Por Inés Hayes | “Mi nena nació con toxoplasmosis, y es no vidente del ojo derecho. Una enfermera me dijo de mala manera: ´escuchame, tu hija nació mal, la vamos a curar, llevar a neo, vos podés gritar todo lo que quieras´”, se lee en el informe “Parí como una condenada. Experiencias de violencia obstétrica de mujeres privadas de la libertad”, dado a conocer ayer por la Defensoría General de la Nación, la Procuración Penitenciaria de la Nación, la Defensoría del Pueblo de la Nación y la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.
La violencia obstétrica es una modalidad particular de discriminación y de violencia de género que afecta de manera transversal al conjunto de las mujeres en el embarazo, el parto y el posparto. Pero en el caso de las mujeres privadas de su libertad, esta violencia se agrava porque el encierro carcelario implica restricciones sustantivas para el goce de los derechos reconocidos y una mayor exposición a la violencia institucional.
Según el informe, la gran mayoría de las mujeres encuestadas (el 94%), inició el trabajo de preparto en la unidad penitenciaria, y buena parte de ellas –casi el 76%- específicamente en su pabellón de alojamiento, sin intimidad y en condiciones sanitarias adversas.
Todas las mujeres encuestadas coincidieron que la noche es la peor hora para dar a luz: el 30% indicó haber sido atendida por un/a médico/a de una especialidad distinta a la obstetricia y el 85% manifestó haber experimentado maltrato verbal durante el trabajo de parto.
En el 15% de los casos, las mujeres entrevistadas manifestaron que transcurrió entre media hora y una hora desde que se observó la necesidad de trasladarla al hospital hasta llegar al centro de salud, y en el 9% de los casos este período duró entre una y dos horas, poniéndose en riesgo la salud de las madres y la de sus bebés. Y si bien un 72,7% de las mujeres informaron que fueron conducidas a los hospitales en ambulancia, el 18% mencionó que fueron transportadas en un camión de traslado y en el 6% de los casos restantes fueron trasladadas en otros móviles (como un patrullero o colectivo de visitas).
Según la Organización Mundial de la Salud, el parto es un momento en el que la mujer necesita intimidad y libertad de movimientos para poder elegir de qué manera son menos dolorosas las contracciones y, de a poco, se está entendiendo y permitiendo que las mujeres puedan parir en cuclillas, la forma más fisiológica de tener un parto. Sin embargo, en casi la totalidad de los casos abordados en este estudio (97%), las mujeres fueron acompañadas por personal de seguridad y en el 54,5% fueron trasladadas con alguna medida de sujeción como esposas o “pateras” (esposas en las extremidades inferiores).
Por otra parte, si bien el derecho a estar acompañada por una persona de confianza debe ser garantizado sin discriminación, no es usual que se informe a las mujeres detenidas sobre ese derecho: gran parte de las encuestadas no sabía que podía hacerlo cumplir. Y de entre quienes solicitaron acompañante (33,3%), en dos tercios de los casos su pedido fue rechazado (63,7%).
Aunque los estándares internacionales indican que las medidas de seguridad deberían ser conducentes, razonables y lo menos restrictivas posibles, no deberían afectar el derecho a la intimidad, ni la dignidad de la mujer y el niño, en el 42,4% de los casos las mujeres refirieron no haber tenido privacidad; en el 75,8% de los casos se informó la presencia de personal penitenciario. Y si bien en la totalidad de los casos relevados las mujeres fueron acompañadas por personal penitenciario femenino, en el 79% de ellos también asistieron agentes masculinos: en un contexto de relaciones asimétricas de subordinación entre los géneros, estas cifras no hacen más que incrementar la incomodidad, la violencia y la sensación de exposición.
Pospartos
Hoy en día, el respeto a la llamada hora sagrada (los primeros segundos después del nacimiento) no tiene discusión, sin embargo, en este estudio se destaca una altísima proporción de mujeres a las que se les impidió conocer a sus hijos/as hasta después de 3 horas de ocurrido el nacimiento (21,2% de las encuestadas), infringiendo además la ley N° 25.929, que establece que las mujeres tienen derecho a tener contacto de manera inmediata con sus bebés.
El estudio mostró también llamativos índices de internaciones en neonatología (36,4% de los casos), por razones que no siempre fueron debidamente informadas y un 20% de las mujeres se sintieron discriminadas en el hospital por su condición de detenida.
Dentro del relevamiento, se incluyó el Instituto Correccional de Mujeres del Complejo Penitenciario Federal III (Güemes, Salta) y el Centro Federal de Detención de Mujeres – Unidad Nº 31 ambas dependientes del Servicio Penitenciario Federal (SPF). Además, se entrevistaron a algunas mujeres que atravesaron el preparto, el parto y el posparto en la Unidad Nº 31, pero al momento del estudio permanecían alojadas en el Complejo Penitenciario Federal Nº IV – Ezeiza del SPF. También se incluyó la Unidad Penitenciaria N° 33 de Los Hornos del Servicio Penitenciario Bonaerense.
En total, 33 mujeres fueron encuestadas y seis de ellas brindaron amplios testimonios sobre esta experiencia en prisión, a través de entrevistas en profundidad.
El análisis muestra formas específicas de maltrato ejercidas por la institución penitenciaria y de salud, vinculadas de forma directa con la condición de mujer privada de su libertad y ratifica la necesidad de replantear la política criminal y penitenciaria actual respecto de las mujeres.
“La forma más extrema de violencia detectada, tanto obstétrica como institucional, puede encontrarse en la dimensión de vigilancia y seguridad. Es alarmante que en la actualidad se continúen aplicando medidas de sujeción sobre mujeres embarazadas, y más grave aún resulta su utilización durante los procesos de preparto y parto”, señala el informe.
Recomendaciones
El documento subraya, entre otras cuestiones, que debe capacitarse al personal judicial sobre la temática del parto respetado y garantizar el acceso a la justicia para las mujeres que son víctimas de violencia obstétrica; que el Poder Ejecutivo debe implementar políticas públicas que garanticen el acceso a los derechos reproductivos de las mujeres detenidas; que el Ministerio de Salud debe habilitar mecanismos para la recepción de denuncias por hechos de violencia obstétrica, así como impartir, dentro de los servicios penitenciarios, cursos de preparto a todas las mujeres; y que los servicios penitenciarios deben disponer de guardias obstétricas y pediátricas activas, y erradicar el uso de medidas de sujeción e inmovilización en mujeres próximas a dar a luz o que hayan dado a luz recientemente.
Finalmente, el informe señala que es necesario “acentuar los esfuerzos del Poder Judicial, así como también de los servicios penitenciarios, para garantizar el acceso de todas las mujeres en conflicto con la ley penal a medidas alternativas a la detención o, en su defecto, a formas de detención morigeradas tales como el arresto domiciliario” (…) “En el caso de la detención domiciliaria, esto implica tanto la aplicación del instituto a las mujeres embarazadas o con hijos/as pequeños, como la garantía de sus necesidades básicas de alimentación, trabajo, salud y educación”.