Redacción Canal Abierto | El exoficial de la Armada, integrante del temible Grupo de Tareas 3.3.2 de la ESMA, Horacio Luis Ferrari, fue condenado esta tarde a prisión perpetua por privaciones ilegítimas de la libertad, tormentos agravados, sustracciones de personas menores de edad, abusos deshonestos, violaciones y homicidios agravados en el octavo juicio realizado por los delitos de lesa humanidad perpetrados en el centro clandestino que funcionó durante el terrorismo de Estado en la ex Escuela de Mecánica de la Armada.
El juicio estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5, integrado por Sabrina Namer, Enrique Méndez Signori y Fernando Marcelo Machado Pelloni.
Este juicio se trata de una reedición de aquel que finalizó en febrero de 2021 cuyo veredicto incluyó tres perpetuas, cuatro condenas a 15 años y una, a 6 años. En esa oportunidad Horacio Luis Ferrari estuvo sometido a todo el proceso, sin embargo, tras dos años de debate, la Sala II de la Cámara de Casación Penal hizo lugar al planteo de la defensa, resolvió la recusación del juez Obligado y la jueza Palliotti y decidió, el 11 de diciembre de 2018, dejar de lado a Horacio Luis Ferrari. Esta decisión fue confirmada de hecho por la Corte Suprema de Justicia de la Nación por lo que Ferrari fue apartado del juicio antes del dictado del veredicto.
El imputado fue juzgado durante este año nuevamente por los delitos de privación ilegal de la libertad, imposición de torturas y homicidios que damnificaron a 240 víctimas.
El CELS actuó como querellante institucional en tanto organismo de derechos humanos y unifica a las querellas de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora; de H.I.J.O.S. Capital por los hechos que tuvieron por víctima a María Mercedes Bogliolo y Gustavo Alberto Grigera; tambien hubo una la querella por el caso de Alcira Fidalgo; las de Marta Álvarez y Graciela García; y querellas particulares representadas por el abogado Pablo Llonto.
“Pantera” y/o “Diego”
En su alegato, los fiscales Félix Crous y Marcela Obetko habían señalado que Ferrari tuvo relación directa con los crímenes ejecutados en el centro clandestino de detención y detallaron que el acusado fue un destacado miembro del grupo operativo durante 1977. En primer lugar, describieron la organización de la Armada a los fines de la represión ilegal y la metodología utilizada por el grupo de tareas 3.3 -dependiente de la Fuerza de Tareas 3.2, que operaba en la ESMA- para secuestrar, torturar y asesinar. Destacaron que la muerte de las víctimas fue el resultado más reiterado y que el procedimiento más utilizado fueron los denominados “vuelos de la muerte”.
En relación con la responsabilidad del acusado, la Fiscalía sostuvo que, a pesar de la adulteración de su legajo de conceptos de la Armada, se pudo acreditar a través de otras pruebas documentales y del testimonio de 19 testigos/víctimas que Ferrari era el represor apodado “Pantera” y/o “Diego” , quien formó parte del grupo operativo del GT.3.3 de la ESMA durante 1977.
Ya en democracia, el 31 de diciembre de 1984 Ferrari fue ascendido a Capitán de Corbeta; en 1990 llegó a Capitán de Fragata y, en 1996, a Capitán de Navío. Por último, en 2002, se convirtió en Contralmirante. Destacó el MPF que, según su legajo de servicios, en 1972 realizó el «Curso de Capacitación en Tácticas y Técnicas de Lucha contra la subversión, realizado en el Comando de Operaciones Navales».
Los representantes del MPF analizaron además un resolución del 12 de septiembre de 1978 donde figura el nombre de los oficiales condecorados por Emilio Massera como integrantes del Grupo de Tareas. Allí, bajo el título “Heroico Valor en Combate”, se señala con el grado, nombre y apellido completo a Ferrari.
Los delitos por los que fue acusado Ferrari
Privación ilegal de la libertad dobletemente agravada por haber sido cometido por funcionario público y por mediar violencias y amenazas, perpetrado en forma reiterada en 42 hechos; y triplemente agravadas por haber sido por cometido por funcionario público, por mediar violencias y amenazas y por su duración de más de un mes, perpetrado en forma reiterada en 170 hechos;
- Imposición de tormentos agravados por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos en forma reiterada, en 230 hechos;
- Homicidio doblemente agravado por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas cometido en forma reiterada en 77 hechos, y doblemente agravado con el concurso premeditado de dos o más personas y por la utilización de veneno en un hecho;
- Sustracción, retención, y ocultamiento de un menor de diez años cometido en forma reiterada en 18 hechos;
- Abuso deshonesto agravado con el concurso de dos o más personas cometido en forma reiterada en 2 hechos;
- Violación agravada con el concurso de dos o más personas, cometida en forma reiterada en 3 hechos.
La Retaguardia transmitió en vivo