Redacción Canal Abierto | “Vamos a avanzar en una agenda de privatizaciones y en una profundización de la reforma laboral”, anunció a finales del año pasado Javier Milei, tal como había anticipado en su discurso del pasado 10 de diciembre, cuando cumplió un año al frente del Ejecutivo.
Para lograrlo, están en marcha una serie de reuniones entre empresarios, sindicalistas amigos, Sandra Pettovello y Julio Cordero. La ministra de Capital Humano y el Secretario de Trabajo puesto a dedo por el Grupo Techint son los responsables de dar forma a la iniciativa que el Presidente pretende aprobar antes de que finalice el primer semestre de 2025.
Según trascendió, sus puntos centrales surgen del proyecto presentado meses atrás por la diputada libertaria Romina Diez. “En todos los casos se trata de cambios reclamados por los empleadores: una suerte de Ley Bases 2.0, pero esta vez para la esclavitud de los argentinos”, ironizan los gremios combativos.
¿Ley de Contrato de Trabajo? Afuera!
Para empezar, la reforma habilitaría que los trabajadores puedan renunciar a los derechos que surgen de su contrato individual y que están por encima de los mínimos establecidos por la ley y por los convenios colectivos de trabajo.
Un informe elaborado por el Instituto de Estudios y Formación de la CTA Autónoma (IEF CTA-A) ejemplifica el impacto de este potencial cambio: “si un trabajador percibe un salario por encima del mínimo legal o convencional, siempre estará expuesto a tener que aceptar un pedido de reducción salarial por parte del empleador, bajo la amenaza de que en caso de no convalidarlo su propio puesto de trabajo puede quedar en riesgo”.
Este mecanismo no solo aplicaría en el caso de posibles reducciones salariales, sino en todos los mayores derechos que puedan surgir del contrato individual, como por ejemplo mayores licencias, la entrega de beneficios no salariales (prepaga, gimnasio, internet, etc), o cualquier mejora por sobre los mínimos legales o convencionales.
Por otro lado, frente a un cambio “irrazonable” en las condiciones de trabajo solo quedará la opción de considerarse despedido y reclamar una indemnización. Por el contrario, si el trabajador prioriza el mantenimiento de la fuente de trabajo no tendrá otra opción que aceptar los cambios decididos unilateralmente por el empleador.
Tickets canasta, como en los 90´
Durante el menemismo, la proliferación de bonos no remunerativos destinados a la compra de alimentos fue uno de los mecanismos preferidos para la precarización del salario. Este mecanismo, por el cual las patronales evitaban el pago de cargas sociales, fue derogado en el año 2007 y declarado inconstitucional dos años más tarde.
En el Gobierno –en particular, ministro de Desregulación, Sturzenegger- vienen hace tiempo intentando instalar la vuelta a este sistema de vales, popularmente conocido como tickets canasta.
Vacaciones a medida… del empleador
En caso de que avance el plan oficialista, la licencia anual ordinaria -, en criollo, las vacaciones- podrían ser otorgadas en cualquier momento del año (hoy tienen que ser otorgadas entre los meses de octubre y abril) y de forma fraccionada en períodos de una semana como mínimo.
“Si a un trabajador le corresponden 28 días de vacaciones por año, estas podrían ser fraccionadas en cuatro y distribuidas a lo largo del año según la conveniencia del empleador”, explica el estudio del IEF. El único límite es que deberá notificar del comienzo de esta licencia con una antelación no menor a 21 días.
Jornada laboral, desde las 0 y hasta las 24 hs
La iniciativa oficial modifica el art. 197 bis de la LCT habilitando a que los convenios colectivos de trabajo modifiquen la jornada laboral con el único límite de respetar un descanso mínimo de 12 horas entre jornada y jornada. Ya no se trata solo de incluir los bancos de horas y de eliminar el pago de los adicionales por las horas extras. El proyecto va más allá, y no habrá límite alguno para la disponibilidad colectiva de la jornada de trabajo, a excepción del descanso previsto entre una jornada y la siguiente.
Tercerización en el trabajo agrario
El proyecto modifica la ley 26.727 para facilitar la subcontratación y tercerización de trabajadores en el sector rural. Esta reforma va en la misma dirección que los cambios establecidos en la ley bases para los trabajadores comprendidos en la LCT, e impone mayores obstáculos para que el titular de la explotación principal sea responsabilizado por los incumplimientos de las obligaciones laborales por parte de quien figure formalmente como empleador.