Redacción Canal Abierto | Un nuevo amparo se suma a la causa abierta el viernes por el Juez Alejo Ramos Padilla con el objetivo de que se suspenda la jura de Ariel Lijo programada para mañana y se impida que Manuel García-Mansilla ejerza como juez de la Corte Suprema.
Las ONGs Poder Ciudadano, CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales), ACIJ (Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia) e INECIP (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales) buscan que el magistrado acepte la cautelar y declare la inconstitucionalidad del decreto 137 de Javier Milei. Solicitan que tome una decisión antes de que el Alto Tribunal decida si mañana le conceda una licencia extraordinaria al juez federal nombrado por el Presidente.
La acción se funda –explicaron los organismos- en que el Decreto 137/2025 constituye “una clara violación” del procedimiento que establece la Constitución Nacional para la integración de la Corte “y una gravísima afrenta a la división de poderes y a la independencia judicial”. Puntualiza también que el nombramiento en comisión nunca puede utilizarse para sortear la falta de consenso democrático.
El 26 de febrero de 2025, tan solo unos días después del cierre de sesiones extraordinarias y a unos pocos días de iniciar las ordinarias, el Poder Ejecutivo de la Nación dictó el Decreto 137/2025, mediante el cual designó en comisión a Manuel García-Mansilla y a Ariel Lijo como ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Un día después, Máximo Tribunal le tomó juramento al primero, y sigue pendiente la resolución sobre la jura del juez Lijo, dado que solicitó licencia en su actual juzgado y la Corte lo está analizando.

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Frente a una situación de semejante gravedad institucional, las reconocidas organizaciones dedicadas a temas de justicia y derechos humanos presentaron una acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad de los nombramientos, junto con una solicitud de medida cautelar para que se suspendan sus efectos hasta tanto se resuelva la cuestión.
“La demanda plantea que hubo un apartamiento del procedimiento ordinario previsto por la Constitución sin acreditar una situación excepcional que impidiera la correcta administración de justicia. De hecho, no sería la primera vez que la Corte Suprema operaría con menos integrantes. En el mes de febrero, con solo 3 miembros, dictó 802 fallos. Además, señalamos que el Senado no estuvo imposibilitado de sesionar, sino que lo hizo durante las sesiones ordinarias y extraordinarias, y que la designación en comisión jamás puede utilizarse para sortear la falta de consenso democrático que requiere nuestra norma fundamental para la integración de la Corte”, explican.
“Con su accionar, el Poder Ejecutivo puso en grave riesgo la independencia judicial. Al eludir la mayoría de dos tercios que se requiere del Senado, los designados pasan a ser vistos como funcionarios del Presidente. A su vez, al tener nombramientos precarios que pueden ser revocados por el Senado, tendrán incentivos para fallar de modo tal que agrade (o que al menos no moleste) a las bancadas que forman parte de dicho cuerpo. La estabilidad en el cargo es la mayor garantía para la autonomía de criterio al resolver. Sin estabilidad, no hay independencia ni imparcialidad”.
Por conexidad, el amparo cayó en el juez federal de La Plata Alejo Ramos Padilla, quien desde el viernes pasado analiza otros pedidos de medidas cautelares de la ONG Asociación Civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), del Observatorio de Derechos a la Ciudad y de un particular.
“El nombramiento de jueces de la Corte Suprema exige un proceso de selección que garantice transparencia, participación ciudadana y respeto por la división de poderes. La designación sin el procedimiento constitucional adecuado pone en peligro la subsistencia misma del Estado de Derecho. Desde nuestras organizaciones reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de la independencia judicial y el cumplimiento irrestricto de la Constitución Nacional, pilares fundamentales de toda democracia, y llamamos al Senado y al Poder Judicial, cada uno en la órbita de sus competencias, a revertir esta decisión. De lo contrario, estarán abriendo una puerta por demás peligrosa para nuestra república, que será muy difícil de cerrar en el futuro”, sintetizan ACIJ, CELS, INECIP y Poder Ciudadano.