Nota publicada originalmente el 18 de junio de 2026
Redacción Canal Abierto | Mientras la mayoría de los argentinos le sacaba punta a sus cábalas en espera del debut de la Scaloneta en el Mundial de México, Estados Unidos y Canadá, el Presidente Javier Milei y el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques estampaban sus firmas al pie del Decreto 467/2026.
La nueva normativa modifica los Decretos 222/03 y 588/03 y elimina la posibilidad de que la ciudadanía presente observaciones sobre los candidatos a jueces, fiscales y defensores entre la propuesta y su envío al Senado. También suprime los criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia para las postulaciones a la Corte Suprema.
Para la abogada laboralista, docente universitaria y presidenta de la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de julio, Natalia Salvo, el cambio va aún más allá. “Con la modificación del decreto 222/03 dictado por Néstor Kirchner, lo que se modifica es la reducción de los controles populares de la ciudadanía, de las ONG, del sector académico, de los colegios de abogados respecto de la designación de los jueces o juezas de la Corte Suprema de Justicia, de los tribunales federales, los defensores y fiscales”, explica en diálogo con este medio.
Y agrega: “Ya la ciudadanía no tiene la posibilidad de pronunciarse respecto de su integridad moral, sus antecedentes académicos, en relación a los derechos humanos. Esa forma de control popular lo que hacía era depurar los candidatos para que el Poder Ejecutivo eleve los que están a favor de la ciudadanía al Senado, eso ya no existe más”.
Por otra parte, un grupo de organizaciones —ACIJ, Poder Ciudadano, ELA, Amnistía Internacional Argentina, Democracia en Red, CELS e INECIP— emitió un comunicado en el que rechaza la reforma y advierte que se trata de un retroceso. El texto recuerda que los decretos ahora modificados llevaban más de veinte años vigentes y permitían que organizaciones y ciudadanos presentaran apoyos o impugnaciones a los candidatos antes de que el Senado decidiera. Ese mecanismo, según señalan, “permitía dar insumos al propio presidente para ratificar o retirar su propuesta, y al Poder Legislativo para tomar la decisión final”.
El Gobierno justificó la reforma en la necesidad de agilizar el proceso y sostuvo que la participación ya está garantizada en el Senado. Sin embargo, las organizaciones rechazan esos argumentos.
Salvo coincide con esa lectura y aporta una clave política: “El Gobierno modifica este decreto en esta instancia porque hay muchísimas vacantes de los fueros nacionales y federales a designar de jueces y porque tenemos un ministro de Justicia como Juan Bautista Mahiques que en el gobierno de Mauricio Macri fue uno de los arietes integrante de la mesa judicial persecutoria para dirigentes políticos, gremiales, sociales y en general para poner el Poder Judicial al servicio del poder real en la Argentina”.
“El mecanismo modificado preveía un plazo de menos de dos meses para todas las instancias de participación. Dicho plazo parece ser más que razonable para decisiones de semejante trascendencia”, señala el texto firmado por las organizaciones.
Y agrega que “no caben dudas de que los beneficios de la participación son aquí mayores que sus costos de tiempo”. Sobre el argumento del Senado, sostienen que “equiparar ambas etapas implica desconocer que se trata de momentos distintos, con finalidades distintas”. Explican que “la intervención ciudadana en la etapa inicial permite aportar información y enriquecer la evaluación del Poder Ejecutivo”.
Otro punto central es la eliminación de la obligación de contemplar diversidad de género, especialidad y procedencia en las propuestas para la Corte. “Ello obstaculiza la integración de un tribunal con perfiles diversos, que sea más representativo, y atenta contra la igualdad de género en el acceso a los cargos públicos”, advierten las organizaciones, y recuerdan que la Convención contra la Discriminación de la Mujer integra el bloque de constitucionalidad.
Salvo también pone el foco en la cuestión patrimonial, otro de los puntos que se relajan con la nueva normativa: “También se relajó el control patrimonial de los futuros jueces«, advierte. Y va al hueso del problema estructural: “¿Por qué tenemos este poder judicial? Porque es un poder judicial que mantiene una lógica estructural endogámica, cerrada, de familia judicial y que está absolutamente de espaldas a la razón de ser el destinatario de cualquier poder del Estado que es el pueblo”.
Las organizaciones vinculan la medida con el revés histórico que sufrió el Gobierno en el Senado hace dos años, cuando dos candidatos a la Corte fueron cuestionados y finalmente rechazados. “Que la respuesta institucional frente a esa experiencia sea reducir los espacios de participación y los criterios de diversidad constituye una señal preocupante de cara al futuro”, sostienen.
El comunicado concluye: “La designación de las autoridades judiciales es una de las decisiones de mayor trascendencia, y como tal, requiere de mayores controles, no de menos. En definitiva, son esas personas las que decidirán sobre nuestros derechos”.
Para Salvo, la clave está en que la discusión no quede reducida a unos pocos. Frente a la pregunta de qué se puede hacer para revertir esta situación, responde: “Lo que se puede hacer para revertir esta situación es advertir a la ciudadanía, a todo el pueblo en general, que el Poder Judicial es un poder muy sensible que toca los bienes —y cuando digo bienes digo derechos— más importantes de la sociedad: su patrimonio, su salud, su vida, su bienestar, su trabajo. En tanto y en cuanto sea una discusión solo para un reducto aristocrático o académico o de ciertos sínodos de poder, entonces nadie puede defender ni los derechos que no conoce ni una reforma judicial que considera absolutamente ajena”.
Las organizaciones lo resumen con una frase que debería resonar más fuerte que cualquier cábala: restringir la participación y abandonar la diversidad “incrementa la ya dañada confianza en las instituciones públicas, debilitando nuestra democracia”. Un llamado a estar atentos en momentos en los que se nombran jueces que pueden ser más tramposos y dañinos que Codesal.

