Redacción Canal Abierto | Tras la visita a la referente de la organización Túpac Amaru Milagro Sala en Jujuy, el presidente Alberto Fernández realizó declaraciones en las que de manera ferviente expresó su repudio a lo que considera un atropello jurídico.
Sala fue visitada por el primer mandatario en el sanatorio en el que se encuentra internada por un cuadro de trombosis presentado a comienzos de esta semana. La internación la cumple con custodia policial armada.
Las declaraciones del presidente abrieron el debate acerca de la posibilidad del indulto, una de las facultades que la Constitución otorga al titular del Ejecutivo. Referentes del propio Frente de Todos expresaron su opinión en ese sentido. También lo hizo uno de los abogados de la defensa de Sala, Luis Paz, requiriendo al presidente que tome esa determinación.
En el mismo sentido se expresó el abogado Rodolfo Yanzón ante la consulta de Canal Abierto. “El Presidente de la Nación tiene la facultad de indultar. Eso está previsto por la Constitución Nacional. Hay algunos que no acuerdan con esa figura porque consideran que es un resabio monárquico. Por el contrario, yo creo que es una herramienta que otorga en última instancia al poder político lo que se hace con una persona que puede estar, injustamente condenada o sometida a proceso. Por lo tanto, si el Presidente de la Nación entiende que el caso de Milagro Sala está definido por esas causales, pues tiene la herramienta constitucional que nadie le puede negar, es disponer mediante un decreto el perdón un indulto así debería en los próximos minutos disponer el presidente Alberto Fernández”, afirmó.
Y sostuvo: “Yo creo que el Poder Ejecutivo Nacional está en condiciones de disponer eso en este caso sobre todo porque entre otras cuestiones Milagro Sala fue procesada en causas federales. Pero teniendo en cuenta, que cuál es la situación y además con este elemento nuevo que se da que es una situación de que si se confirma la gravedad de la salud de Milagro Sala con mayor argumento podría disponer una salida de perdón”.
El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat opinó en sentido contrario. “Cabe la figura del indulto para este caso cada vez que lo hace el gobernador, que es el titular del Poder Ejecutivo provincial. No le corresponde al Presidente de la Nación porque la Constitución establece claramente que puede indultar delitos federales y en el caso de Milagro se trata de delitos que no reconcitan la jurisdicción federal, sino provincial”, manifestó.
“Además, y este es otro obis que debe regir tanto para el presidente como para el gobernador, el tema es que las constituciones establecen la viabilidad del indulto cuando se trata de alguien que fue condenado, no corre cuando se trata de alguien en proceso. Sin embargo, en nuestra historia institucional ha habido indultos a procesados”, agregó.
En el mismo sentido se expresó la titular de CORREPI María del Carmen Verdú, quien sostuvo que “lamentablemente, Alberto tiene razón cuando dice que no puede hacer nada. Al tratarse de causas por delitos ordinarios son los poderes jujeños los que tienen la potestad de tomar cartas en el asunto. Y conociendo a Morales, olvídalo”.
Uno de los puntos que implica el indulto es que, al tratarse de un perdón, implica la aceptación de la culpabilidad. “El perdón no borra la condena que pudo haber tenido. No es una amnistía, que es la figura legal por la cual se declara en el olvido, la conducta y eventualmente la pena que pudo haber recibido una persona. Por el contrario, en el indulto lo que lo que se genera es sólo el perdón. Es decir, pudo haber sido condenado o condenada la persona a determinados años de cárcel por ejemplo y lo que dispone el Presidente de la Nación es dejar sin efecto el cumplimiento de esa condena, pero no la borra”, sostuvo Yanzón.
¿Podría tomarse entonces la figura de amnistía para que Sala recupere su libertad? “También tiene el mismo tema de la cuestión federal y provincial. La amnistía es siempre del Congreso de la Nación de manera que volvería a ser a una autoridad federal, la que tendría que disponerle, pero la amnistía se utiliza para casos genéricos o múltiples no para casos individuales”, expuso Barcesat.
El constitucionalista advirtió que, sin embargo, el Congreso sí podría tomar cartas en el asunto. “La otra atribución que sí es del Congreso de la Nación y que la que personalmente recomendaría para una hipótesis como la que estamos analizando es la de la intervención federal. Porque evidentemente no hay un servicio de justicia en la provincia de Jujuy que respete los estándares de los dos pactos, el internacional y el regional, a los que la Nación Argentina ha suscrito. Prueba de lo cual es que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha dictado una resolución que sigue siendo incumplida por la autoridad provincial”, explicó.
Esa misma postura expresó Verdú: “La única opción que tiene el presidente de la Nación es la de intervenir el Poder Judicial de Jujuy. Lo que en la práctica implica una intervención de la provincia. Y tanto por la propia naturaleza de Alberto como por los acuerdos que son públicos que tiene con Morales, sabemos que es algo que no va a hacer. A lo sumo podría establecer alguna negociación, como hace cuando necesita que le saquen alguna ley en el Congreso y requiere de los votos de los senadores que responden a Morales”.
Y recordó que “la última vez que hubo una intervención desde el Ejecutivo Nacional fue en 1999, cuando el gobierno de De La Rúa intervino Corrientes y lo mandó a Mestre. Ese fue el contexto en el que se dio la masacre del Puente Belgrano, donde fueron asesinados Mauro Ojeda y Francisco Escobar, causa por la que espero hace 23 años un pronunciamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.
La abogada sugirió que “sí sería más viable hacer algún tipo de presentación para que ante un problema de salud como el que está teniendo ahora, cumpla las condenas excarcelada, en su casa y no en un hospital rodeada de policías armadas”.
Consultada por la posibilidad de una intervención de la Corte Suprema de Justicia, Verdú tampoco aportó una mirada optimista. “La Corte puede intervenir, pero debería revocar todas las causas en las que tiene condena. Este escenario tampoco es muy imaginable. Porque con que tenga una sola condena firme, ya entra en la jurisdicción de Jujuy y volvemos a la misma situación”, explicó.