La Plata: 11 represores fueron condenados a perpetua en el juicio “1 y 60 y Comisarías 8va y 2da”

Otros dos imputados recibieron 18 y 25 años de prisión. Se juzgaron delitos de lesa humanidad perpetrados contra 300 víctimas en centros clandestinos que funcionaron en dependencias de La Bonaerense.
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Redacción Canal Abierto | Los 13 imputados en el juicio por los crímenes cometidos en la dependencia policial de las calles 1 y 60 y en las comisarias 8va y 2da de La Plata durante la dictadura fueron condenados: 11 recibieron perpetua, y otros dos 18 y 25 años de prisión.  
El Tribunal, integrado por Karina Yabor, Ricardo Basílico y Andrés Baso, dio a conocer el veredicto en el juicio por delitos de lesa humanidad que inició en mayo de 2023. La audiencia se realizó en la Cámara Federal, en 8 y 50 de La Plata, ante la presencia de sobrevivientes y familiares de víctimas.

Se analizaron delitos perpetrados contra 294 víctimas en centros clandestinos de detención, tortura y exterminio que funcionaron en dependencias de la Policía de la provincia de Buenos Aires ubicados en la capital bonaerense.

Las víctimas provenían en su mayoría de fábricas y empresas estratégicas de la región (La Plata-Berisso-Ensenada), como Astillero Río Santiago, Propulsora Siderúrgica, SIAP , YPF y el Frigorífico Swift.

El fallo ordena a la Subsecretaría de Derechos Humanos de Nación y de la provincia de Buenos Aires la señalización de los predios donde funcionaron los centros clandestinos 1 y 60, Comisaría 8va. y Comisaría 2da.

La causa tuvo originalmente 30 imputados, pero una gran cantidad de ellos fueron muriendo con el paso de los años y dos fueron declarados con incapacidad sobreviniente por su estado de salud.

foto: GABRIELA HERNÁNDEZ

Las penas

Como civil, fue condenado a la pena de prisión perpetua Jaime Lamont Smart, quien se desempeñaba como ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires al momento de los hechos.

También fueron condenados a perpetua Jorge Alberto Crinigan, Israel Ramón Verón, Enrique Francisco Welsh, Claudio Rubén Mejías, Raúl Ricardo Monzón, Rubén Vicente Shez, Enrique Armando Cicciari, Carlos María Romero Pavón, Roberto Armando Balmaceda y Jorge Héctor Di Pasquale.

Lucas Marcelo Castro recibió la pena de 18 años de prisión.

Los condenados pertenecieron al Regimiento 7 de la policía bonaerense y el Destacamento de Inteligencia 101 del Ejército.

En tanto, Carlos Ernesto “El Indio” Castillo, integrante de la Concentración Nacional Universitaria (CNU), que está imputado además en el Juicio CNU 2 que se sustancia en La Plata, recibió la pena de 25 años de prisión.

De los condenados en este juicio, solo dos permanecen detenidos en la Unidad 34 de Campo de Mayo. El resto goza del privilegio de la prisión domiciliaria.

En la sentencia se tuvieron en cuenta los delitos sexuales denunciados por algunas de las víctimas.

El reconocimiento de delitos de violencia sexual como parte del plan criminal implementado por la última dictadura quedó plasmado en más de 60 sentencias dictadas desde 2006 a la fecha.

Una de las querellas fue la que encabezaron de manera unificada la CTA Autónoma, la APDH y la UNLP, representada por la abogada Josefina Rodrigo.

“Nuestra querella fue enfática en el alegato sobre el ensañamiento hacia la clase obrera en la última dictadura, en complicidad total con parte del sector empresarial y dando cuenta también con este veredicto del plan sistemático de exterminio sobre un grupo nacional, lo que se considera genocidio. A la mayoría de ellos se los condenó por alrededor de 150 crímenes a cada uno, entre los que se incluyen la privación ilegal de la libertad, los tormentos, el homicidio, la violación y en varios casos hasta la estafa, todo esto siendo funcionarios públicos» señaló la secretaria de Derechos Humanos de la CTA-A bonaerense, Rosario Hasperué.

La fiscalía reveló que 141 víctimas eran únicamente trabajadoras; 36, estudiantes universitarias o secundarias; 31 eran profesionales y 22 estudiantes y trabajadores a la vez.

Durante la lectura del veredicto también se vivieron momentos de tensión. Algunos de los acusados siguieron la audiencia por videoconferencia desde sus casas y realizaron gestos o comentarios que fueron interpretados como provocaciones. Las querellas cuestionaron con dureza que no hubieran sido obligados a asistir presencialmente a la sala.

Transmitió La Retaguardia

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