Por Nahuel Croza | “Son la Constitución Nacional, la constitución provincial y el Convenio 169 de la OIT, además de otros tratados internacionales, los que obligan al gobierno provincial a intervenir”, sostienen los representantes de las comunidades mapuche Fvta Xayen, Newen Kura, Ragilew Cárdenas y Kelv Kura que el martes 15 de julio se encadenaron en la Casa de Gobierno en la ciudad de Neuquén en reclamo del registro de sus personerías jurídicas. Responden así a las declaraciones amenazantes del ejecutivo a los medios, señalando que la actuación de los lof los “obligará a intervenir”.
En la misma situación que estas comunidades están otras doce de la Confederación Mapuche de Neuquén. Estas lof han cumplido todos los requisitos legales para obtener el registro y tanto el gobierno local actual como anteriores gestiones se han comprometido sucesivas veces en subsanar la situación pero lo que firman en las actas compromiso parece no obligar a los funcionarios políticos.

“El gobierno nos obliga a tomar esta medida. Pensamos quedarnos aquí hasta que el señor gobernador venga a decirnos en la cara por qué no nos quiere entregar las personerías”, sostiene Nelson Cárdenas, lonko del lof Ragilew Cárdenas, encadenado a las barandas de una rampa de acceso a la gobernación. “Estamos cansados de promesas y mentiras, de dilatar las cosas en el tiempo no sabemos con qué intención”.
En septiembre pasado, el ministro de Gobierno Jorge Tobares se reunió con estas cuatro comunidades del área de Vaca Muerta, en el territorio del lof Fvta Xayen en Tratayén, cerca de Añelo. Allí tomó el compromiso, que consta en un acta, de resolver la situación en 15 días. Casi 10 meses más tarde, del Ejecutivo provincial, por el momento, sólo hubo una amenaza de represión y de judicializar la protesta.

La personería jurídica es para una comunidad lo que el DNI a una persona. Para cualquier trámite o gestión en relación con el Estado es necesaria. Para administrar una cuenta bancaria, solicitar un préstamo o un subsidio, es su carta de presentación. Para la defensa jurídica de los derechos colectivos se precisa. Para garantizar la propiedad comunitaria de la tierra debe registrarse a nombre de esa personería jurídica.
Es obvio que, por todo esto, el poder político no tiene voluntad de reconocer lo que por derecho todas estas comunidades le reclaman.
A todas estas razones se suma el deber de cumplir el fallo de la Corte Suprema que la Confederación Mapuche le ganó en un juicio al gobierno de Jorge Sobisch (en el periodo 1999-2007) que quiso limitar la inscripción de las Personerías Comunitarias.
En diciembre de 2013, luego de una década de litigio, el tribunal superior ordenó “a la provincia demandada que ajuste su legislación en materia de derechos y política indígena a los estándares mínimos que (…) surgen del bloque normativo federal, en particular en cuanto a la identificación por vía de autoconciencia, en cuanto al asentamiento mínimo de tres familias y en cuanto a la consulta obligatoria al pueblo originario”.
Por acción y omisión los funcionarios actuales, encabezados por el gobernador Rolando Figueroa, se hacen pasibles del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y se colocan en rebeldía con el citado dictamen de la Corte.

