Redacción Canal Abierto | La semana pasada el Gobierno nacional resolvió -sin acuerdo con la CGT y las CTA- dar un incremento de 25% al Salario Mínimo Vital y Móvil. La suba lo elevó de los actuales $ 10.000 a $ 12.500. El abono será del 7% en septiembre; 6% en diciembre; 6% en marzo del próximo año y 6% en junio de 2019.
De acuerdo al Observatorio del Derecho Social de la CTA, este monto que se halla muy lejos de cubrir las necesidades mínimas que posee un trabajador.
En un informe elaborado por este instituto, aclaran también que el establecimiento de incrementos nominales, que persistentemente se encuentran por debajo de los niveles de inflación, ha afectado significativamente el poder adquisitivo del SMVyM.
Teniendo en cuenta los índices inflacionarios del momento, al finalizar el año en curso la caída interanual habrá sido la más importante desde el año 2002 y el monto del salario real será el más bajo desde el año 2004.
La caída real en el 2018 estará en torno al 8,6%, magnitud que se eleva al 15,4% si se comparan los valores actuales con el 2015, y al 22% con relación al 2011, dando cuenta que el SMVyM fue una de las variables que más ajuste experimentó en el mercado de trabajo en los últimos tres años.
Por otra parte, si se traduce en dólares, el SMVyM de agosto se retrajo a los niveles alcanzados en 2007. Ese año el Consejo del Salario fijó el sueldo mínimo en $ 980, US$ 310 de la época, con la divisa a $ 3,16. Once años después, el SMVyM establecido por la gestión de Cambiemos alcanzó en agosto los $ 10.000. Con el dólar a $ 30,30, dan US$ 330 por mes.
Desde el Observatorio también se advierte que la actualización del SMVyM por debajo de los niveles de la inflación impacta negativamente para determinar el valor del salario mínimo docente y del salario social complementario, y que “el Gobierno nacional ha utilizado sistemáticamente el Salario Mínimo como herramienta para contener los reclamos salariales”.
Estas cifras alejan cada vez más la función del SMVyM de garantizar al trabajador –sin cargas de familia- la remuneración mínima que requiere para asegurar su alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Sólo la canasta básica de alimentos alcanzó en julio $ 7.726,94, y el salario mínimo está muy lejos de lo que el Gobierno reconoce como línea de pobreza para un grupo familiar, y apenas por encima de lo requerido en alimentos para superar la línea de indigencia.
“El Gobierno nacional ha elegido al SMVM como un mecanismo de contención salarial y de profundización del ajuste sobre el conjunto de los trabajadores, quitándole cualquier consecuencia virtuosa sobre la estructura salarial y el mercado de trabajo”, concluyó el informe.