Redacción Canal Abierto | La Cámara Federal anuló los procesamientos que pesaban sobre funcionarios de Juntos por el Cambio en la causa que investigaba la existencia de una mesa judicial para armar causas contra dirigentes gremiales, conocida como la «Gestapo sindical».
La medida beneficia a quien fuera Ministro de Trabajo de la provincia de Buenos Aires durante el gobierno de María Eugenia Vida Marcelo Villegas, autor de la frase que bautizó informalmente a la causa. “Créeme que si yo pudiera tener -y esto te lo voy a desmentir en cualquier parte-, si yo pudiera tener una Gestapo, una fuerza de embestida para terminar con todos los gremios, lo haría”, se sinceró ante sus interlocutores, otros miembros del entonces oficialismo, agentes de inteligencia y empresarios de la construcción de La Plata.
El contexto fue una reunión en la que se planteó un mecanismo de coordinación entre los empresarios y el ejecutivo provincial, por parte del cual Villegas aseguraba tener todo hablado con “la Procuración, el juez y el fiscal” para dar curso a las denuncias que culminarían con la prisión preventiva del entonces Secretario General de la seccional platense de la UOCRA, Juan Pablo «Pata» Medina.
Además del de el ex ministro, también quedan anulados los procesamientos de otros acusados, también presentes en el cónclave: son el intendente de La Plata -que juega su segunda reelección el próximo 22 de octubre- Julio Garro; su contrincante en las pasadas primarias, el senador provincial de Cambiemos Juan Pablo Allan; el exsubsecretario de Justicia bonaerense Adrián Grassi; y los exdirectivos de la AFI Juan Sebastián Destéfano (Asuntos Jurídicos), Diego Dalamu Pereyra (Contrainteligencia) y Darío Biorci (exjefe de Gabinete de la subdirección de la AFI). Sobre todos ellos pesaba la acusación de violación a la Ley de Inteligencia y prevaricato.
La resolución de la Sala II de la Cámara Federal que anuló los procesamientos fue firmada por los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi. Allí se cuestiona el accionar de Ernesto Kreplak, el primer juez que entendió en la causa. Se le cuestiona haber hecho una valoración deficiente valoración de la prueba y se calificó como “difusas y debatibles” todas las muestras recabadas sobre la reunión. También se sugirió que la reunión “pudo haber tenido una finalidad distinta” a la del armado de causas para la persecusión judicial.
“Nos encontramos entonces en condiciones de volver a afirmar que la resolución es inválida”, al plantear que “se dotó al contenido de la filmación una serie de significaciones que derivaron en una imputación que devino prematura e inconexa no solo con el plexo probatorio existente al momento de decidir, sino también con los aportes que habrían realizado las personas involucradas en el proceso”, sostiene el fallo.
En disidencia actuó el juez Eduardo Farah, quien en su escrito sostuvo que por más que justificado que pudiera estar, ningún fin puede quebrar las normas constitucionales ni legales. “Si había llegado a conocimiento de las autoridades un posible delito (o, más específicamente, un accionar delictivo desplegado en el tiempo con la presunta complicidad de autoridades políticas y judiciales,) el único actuar debido era su canalización a través de los procedimientos legales vigentes», argumenta en un pasaje.
La causa se inició a fines de 2021, tras el descubrimiento de un video en los archivos de la AFI en el que se registraba el encuentro realizado en 2017 en la sede porteña del Banco Provincia, lugar que oficiaba de Cada de Gobierno bonaerense paralela. Llamativo que la reunión se realizara allí, cuando la totalidad de los asistentes tenía funciones o domicilio en La Plata.