Dos perpetuas y otras tres condenas en Neuquén por crímenes de la dictadura

Es el noveno juicio por hechos del terrorismo de Estado en La Escuelita y otros centros clandestinos de la región. Un expolicía de Río Negro fue absuelto y otro imputado se suicidó durante el proceso. Se analizaron delitos de lesa humanidad contra 17 personas.
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Publicada el 25 de agosto de 2026.

Redacción Canal Abierto | El Tribunal Oral Federal N°1 de Neuquén condenó esta mañana a dos exmilitares a prisión perpetua y a otros tres exintegrantes de la fuerza con penas de cumplimiento efectivo por crímenes de lesa humanidad cometidos en Neuquén y Río Negro región durante la última dictadura, en el marco del noveno tramo del juicio conocido como “La Escuelita”.

Los jueces Alejandro Cabral, Alejandro Silva y Ernesto Sebastián condenaron con la pena máxima a Sergio San Martín y Jorge Di Pasquale, exintegrantes del Ejército vinculados a las estructuras de Inteligencia.

Además, el ex gendarme Emilio Sacchitella fue condenado a cinco años de prisión, mientras que los exmilitares Carlos Carretto y Hugo Renes recibieron penas de cuatro años de prisión.

Además, el Tribunal absolvió al expolicía rionegrino Miguel Ángel Ferrari y, respecto del exgendarme Miguel Cil, declaró extinguida la acción penal debido a su fallecimiento, ocurrido durante el desarrollo del juicio.

Foto: Tomada de La Tecla Patagonia

La causa Ferrari comenzó en marzo y abordó crímenes de lesa humanidad contra víctimas de distintas localidades de Neuquén y Río Negro. Ocho represores llegaron originalmente al debate, aunque sólo seis alcanzaron la instancia final: uno murió durante el proceso y otro fue apartado por razones de salud. El suicidio de Miguel Cil, expolicía de Neuquén acusado de crímenes en San Martín de los Andes, fue confirmado por su defensor en la última audiencia. Durante esa jornada, las defensas de los represores reclamaron absoluciones para todos los acusados.

La lectura del veredicto se realizó en el salón de la Asociación Mutual Universitaria del Comahue, en Neuquén capital.

La fiscalía había pedido penas más duras.

La Escuelita

Los acusados fueron imputados por el homicidio de las desaparecidas Leticia Veraldi, Carmen Delard; de José Luis Appel de la Cruz y Juan Raúl Pichulmán, y también por las torturas a 14 personas.

Durante el debate se analizaron hechos ocurridos entre 1976 y 1979 en localidades como San Martín de los Andes, Junín de los Andes, Bariloche, Catriel, Plottier, Neuquén capital, Cipolletti y J.J. Gómez, en diecisiete casos.

La acusación reconstruyó la actuación de distintas fuerzas y dependencias en el marco del terrorismo de Estado, entre ellas el Ejército, Gendarmería, fuerzas policiales y organismos de Inteligencia.

El debate también volvió a poner bajo análisis el funcionamiento del centro clandestino de detención conocido como La Escuelita, pero la investigación mostró que el circuito represivo se extendió mucho más allá de ese lugar e involucró distintas dependencias estatales de ambas provincias patagónicas.

El detalle de las penas

La audiencia comenzó a las 10 con las últimas palabras de las personas imputadas. Luego de un cuarto intermedio, el tribunal dio a conocer el veredicto, que incluyó varias decisiones adoptadas por mayoría. El detalle es el siguiente:

  • Sergio San Martín y Jorge Di Pasquale, exintegrantes del Destacamento de Inteligencia 182: prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua como partícipes necesarios de los delitos de homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad, en dos hechos; privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones, con empleo de violencia y por una duración mayor a un mes, en dos hechos; privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público, agravada por el empleo de violencia, en 15 hechos; y aplicación de tormentos psíquicos y físicos agravados por haber sido las víctimas perseguidas políticas, en 12 casos. En ambos casos, el tribunal impuso una pena única de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua, que unifica la condena dictada en esta causa con las impuestas en otros procesos.
  • Emilio Sacchitella, quien se desempeñaba como segundo comandante a cargo de la Sección Junín de los Andes: cinco años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta y perpetua como partícipe necesario de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones y con empleo de violencia, en dos hechos; aplicación de tormentos psíquicos y físicos agravados por haber sido las víctimas perseguidas políticas, en dos hechos; y apremios ilegales, en un caso.
  • Hugo Renes, capitán del Destacamento de Inteligencia 182: cuatro años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua, como partícipe necesario del delito de apremios ilegales, agravados por haber sido la víctima perseguida política, en un caso.
  • Carlos Carreto, capitán de ingenieros en comisión en el Comando de la VI Brigada de Infantería de Montaña e interventor militar de Catriel entre el 23 de marzo y el 24 de mayo de 1976: cuatro años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua, como partícipe necesario del delito de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones y con empleo de violencia, en un hecho.
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