Redacción Canal Abierto | En lo que fue la coronación de una lucha histórica, finalmente, se aprobó ayer y por unanimidad, en la provincia de Chaco, la Ley de inserción laboral travesti-trans “Lohana Berkinks-Diana Sacayán”.
El proyecto, que ya había sido presentado en 2014, tiene como base la ley “Amancay Diana Sacayán” 14.783 aprobada en la provincia de Buenos Aires en 2015, pero que aún no se encuentra reglamentada. Un dato no menor es que la activista Diana Sacayán, su principal impulsora, fue asesinada un mes después de la sanción.
La ley establece “la obligatoriedad de ocupar en una proporción no inferior al 1% de su personal a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público”.
“La gran población travesti- trans no tenemos una idoneidad para ocupar puestos de trabajo porque nunca experimentamos esa labor. Siempre estamos expuestas a esa actividad opresora que es la prostitución. No todas las compañeras tiene formación académica, algunas no terminaron ni la primaria. Ahora el Estado debe capacitarnos para poder formarnos y a su vez, va a pagar un salario para poder tener un ingreso”, afirma en diálogo con Canal Abierto, Úrsula Sabarece activista travesti de Furia Travesti Chaco.
Otro dato no menor es que las personas travestis o trans tienen una expectativa de vida de entre 35 y 40 años porque no pueden acceder a los derechos humanos básicos de cualquier ciudadano (educación, salud, trabajo). La mayoría deben ejercer la prostitución como único medio para poder tener un ingreso, expuestas a todo tipo de violencias y riesgos.
“Más allá de cómo vamos a implementar esta Ley, que en este contexto, el Estado deba generar y garantizar trabajo es histórico. Estamos muy felices. Lo más lindo fue ver a las compañeras en situación de riesgo, de violencia, de persecución sus ojos a punto de explotar en llanto”, relata Sabarece.
Por lo pronto, serán beneficiarios y benefiaciarias todas aquellas personas mayores de 16. La provincia, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales y las empresas estatales, estarán obligados a integrar personas travestis, transexuales y transgénero, que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en proporción no inferior al 1% de la totalidad del personal por cada ente.