Redacción Canal Abierto | El recorte de entrega de medicamentos por parte del PAMI a sus afiliados tuvo un revés judicial a partir del fallo del Juzgado Federal N°2 de Mendoza que hizo lugar a una medida cautelar presentada por la CTA Autónoma y la CTA de los Trabajadores.
En la medida, el juzgado mendocino ordenó la obra social de los jubilados dejar sin efecto dos resoluciones que restringían el acceso a medicamentos gratuitos para jubiladas y jubilados. Se trata de la 2431/24, que establecía nuevos requisitos para acceder al beneficio de la cobertura del 100%, tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos, no ser propietario de más de un inmueble y no poseer un vehículo de menos de quince años de antigüedad y de la 2537/24, que modificaba alguno de esos parámetros.
Al responder a una cautelar presentada por las CTA, su aplicación por el momento atañe a aquellas personas que sean afiliadas a la central o a sus sindicatos de base y cuya provisión de medicamentos por parte de la obra social haya sido interrumpida
A partir de este fallo, se suman otras causas presentadas en tribunales federales de Córdoba, Tucumán, Córdoba y Salta, que quedan unificadas en el mismo tribunal. Las causas de estas dos últimas provincias, también tuvieron su fallo a favor.
A través de una comunicado, los secretarios generales de las centrales, Hugo “Cachorro” Godoy (CTA Autónoma) y Hugo Yasky (CTA de los Trabajadores) manifestaron su satisfacción por la noticia y afirmaron que “este fallo reafirma la legitimación de nuestras organizaciones para accionar colectivamente frente a políticas que lesionan derechos fundamentales”.
“Seguimos sosteniendo que el PAMI no puede comportarse como una empresa que administra beneficios según la lógica del recorte, sino como una institución que debe garantizar la salud de sus afiliados como un derecho humano básico”, concluye el escrito.