Por Néstor Espósito | El DNU 70/23 y la denominada Ley Ómnibus, los dos principales elementos “legales” de gobierno de Javier Milei, renuncian expresamente a facetas constitutivas de la soberanía nacional. Política y territorialmente hablando. Y son los ex combatientes de Malvinas y los familiares de las víctimas del ARA San Juan quienes lo están recordando, como pueden y con los pocos espacios mediáticos que se les abren, tanto en el Poder Judicial cuanto de cara a la sociedad.
Los familiares de las víctimas del naufragio del submarino (a más de seis años de la tragedia no hay respuestas a por qué hay 44 argentinos muertos a 600 metros de profundidad frente a las costas nacionales) manifestaron públicamente su rechazo al proyecto de Ley Ómnibus. Sostienen que “las modificaciones que pretende realizar en la política pesquera es equivalente a convertir en inútil la muerte de los 44 tripulantes”.
Los ex combatientes, agrupados en el CECIM La Plata, objetan la parte del DNU que libera prácticamente todas las limitaciones para que capitales extranjeros puedan comprar tierras en la Argentina, aún en zonas de frontera, lo que hasta hoy está expresamente prohibido por ley. Para venderle el Lago Escondido al británico Joe Lewis (hoy acusado en un tribunal de Nueva York y con prohibición de salida de ese Estado hasta tanto comparezca a una audiencia en febrero próximo) fue necesario, durante el gobierno de Carlos Menem, lisa y llanamente violar la ley. La causa penal terminó prescribiendo y sin culpables y nunca hubo un acto soberano que revirtiera aquello que claramente fue ilegal. Tal vez se explique porque jueces argentinos, que debieron revertir aquella situación, fueron invitados a los placeres de la mansión de Lewis. Y eso, para el propio Poder Judicial, tampoco es delito.
Sobre la política pesquera, los familiares de las víctimas del ARA San Juan, representados por la abogada querellante Valeria Carreras, difundieron un documento en el que describieron que “es muy doloroso para las familias ver que aquel control de pesca ilegal y aquella presencia soberana en la milla 200 en Nuestra Patria líquida, que realizaba en su última navegación el submarino, fue por nada y para nada”.
“La ley ómnibus deja en manos del mejor postor sin distinción de nacionalidad los recursos soberanos celosamente cuidados por los 44 tripulantes”.
Los familiares de las víctimas se solidarizaron “con la gran familia de marineros de pesqueros, como ellos lo hicieron, cuando desapareció el ARA San Juan”.
El sitio especializado de internet pescare.com.ar explicó que “la base del problema es que los actuales actores del sector, independientemente de una actualización tecnológica en años recientes, llevan a cabo su actividad de manera casi gratuita. Así, un recurso natural que es de todos los argentinos es explotado sin que la población pueda apropiar la parte de la renta que le corresponde. A título de ejemplo las regalías en langostinos son de alrededor 0.3% y los de merluza hubbsi son de alrededor el 0.15%”.
Los familiares de las víctimas advirtieron al gobierno que está “abandonando en el desamparo a los trabajadores pesqueros argentinos” y denunciaron “el descuido a los astilleros nacionales, el olvido a las empresas de pesca de bandera y capitales argentinos y especialmente, el desprecio por la fuente de recursos ictícolas, que son ni más ni menos que los recursos soberanos del país, por los que dieron su vida los 44 tripulantes”.
En cuanto a los ex combatientes, durante toda la feria judicial trabajaron fatigosamente y obtuvieron la habilitación del tratamiento durante el anacrónico receso de jueces y fiscales de enero de la acción de amparo deducida, con pedido de medida cautelar, con el objeto de que “se declare la inconstitucionalidad e insanable nulidad (…) del artículo 154 del Decreto 70/2023’”.
Ese artículo deroga el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales. La derogación de una ley por decreto es una brutalidad que le valdría la reprobación a un alumno de escuela secundaria. Pero más allá de la gravedad de la forma, la derogación implica que todas (sí, todas) las tierras rurales argentinas podrían ser compradas por inversores privados extranjeros.
“Habida cuenta la naturaleza de los derechos comprometidos y las razones de urgencia oportunamente invocadas, pudiendo la demora tornar ineficaz lo peticionado u originar un perjuicio insuperable, corresponde que se habilite la feria judicial”, sostuvo la Cámara Federal de La Plata, en un fallo firmado por los jueces Carlos Vallefín y Jorge Di Lorenzo.
Sin embargo, sobre el filo del cierre de la feria judicial, no hay cautelar que frene aquella iniciativa. Y, como no ha sido expresamente nulificado, aquel artículo está vigente.
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Néstor Espósito: @nestoresposito