Debut y ¿despedida? de la baja de edad de imputabilidad

La Justicia bonaerense ordenó la suspensión de la normativa por dos meses en territorio provincial. Buscan que haya infraestructura para permitr el cumplimiento. Pero sigue abierta la pregunta: ¿la punitividad es la solución?
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Redacción Canal Abierto | A solo 48 horas de su entrada en vigencia, la Justicia bonaerense ordenó la suspensión de la Ley 27.801 en el territorio provincial por el plazo de 60 días. Se trata de la normativa que reduce de 16 a 14 años la edad mínima para ser procesado penalmente. La medida, dictada por la jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, surge de un habeas corpus colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.

El fallo no cuestiona el fondo de la ley sino su aplicabilidad inmediata en el territorio bonaerense. Su argumento central es de orden material: el sistema penal juvenil de la provincia no está en condiciones de absorber el incremento de población que generará la nueva normativa sin violentar derechos fundamentales de los adolescentes. La magistrada sostiene que «hacinar menores, tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia», y advierte que el Estado provincial no ha demostrado contar con la infraestructura edilicia, los recursos profesionales ni los programas de reinserción necesarios para garantizar que las detenciones no se conviertan en escuelas de criminalidad.

La Ley 27.801 fue sancionada en febrero de este año, pero es uno de los trofeos que la derecha ansía hace décadas. A pesar que la incidencia de menores en delitos es ínfima y en su mayoría se trata de delitos contra la propiedad, la demagocia punitivista insiste con el tema, particularmente en año electoral.

Por otra parte, este freno judicial expone una contradicción que atraviesa toda la reforma: el Poder Ejecutivo nacional y el Congreso sancionaron una ley que amplía la red punitiva del Estado, pero las provincias, que son las encargadas de ejecutarla, carecen de los recursos para hacerlo sin que el sistema colapse. La propia jueza recordó que su juzgado ya había impuesto un límite de 60 adolescentes para el Centro Socioeducativo de Lomas de Zamora ante las condiciones de hacinamiento y la falta de servicios básicos. Si bien reconoció mejoras recientes en agua potable y alimentación, determinó que el piso mínimo exigido por los estándares internacionales de derechos humanos aún está lejos de alcanzarse.

Al momento de la sanción se estableció el plazo de 180 días para su aplicación, pensando que era un tiempo suficiente para que las provincias, con su economía ahogada, se hicieran de la infraestructura necesaria para el cumplimiento de la ley. Ese plazo venció el 5 de septiembre.

El nuevo régimen penal juvenil establece que los adolescentes de 14 y 15 años podrán ser condenados a penas de hasta 15 años de prisión, aunque la privación efectiva de la libertad está reservada para delitos graves como homicidios. Para el resto de los casos, la ley prevé un abanico de penas alternativas: tareas comunitarias, restricción de acercamiento a la víctima, reparación del daño, monitoreo electrónico mediante tobilleras e incluso la separación del núcleo familiar en casos extremos.

El gobierno nacional, mediante el Decreto 875/2026, designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación y creó la figura del «supervisor especializado» para el seguimiento de los jóvenes. También asignó una partida presupuestaria de más de 23 mil millones de pesos para la puesta en marcha del sistema, aunque la distribución y ejecución de esos fondos en las provincias sigue siendo un punto ciego.

En la práctica, los tribunales de menores —que ya manejaban causas de adolescentes de 16 y 17 años— verán incrementada su carga de trabajo con la nueva franja etaria. Funcionarios judiciales consultados por La Nación manifestaron su preocupación por la falta de recursos y la dificultad para separar a los internados por franjas etarias, tal como exige la ley. En tanto, desde el ámbito penal, se estima que los menores de 14 y 15 años representaban, hasta ahora, entre el 5 y el 8% de los imputados por delitos graves, pero se desconoce cómo variará esa proporción una vez que la ley se aplique efectivamente.

Más allá de las suspensiones y los plazos, el debate de fondo sigue siendo el mismo: ¿la baja de la edad de imputabilidad reduce la inseguridad o solo profundiza la estigmatización de los jóvenes de sectores populares?

La evidencia internacional y los informes de organismos de derechos humanos coinciden en que el endurecimiento penal juvenil no tiene un impacto significativo en las tasas de delincuencia, pero sí genera un aumento de la población carcelaria y empeora las condiciones de reclusión. En Argentina, el sistema de institutos de menores ya funcionaba con serias deficiencias, y la incorporación de más adolescentes solo agravará un problema estructural.

La jueza Pascual fue clara en su fallo: las condiciones de detención influyen directamente en los niveles de violencia con los que los adolescentes recuperarán la libertad. Encerrar a más jóvenes en establecimientos hacinados, sin acceso real a la educación ni a programas de reinserción laboral, no es una política de seguridad sino una fábrica de delincuencia futura.

La suspensión de 60 días en la provincia de Buenos Aires abre un compás de espera. La audiencia convocada para el 16 de septiembre en el tribunal de Lomas de Zamora será el escenario donde las autoridades provinciales deberán explicar qué medidas adoptaron, cuáles proyectan y en qué plazos. El gobierno bonaerense tendrá que demostrar que puede adecuar sus centros de detención, garantizar la separación por edades, proveer personal capacitado y asegurar el acceso a educación y trabajo para los jóvenes privados de su libertad.

Pero más allá de la coyuntura judicial, cabe preguntarse si el Estado argentino está dispuesto a invertir en prevención y desarrollo social con la misma urgencia con la que legisla castigos. La ley de imputabilidad se sancionó sin planificación, se reglamentó sin presupuesto ejecutable y se aplica sin garantías. El freno de la justicia bonaerense es, en ese sentido, un síntoma de un problema más profundo: la política criminal sigue siendo reactiva, mediática y desconectada de las capacidades reales del Estado.

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