Redacción Canal Abierto | “Recibimos un montón de denuncias, esta iniciativa surge de casos reales”, explica Matías Cremonte, presidente de la Asociación de abogados y abogadas laboralistas (AAL) en diálogo con Canal Abierto.
Se trata de un documento titulado “Prohibir los despidos para garantizar el aislamiento” donde la AAL alerta sobre la necesidad de que el Gobierno dicte una norma que prohíba los despidos y las suspensiones mientras dure la emergencia sanitaria provocada por la pandemia de coronavirus. Así, sostienen, se evitaría que el efecto disciplinador del desempleo atente contra el cumplimiento del Aislamiento Obligatorio y agrave la situación social.
“Se están dando situaciones de exigencias por parte de los empleadores a trabajadores y trabajadoras de que vayan a trabajar aunque no esté esa actividad exceptuada del aislamiento, y el empleado tiene muy pocas herramientas para enfrentar esa decisión –agrega Cremonte–. Esto lo vemos en función de miles de consultas que nos llegan a la Asociación y a muchos abogados y abogadas laboralistas. Lo que prima, lamentablemente, entre el miedo a enfermarse y el miedo a perder el trabajo es que muchas personas vayan a trabajar, aunque tienen el derecho de plantarse y decir que no”.
Hecha la trampa
En el marco de la emergencia sanitaria, que ha endurecido las disposiciones en relación a la circulación, muchos empleadores han encontrado salvoconductos ilegales a las medidas gubernamentales para que sus trabajadores se presenten a trabajar saltando los controles policiales.
«Hay muchos trabajadores que igualmente hacen el certificado, subvirtiendo la esencialidad de la actividad que hacen. Por ejemplo, está exceptuada, de manera general, la actividad de las telecomunicaciones. Eso hace que muchos call centers planteen que están dentro de esa excepción y obliguen a los trabajadores y las trabajadoras a ir. También pasa con otras actividades colaterales a la salud», explica Cremonte.
Otra de las estrategias es recurrir a las suspensiones por “fuerza mayor”, eludiendo la normativa que lo impide y figura en la Ley de Contratos de Trabajo. Se trata de empleadores que cumplen el aislamiento, por ejemplo, cerrando el comercio, pero suspenden a sus empleados por el tiempo que dure la cuarentena para no pagarles los salarios. También abundan las denuncias por la negativa a pagar las licencias a quienes deben cuidar a sus hijos en edad escolar debido al cierre de las escuelas.
“Lo hacen a pesar de que el decreto es muy claro y dice que todas las licencias son remuneradas”, explica el especialista.
“Por eso nos parece oportuna una medida dentro de esta emergencia sanitaria que ponga la prohibición de los despidos mientras dure. Eso va a fortalecer la posibilidad, la voluntad de los trabajadores y las trabajadoras de enfrentar esa decisión arbitraria de sus empleadores y poder decir que no van a trabajar porque de ese modo se desarticula el temor al desempleo que es el que está primando”, concluye Cremonte.
Además, desde la entidad que agrupa a los laboralistas consideran que una disposición como esa disminuirá la litigiosidad en el futuro.
Por lo pronto, la AAL recibe consultas a través de su página Web y el propio Ministerio de Trabajo habilitó canales de comunicación para denunciar a aquellos empleadores que no cumplan con las disposiciones para garantizar el aislamiento: por teléfono, al 0800-666-4100, o vía mail a denunciasanitaria@trabajo.gob.ar.