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Río Negro

Comunidad mapuche Buenuleo: “Vamos a resistir cualquier intento de desalojo”

La comunidad originaria de Bariloche fue condenada por usurpar tierras que sus ancestros habitan desde 1880, relevadas y reconocidas por el INAI en 2020. Esta semana el defensor oficial advirtió que en el juicio “no se aplicó el derecho indígena”.
Publicado 25/11/2024 7 minutos para leer
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lof buenuleo
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Redacción de Canal Abierto | “Acuérdense, por favor, que están juzgando a un pueblo, no a personas individuales”, pidió el defensor oficial Marcos Ciciarello al Tribunal de Impugnación especial con sede en Viedma que revisa la sentencia condenatoria por usurpación que pesa sobre varios integrantes de la Lof Buenuleo de Bariloche. En la causa se los acusa de usurpar su propio territorio relevado por la Ley N° 26.160. En su declaración, el abogado del Ministerio Público rionegrino también sostuvo que en el trámite judicial existió “falta de aplicación del derecho indígena”.

El Lof Buenuleo figura en el Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas, que le reconoce la posesión ancestral de esas tierras en las que sus familiares directos han habitado desde 1880. Desde principios del siglo pasado, este lote pastoril figura en los mapas como Pampa de Huenuleo. 

La resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas del 21 de septiembre de 2020, con la firma de su entonces presidenta Magdalena Odarda, reconoce “la ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad Lof Che Buenuleo sobre 481 hectáreas en la zona del cerro Ventana, en Bariloche”. 

En este cerro, nace el arroyo Ñireco, del que proviene el agua potable de la que se sirve la ciudad de Bariloche. 

lof buenuleo

A pesar de ello, desde 2019, Emilio Friedrich inició un juicio por usurpación a varios miembros de la comunidad, adjudicándose la propiedad de 92 de esas hectáreas del denominado lote 127. El demandante no tiene un título de propiedad del área que reclama, sólo un boleto de compraventa considerado apócrifo por la defensa de la lof mapuche. Friedrich denunció que el 10 de septiembre de ese año Ramiro Buenuleo junto a otras personas ingresó al predio y lo tomó.

La sentencia, objetada en la audiencia del pasado miércoles 20 de noviembre, sostiene penas de prisión en suspenso sobre Ramiro y Rosa Buenuleo, Lucas Dinamarca, Sandra Ferman y Nahuel Maliqueo, integrantes de la lof, por el delito de usurpación. Previamente fue sobreseído en esta misma causa el longko Mauro Millán, de la lof Pillán Mawiza, ubicada a 500 kilómetros de este lugar, en Chubut. Como autoridad comunitaria mapuche, convocado por los Buenuleo, “levantó” una ceremonia en las nacientes del Ñireco en noviembre de 2019. En ese momento, acudió una patota armada enviada por Friedrich y, luego, acudieron la policía y el ministerio público fiscal. Por esta razón, Millán fue incorporado a la causa hasta su reciente sobreseimiento.

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No al desalojo de la lof Buenuleo

“Para los estándares internacionales en materia de derecho indígena esta situación es considerada como una reivindicación territorial, propia de las situaciones donde los pueblos indígenas han sido despojados de su territorio. Pero para el poder judicial de Río Negro se trata de una usurpación propia de los delitos del mundo occidental, sin reparar que se trata de una comunidad indígena y que es el mismo Estado, por acción u omisión, responsable del despojo territorial”, sostiene un comunicado del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro.

Para que el presente fallo contra la lof sea sostenible fue necesario que el INAI -gestión Milei y a cargo de Claudio Avruj- diera de baja la previamente mencionada resolución administrativa, con la excusa de que la provincia no había participado. 

La falsedad de esta excusa se demuestra en tanto que el cierre de la carpeta técnica del relevamiento -que incluye el informe técnico social, antropológico y la cartografía de localización del territorio comunitario-,  fue resuelto como parte de las acciones de la Mesa Alternativa de Resolución de Conflictos con Comunidades Originarias, una mesa interministerial creada por el gobierno Nacional en febrero del 2020, de la cual la provincia de Río Negro fue parte.

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Un modus operandi

El despojo de tierra a las familias y comunidades mapuche suele tener un mecanismo de “legalización” carente de legitimidad. El boleto de compra venta inicial, cuestionado y nunca reconocido por Antonio Buenuleo ni por la comunidad, no está firmado por Friedrich si no por Claudio Thieck, un ex funcionario nacional denunciado por otro despojo a otra comunidad en Cuesta del Ternero. Thieck fue el supuesto “comprador y luego vendedor” a Friedrich, quien impulsa el presente juicio. Con este modus operandi el Poder Judicial convalida la estafa y legaliza el robo de tierras a las familias que ocupan ancestralmente este territorio, hoy meca del negocio inmobiliario y turístico. 

“Vamos a resistir”

En los próximos 20 días se conocerá el resultado de la audiencia de impugnación. “No es menor que la defensa oficial haya tenido la calidad argumentativa que demostraron Cicciarello y Natalia Araya. Han planteado las violaciones que se producen en el marco del derecho indígena. Ese es el principal cuestionamiento que hacemos, e hicieron los defensores oficiales: se deben aplicar las leyes de derecho indígena y los convenios internacionales. Sólo de esa forma esta causa puede terminar en una condena por usurpación”, sostiene en diálogo con Canal Abierto Orlando Carriqueo, werken del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro.

“Nosotros vamos a resistir cualquier intento de desalojo de la comunidad. Este despojo pone en peligro la principal fuente de agua de Bariloche, el arroyo Ñireco nace en esas tierras. El longko Ramiro Buenuleo sostiene que los mayores siempre dijeron que esa parte no tiene que estar habitada, porque hay que resguardar al ngen (espíritu) del arroyo Ñireco”, sostiene Carriqueo. “Es un mandato de la comunidad y nos sentimos con todo el derecho de defender ese resguardo territorial que ejerce la lof Buenuleo”.

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