Redacción Canal Abierto | Un fallo del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 74 decretó la suspensión de los despidos producidos en Electrolux “con el pago de haberes y en las condiciones de trabajo en las cuales se desempeñaban antes de sus despidos de la empresa FRIMETAL S.A. y hasta tanto recaiga sentencia definitiva en la acción de fondo”. La resolución se fundamenta en la inexistencia de la situación de crisis aducida por la empresa al momento de los despidos. También atiende al reclamo de los trabajadores sobre que el proceso preventivo se solicitó el mismo día en que se produjeron las cesantías.
A partir de esto, la fábrica de electrodomésticos está obligada a reincorporar a 7 de los 22 trabajadores que fueron despedidos el 29 de abril pasado. Esta resolución puede ser presentada como antecedente por el resto de los damnificados para que otras instancias produzcan fallos en el mismo sentido.
Consultada por Canal Abierto, la abogada de los trabajadores, Celina Tidoni, manifestó que «la empresa abre un preventivo de crisis el día que despide a los trabajadores. Es decir que desde que se firma ese acuerdo hasta fin de año la empresa no podía despedir a ningún trabajador de Electrolux. Esto dejaba afuera a este grupo de empleados que posteriormente empiezan a reclamar por su reincorporación».
La letrada también señaló la participación de la UOM en el acuerdo con la empresa que dio lugar al proceso preventivo de crisis en el que se basaron para producir los despidos: «En esta audiencia en la que se llega al acuerdo con parte de la UOM y con la intervención del Ministerio de Trabajo, en la cual se deja asentada esta supuesta crisis que los habilitaría a poder despedir, con este nuevo fallo hoy en día la empresa no puede despedir a ningún trabajador» concluyó Tidoni.