Redacción Canal Abierto | El Tribunal Oral Federal N° 6 consideró ofensivas contra los jueces las palabras del abogado y dirigente social Juan Grabois durante su alegato en el juicio por la toma de la comisaría 24 de La Boca, tras el asesinato del «Oso» Cisneros. Los magistrados le impusieron una multa equivalente al 15% del salario mensual de un juez de primera instancia.
Sin embargo, lo único que hizo el referente de la CTEP fue denunciar la persecución política contra los líderes sociales, y a la vez criticar al Poder Judicial por considerar a este la “bancarrota moral servida al poder público, oficialista al poder de turno”.
No hace falta aclarar que tanto la Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos por nuestro país consideran la libertad de expresión y pensamiento como uno de los derechos inalienables, además de piedras basales de la democracia representativa en el marco de un Estado de derecho. Es por ello que, para poder ir contra los argumentos críticos de Grabois, los magistrados debieron apelar a un decreto ley de tiempos dictatoriales, específicamente de la autodenominada “Revolución Libertadora” que en 1955 primero derrocó y luego proscribió el peronismo.
El alegato crítico
“Desde el punto de vista del derecho, de la Justicia y del debido proceso este juicio deja mucho tela para cortar”, comenzó sus palabras finales el dirigente, que calificó al juicio como un “juicio evidentemente político” ya que no se estaban juzgando hechos sino “culturas organizativas, clases sociales y nacionalidades que hoy resultan antipáticas”.
El discurso de Grabois siguió y apuntó directamente contra las actitudes de los jueces que con sus manifestaciones dejaron en evidencia “un prejuicio que ni siquiera se disimuló”. También denunció el nuevo “clima de época” en el que los pasillos de Comodoro Py se convirtieron en “las pasarelas de los opositores” y remarcó “la bancarrota moral de una Justicia servida al poder público, oficialista al poder de turno”.
“El Poder Judicial debería avergonzarse por su ciclotimia y su desapego a los principios del Estado de Derecho y por tener entre sus filas a magistrados que han convalidado el terrorismo de Estado o, como pasa acá, convalidado apropiaciones de niños durante la dictadura militar”, lanzó el dirigente social y abogado.
Por úlitmo, Grabois criticó también a la fiscal por “dar a entender” que los integrantes de las organizaciones sociales “por ser pobres no tienen uso de su voluntad y son llevados de las narices” a lo cual el dirigente le respondió que “cualquiera de esos pobres tiene un sentido mucho más hondo de la Justicia que muchos de los que están acá”.
El decreto
El artilugio jurídico esgrimido por los jueces para condenar las palabras de Grabois sostiene que se puede sancionar con “prevención, apercibimiento, multa y arresto de hasta cinco (5) días” a quienes “obstruyeren el curso de la justicia o cometieran faltas en las audiencias, escritos o comunicaciones de cualquier índole, contra su autoridad, dignidad o decoro”.