Redacción Canal Abierto | El Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná, a cargo de la jueza Lilia Graciela Carnero, condenó a 3 años de prisión en suspenso a dos hombres por haber provocado un incendio intencional y quema de pastizales en los humedales entrerrianos.
Daniel Ramón Herrera y sus hijos Rodolfo Daniel Herrera y Adán Ignacio Herrera fueron imputados por haber provocado intencionalmente el siniestro el 14 de agosto de 2022, en la zona conocida como islas del Holandés, en Victoria, Entre Ríos.
En esa ocasión fueron detenidos por personal de la policía provincial que patrullaba navegando el arroyo Los Laureles y, al detectar un foco ígneo y descender a la isla, los encontró in fraganti, los detuvo y procedió al secuestro de diversos elementos utilizados para la tarea de quema.
A los detenidos se les imputó el delito de incendio u otros estragos, previsto y penado en el artículo 186 inc. 1° del Código Penal, en calidad de coautores. Los tres Herrera son trabajadores, albañiles; el mayor, Daniel Ramón, tiene colmenas en la isla. Por los testimonios se estima que iniciaron el fuego para desmalezar y se les descontroló la quema.
El fallo judicial, al que tuvo acceso este medio, dispuso la absolución de Adán Ignacio –en consideración de su edad, 18 años en el momento de los hechos– y declaró culpables como coautores a Rodolfo Daniel y Daniel Ramón Herrera, condenándolos a la pena de tres (3) años de prisión de cumplimiento condicional a la vez que les impuso a los condenados la realización “de un curso sobre el cuidado del medio ambiente por cualquier modo, presencial o virtual, cuyo cumplimiento deberán acreditar ante el Juzgado de Ejecución de este Tribunal y b) la efectivización de tareas comunitarias cuyo fin será reforzar la flora autóctona, sembrando un mínimo de diez (10) árboles en beneficio de la comunidad, (…) a los fines de la reparación del medio ambiente”.
Si bien la pena no es de cumplimiento efectivo y la tarea de reparación es ínfima –sembrar diez árboles–, fuentes judiciales señalan la importancia de esta primera condena a prisión por un crimen ambiental sobre los humedales de la zona mesopotámica. En otras zonas del país, como Córdoba, provincia severamente afectada por incendios, ya hubo condenas.
El Ministerio Público Fiscal representado en este caso por el Fiscal General José Ignacio Candioti y el Fiscal Auxiliar Dr. Juan S. Podhainy, había solicitado una pena de 4 años de prisión efectiva para un delito para el que la norma prevé una escala penal de entre 3 y 10 años.
En los considerandos de la causa se señala que “se perjudicó el medio ambiente, afectando todo el ecosistema del humedal del Delta del Paraná”.
Por su parte, el fiscal Candioti se refirió en los alegatos a un informe pericial efectuado por el Departamento de Delitos Ambientales de Policía Federal Argentina y “valoró que del informe surgía que esos incendios producían diferentes afectaciones al suelo, que las consecuencias dañosas persisten y que todo el ecosistema se ve afectado en la flora y fauna de la zona. A su vez, refirió que las quemas afectan a la salud debido al humo que se extiende, inclusive, a otras provincias”.
Este segundo delito, la afectación a la salud, no fue tenido en cuenta en el proceso para establecer la condena.