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Canal Abierto - Periodismo de este lado
Buenos Aires

El Ministerio de Educación porteño falseó información para justificar el traslado de la Escuela de Cerámica

Publicado 08/02/2019 8 minutos para leer
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Redacción Canal Abierto | A fines de diciembre de 2018, el juez de primera instancia Francisco Ferrer dispuso suspender la mudanza del bachillerato de la Escuela de Cerámica Nº 1 del barrio de Almagro a Liniers, a casi 8 kilómetros de distancia, impuesta unilateralmente por el Ministerio de Educación porteño. La medida judicial establecía una pre-cautelar que suspendía temporalmente el traslado y exigía a la cartera educativa una serie de requerimientos que debía informar para justificar el acto administrativo que disponía la mudanza del bachillerato al edificio destinado a la Escuela Artística Rogelio Yrurtia.

Entre la lista de requerimientos Ferrer, quien preside el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 23, dispuso: “Remitir copia de la nómina de personal docente y no docente que ejerce cargos actualmente en el Bachillerato. En caso de ejercer funciones de manera exclusiva en el funcionamiento del Bachillerato, deberá informar también el horario y las tareas desempeñadas. En caso de que no ejerza tareas de manera exclusiva en el Bachillerato, deberá informar: a) si presta tareas para alguna otra de las tres modalidades que componen la Escuela de Cerámica N° 1 (Bachiller, Auxiliar y Técnico), aclarando, en caso de corresponder, en cuál de los tres niveles presta tareas, las funciones y horario de las mismas, b) si presta tareas además en otra dependencia, informando el lugar de trabajo, el horario y las tareas desempeñadas en cada una de estas”.

La maniobra del gobierno encabezado por Horacio Rodríguez Larreta fue esperar la feria judicial. Y mientras ésta sucedía, esperaron el turno de la jueza Andrea Danas para presentar el informe. Según señala la abogada de la UTE (Unión de Trabajadores de la Educación), Silvana Graciano, que acompaña a los docentes de la escuela, “es una jueza que tradicionalmente no hace lugar a cierto tipo de derechos. En esa oportunidad, el gobierno presentó la información. La jueza no nos la mostró y dictó una resolución judicial a partir de la misma”. UTE, entonces, pidió “vista” y “traslado” de la información presentada por el gobierno, antes de que se resolviera el pedido, y Danas no hizo lugar aunque se trata de un derecho de la parte denunciante.

Recién en instancia de apelación, señala la letrada, fue cuando tuvieron acceso al informe, lo circularon entre los docentes y al revisar las listas, con los que pudieron comunicarse en período de receso, «el 90% dijo que la información era falsa o incompleta». Otros docentes no aparecían en el listado. Y ocho, que el gobierno presentaba como docentes que no tenían problemas en cambiar de horario, no trabajaban en la escuela. «Respecto de estos ocho, estamos evaluando que ellos denuncien esta situación, ya que se los muestra como personal de la escuela y en realidad algunos se jubilaron, otros renunciaron y otros tienen baja administrativa”, aclara la abogada.

[mks_toggle title=»Información trucha» state=»open»]A continuación, el listado proporcionado por UTE de los docentes nombrados en el informe presentado por el Ministerio que dirige Soledad Acuña, que no prestan servicio en la institución:

  1. Abadie: renunció a la escuela.
  2. Abal: jubilado.
  3. Bogado: con licencia por art. 71 en la Escuela Mastrazzi.
  4. Chechetto: jubilada.
  5. Di Paolo: Jubilada.
  6. Gomez Camacho: con baja administrativa.
  7. Groisman renuncio
  8. Riganti: con baja administrativa.

Cabe agregar que además de esta información falsa, hay en el listado otros 60 docentes sobre los cuales se brinda información errónea y con omisiones. Lo que cometen los funcionarios es el crimen de “falsedad ideológica de un documento público”, cuya pena está prevista entre seis meses y seis años.

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Entonces, la jueza Danas revoca la pre-cautelar basándose en información falsa, errónea e incompleta, y la oculta a la parte denunciante. “Es grave lo que hizo el gobierno. No es que están respondiendo a una entrevista en un canal de televisión como políticos. Son el Estado y en esa calidad, están dando información falsa motivados por una orden judicial. Un instrumento público, producido por el estado es falso. Esto es un delito”, sostiene Graciano.

 

No se metan con los pibes

Así las cosas, tras la decisión de la jueza Danas, la mudanza volvía a ser posible y la comunidad del “Cera” veía jaqueado todo su esfuerzo por permanecer en la sede de Bulnes 45 y porque se amplíe allí el edificio.

Pero aparece un nuevo actor. La Asesora Tutelar Mabel López Oliva, de turno en la feria judicial, recibió a más de cincuenta chicos en entrevistas individuales que le plantearon los distintos problemas que se les presentaban frente al traslado de la escuela, y la cantidad de derechos que se les vulneraba. “Hay un chico que va con muletas y vive a una cuadra y media, no podés mandarlo con dos colectivos a más de 70 cuadras. Hay varios chicos con discapacidad; chicos que participan en la organización familiar y se ocupan de sus hermanos. El 80% de la matrícula de la escuela es de Almagro”, describe la letrada de la UTE. A raíz de estas presentaciones la asesora tutelar solicita una nueva medida cautelar que es concedida por el juez Guillermo Scheibler, de turno al frente del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, frenando nuevamente el traslado. «Ella pide una nueva medida cautelar y dice que no sólo no tendría que mudarse la escuela sino que además no tendría que haber ninguna modificación en la planta docente. Porque hay muchísimos derechos afectados», comenta Graciano.

“Este tercer juez de la feria judicial, con la presentación de los chicos, dice que aquí no está contemplado ninguno de los derechos de los pibes. No se puede hacer una mudanza resuelta en dos días. En 48 horas el gobierno inició y terminó un acto administrativo. El Estado debe rendir cuenta de sus actos -agrega la abogada-. Los funcionarios deben dar cuenta de los fundamentos, de las causas, del objeto de sus actos. No es la empresa privada que el patrón decide lo que quiere. Los funcionarios deben aplicar la ley, no pueden hacer otra cosa que aplicar la ley”.

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