Redacción Canal Abierto | La semana pasada se reunió la Mesa de Alquileres conformada por la Secretaría de Comercio Interior, representantes del sector inmobiliario y de inquilinos para avanzar en modificaciones de la normativa que den solución a la problemática habitacional.
La escasez de viviendas en alquiler y la descontrolada suba de precios en los inmuebles generan preocupación, sobre todo a los inquilinos que ven en alquilar una tarea casi imposible. En el primer encuentro de la Mesa, las cámaras inmobiliarias habían propuesto la reducción del plazo mínimo de alquileres de 3 años a 2 años y la Cámara de la Construcción pedía que se reduzca a 1 año para la vivienda nueva.
En ese contexto, las organizaciones que articulan en la Comunidad Federal Inquilina y No Propietaria, plantearon la necesidad urgente de la creación del Programa Nacional de Alquiler Social que indica el título III de la Ley de Alquileres, que visibiliza la vulnerabilidad habitacional que padecen principalmente las infancias inquilinas, las mujeres, y la población jubilada.
En esta segunda reunión se planteó la decisión política del Presidente de modificar la actual Ley de Alquileres. El Secretario de Comercio, Roberto Feletti -teniendo en cuenta las propuestas de los distintos sectores- propuso respetar el plazo mínimo de 3 años y mantener los derechos conquistados en la normativa, pero modificar el índice de actualización de alquileres y que la frecuencia de actualización sea semestral, en vez de anual.
También se comprometió a crear un impuesto a la vivienda ociosa para desalentar uno de los efectos de la Ley: la retirada de propiedades del mercado locativo para disparar la oferta en el mercado de compra-venta.
En este sentido, tanto el Sindicato de Inquilinos Trabajadores de Chubut como el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ambas integrantes de esta Comunidad Federal Inquilina), plantearon la necesidad de modificar el actual índice que está conformado por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (que hoy equivale a $107.358) y la inflación.
“Entendemos que este índice debería reflejar el Salario Mínimo Vital y Móvil, ya que es más representativo de los ingresos de la población trabajadora, como de la población jubilada que alquila en todo el territorio nacional. También propusimos que el valor de la actualización de los alquileres pueda ser acordado siempre y cuando no supere el nuevo índice. Esta ya no sería la única modalidad de actualización, pero sí el techo para los aumentos”, señalaron desde la CFINP.
Respecto a los aumentos semestrales, indicaron: “Planteamos la necesidad de que toda propuesta no tenga como resultado un incremento de los recursos económicos que los hogares inquilinos destinan al pago del alquiler, teniendo en cuenta que las paritarias establecen acuerdos anuales respecto de la actualización salarial, que desde hace años está muy por abajo de la inflación”.
Otro de los ejes de trabajo impulsados por la Secretaría fue darle intervención a la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor para verificar que las publicaciones de alquileres se ajustaran a derecho. Sobre esta línea, la CFINP facilitó facilitar a esa dependencia la doctrina producida por Exequiel Vergara, “El Consumidor Inquilino”, publicado por el Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ), en el que se equipara la relación jurídica que se da en las relaciones de alquiler, con la relación jurídica que se da en las relaciones de consumo.
“Las organizaciones que integramos esta Comunidad Federal Inquilina y No propietaria, reafirmamos nuestra voluntad de continuar este espacio de diálogo, para buscar consensos que beneficien a la población inquilina. Esta Comunidad es un espacio de articulación federal en el que participan organizaciones de diferentes jurisdicciones del país, con la intención de visibilizar y disminuir la crisis habitacional que padece la población inquilina y la población sin techo propio”, finalizaron.