Cesar, alrededor de 330 km de su hogar. Allí les habrían entregado armas, y se habrían formado dos grupos por orden del comandante del pelotón Víctor Adolfo Cuellar Quirá: unos montarían seguridad y los otros avanzarían con las víctimas en un supuesto patrullaje hasta llegar a una trocha. Por entonces, éstos se habrían percatado de que serían asesinados por lo que habrían empezado a correr, disparándoles el soldado Mercado Sierra por la espalda”.
El documento da cuenta también de que “el día 5 de marzo de 2007, Beyer Ignacio Pérez Hernández se encontraba en la tienda ‘Casa Roja’ ubicada en la vereda El Caucho, jurisdicción de Nunchia (Casanare) junto a Clodomiro Coba León y Yolman Barbosa Pidiachi. Allí habrían sido privados de la libertad por agentes armados, donde habrían sido requisados, interrogados, golpeados, atados y luego trasladados en dos camionetas hasta la Vereda Las Tapias, municipio de Hato Corozal (Casanare), donde habrían sido entregadas al Grupo Especial Delta IV, Batallón Contraguerrilla nro. 23 Llaneros del Rondón, que aproximadamente a las 12 de la madrugada del día 06 de abril de 2007, los habrían ejecutado y posteriormente presentado como bajas en combate”.
El reporte también consigna el caso de Didier Eduardo Durant Badilío, que tiene un costado singularmente siniestro. “Tuvo lugar en noviembre de 2007 en que se dirigió hacia el municipio de Lebrija (Santander) donde tenía previsto encontrarse con un hombre que lo pondría en contacto con ciertas personas que lo emplearían en el oficio de galpones de pollo. Más de un año después, el 20 de febrero de 2009 se denunció su desaparición, lográndose establecer judicialmente en el mes de octubre de 2012 que tal era la identidad de un hombre reportado como abatido en combate por integrantes del Ejército Nacional – Batallón Pedro Nel Ospina adscrito a la Cuarta Brigada, el día 13 de diciembre de 2007 en el sector Vallecitos del municipio de Barbosa, Antioquia”.
La causa está radicada con el número 3937/2023 ante el juzgado federal número dos, a cargo del juez Sebastián Ramos.
Stornelli explicó que “la radicación de la denuncia ante los tribunales judiciales argentinos, para investigar y juzgar una presunta responsabilidad penal por hechos acaecidos en territorio de otro Estado, fue fundada en el principio de jurisdicción universal”.
“De acuerdo al referido principio de Jurisdicción Internacional, los crímenes contra el derecho de gentes pueden y deben ser investigados y juzgados aún fuera del lugar donde fueran cometidos, y aunque no medie punto de contacto tampoco en razón de la nacionalidad de las víctimas o de los responsables, ni de ningún otro tipo con el Estado que asuma tal jurisdicción”.
Según la denuncia, “el Gobierno de Álvaro Uribe Vélez habría buscado el alineamiento de toda la población en torno a la fuerza pública, dividiendo la población entre ‘amigos’ o ‘enemigos’ de la patria, del Estado, del orden y de la Seguridad Democrática, amparado en el mandato de derrotar a las guerrillas, la estrategia contrainsurgente se enmarcó desde el inicio en la llamada ‘Guerra contra el Terrorismo’”.
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Néstor Espósito: @nestoresposito