Redacción Canal Abierto | El 8 de diciembre de 2017, Luis Chocobar -policía local de Avellaneda- se encontraba en las inmediaciones de su vivienda, en el barrio de La Boca, cuando alrededor de las 8 de la mañana intentó interceptar a dos delincuentes que huían tras robar y acuchillar a un turista estadounidense. Entonces, el oficial persiguió a uno de los jóvenes y efectuó dos disparos al aire como advertencia.
“Posteriormente la accionó (el arma) contra Kukoc (el joven que resultaría muerto) para detenerlo. Aparentemente cuatro veces y sin que surja, al menos de momento del legajo, agresión armada en su contra que explique la necesidad racional de hacerlo”, reza la resolución del Tribunal -integrado por los camarista Julio Lucini, Mariano González Palazzo y Rodolfo Pociello Argerich- que hoy confirmó el procesamiento.
Los tiros por la espalda hirieron gravemente a Juan Pablo Kukoc, que moriría a las pocas horas.
Por el hecho, Chocobar fue procesado por exceso en la legítima defensa y embargado en 400.000. El juez Enrique Velázquez entendió que el agente no había actuado con profesionalidad, pero sí en legítima defensa.
Incluso antes de que viéramos el video que revela cómo Chocobar había ejecutado por la espalda al sospechoso, el Gobierno nacional salió a respaldar y saludar el accionar del policía. La ministra de Seguridad llegó hasta a hablar de una “nueva doctrina”.
De todas formas, la publicitada reunión entre Chocobar y Macri no fue un error de timing político o decisión prematura. El propio jefe de Gabinete, Marcos Peña indicó que el Presidente ya estaba al tanto de los registros de las cámaras de seguridad cuando convocó al policía local, y por lo tanto del carácter de cuasi ejecución sumaria de Kukoc.
Ahora la Cámara decidió endurecer la calificación del delito que lo tiene a Luis Chocobar en la mira, al entender que hubo un exceso en el cumplimiento del deber y no en la legítima defensa, tal como había señalado en un principio el juez Enrique Velázquez.
“No hubo entonces aparente proporcionalidad en su respuesta, máxime cuando el peligro al que habían estado expuestos los testigos había cesado”, argumenta el último dictamen judicial, y agrega: “No hay duda, entonces, que su decisión fue excesiva en tanto provocó un daño superior al que quiso hacer cesar, lo que abre un segundo nivel de análisis”.
“En esto debemos ser absolutamente prudentes y claros: un policía tiene un deber de actuar y hacer cesar los efectos del delito, evitando que se ponga en riesgo su vida o la de terceros, pero no puede apartarse de los límites que la ley fija”, advierte el texto. “Reiteramos así que los disparos realizados cuando ya había cesado la agresión concreta y sin un arma visible que los justificara de manera completa, configuran un exceso”.
Los camaristas también le dedicaron un párrafo al fiscal general Ricardo Sáenz, a quien ya habían reprendido durante la audiencia de apelación por no presentar ningún dictamen sino limitarse a opinar en defensa de Chocobar y de la policía en general.