Redacción Canal Abierto | La denominada Ley Bases, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, da por tierra con gran parte de la legislación existente referida a la protección del ambiente. Contra su posible consolidación como norma en el Senado advierte un amplio colectivo de organizaciones ambientales, de derechos humanos y sociales. “Atenta contra la protección ambiental y contradice principios jurídicos nacionales e internacionales vigentes”, sostienen en una carta enviada al cuerpo legislativo, “socava las bases necesarias para avanzar hacia un horizonte de justicia ambiental y social”.
“El R.I.G.I. es un régimen de ocupación. Atenta contra el artículo 1 de la Constitución que dice que Argentina establece un régimen de gobierno republicano, representativo y federal. Esto afectaría al federalismo porque las provincias no podrían proponer sus propias normas”, sostiene Andrés Nápoli, abogado y director de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN).
Un estado adentro de un estado
“El RIGI establece una plataforma distinta para aquellos que promuevan inversiones por encima de los 200 millones de dólares hasta los 1.000 millones destinada claramente al sector minero, al sector petrolero y al agropecuario, eventualmente al portuario. Estos grandes inversores no van a tener que cumplir una serie de requisitos. El primero de ellos, el más grave de todos diría yo, es que no se les va a poder oponer ni legislación nacional, ni legislación provincial, ni legislación municipal que pueda afectar el desarrollo de esas inversiones. Ahí vienen de la mano, los regímenes de protección ambiental”, explica Nápoli.
“Es crear una legislación y un régimen especial, es como un régimen de ocupación. Lo que pasa es que atenta contra el artículo 1 de la Constitución. Recordemos que el artículo 1 de la Constitución dice que en Argentina se establece un régimen de gobierno republicano, representativo y federal; esto afectaría al federalismo porque las provincias no podrían proponer sus propias normas”.
“Además, hay un elemento que es bastante más gravoso: es que toda ley que se le oponga es de nulidad absoluta. Es una cosa que no se ha visto nunca porque las leyes que sanciona el Congreso de la Nación, por el régimen federal, deben ser adheridas por las provincias, si la provincia no las adhiere no las toma. En este caso se pasa por encima, se salta por encima de la Constitución, por eso muchos constitucionalistas plantean que esta ley es una reforma constitucional encubierta dentro de una ley”, concluye.
Entrevista: Juan Alaimes