Redacción Canal Abierto | Tras reunirse con la cúpula de la CGT, el ministro de Hacienda salió a anunciar la propuesta con la que el Gobierno buscaba dilatar el paro general tantas veces anunciado.
No fue necesaria una respuesta por parte de la burocracia sindical y hoy, de mnera unilateral, Mauricio Macri firmó el decreto 508/18, el cual convalida aumentos de hasta el 5% en los sueldos del sector privado a cuenta de las cláusulas de revisión a pagarse en dos cuotas, entre julio y agosto.
En su primer artículo, el texto establece “para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, comprendidas en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) un RÉGIMEN SIMPLIFICADO VOLUNTARIO DE ADECUACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA SALARIAL AÑO 2018”. En el tercero, asegura que “las negociaciones mencionadas en el artículo anterior, hasta alcanzar un incremento total del CINCO POR CIENTO (5%) no acumulativo, para el trimestre inmediatamente posterior a su suscripción, pudiendo pactarse hasta en un DOS COMA CINCO POR CIENTO (2,5%) de incremento mensual y en DOS (2) cuotas”.
Según definió Dujovne, el aumento pretende ser “un puente en función de la variación de la inflación que estamos previendo”. Sin embargo, y aún con este 5%, todo indica que los salarios perderán la carrera con la inflación. La pauta del 15% que propugna el Gobierno para las paritarias 2018, y que ya acataron más de la mitad de los gremios, se encuentra lejos de las proyecciones inflacionarias para este año, que según la mayoría de los especialistas rondará el 26%.
Sin embargo, más allá de las consideraciones salariales, del decreto se desprenden otras cuestiones, sobre todo políticas y en cuanto a derechos laborales. Según Luis Campos, abogado del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma, el decreto “no le otorga a los sindicatos ningún derecho que no tuvieran ni tampoco pone límites adicionales a los ya existentes, al menos en la lectura literal. Según la ley 14.250 las partes son libres de llegar a acuerdos sobre lo que quieran, cuando quieran y como quieran. El único límite es que no pueden violar el orden público ni afectar el interés general”.
Esto quiere decir, entonces, que de existir un acuerdo entre las partes, no hace falta esperar al momento de la cláusula de revisión, y que por lo tanto el incremento adicional se puede negociar en cualquier momento y por cualquier porcentaje.
“Desde hace unos cuantos años el Ministerio de Trabajo pone límites ´en los hechos` a la homologación de acuerdos salariales que vayan más allá de la ´pauta sugerida`, pero nunca se había animado a ponerlo por escrito”, explica Campos, y agrega: “se trata de un blanqueo indirecto de una práctica existente hace años. El MT no homologará acuerdos que vayan más allá de su “pauta”. Solo zafarán los sindicatos más fuertes, que tendrán apelar mucho a la contabilidad creativa”.
En este sentido, cabe destacar que la no homologación de acuerdos salariales por parte del Poder Ejecutivo Nacional, o sea el Ministerio de Trabajo, es una violación abierta a la ley 14.250, al Convenio 98 de la OIT y al art. 14 bis de la Constitución Nacional.