Redacción Canal Abierto | El procurador interino Eduardo Casal dictaminó este viernes que la Corte Suprema de Justicia debe intervenir en la demanda que presentó el Estado Nacional contra la reforma de la Constitución de Jujuy, impulsada por el gobernador Gerardo Morales.
La presentación sostiene que los artículos incorporados por la Convención Constituyente provincial son “violatorios de los derechos y garantías consagrados en los artículos 1, 5, 14, 14 bis, 19, 31, 33, 75 inc. 17 y 22 y 123 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos por Argentina”.
Por esto, el Gobierno nacional reclama declarar la “inconstitucionalidad e inconvencionalidad” de los artículos 67, inciso 4°, 94 y 95 de la Constitución de la provincia de Jujuy “por subvertir el orden institucional y los derechos y garantías consagrados” en la Constitución Nacional. Esto último, según Casal, hace que el máximo tribunal sea el ámbito de “competencia originaria” para resolver el pedido.
El Estado nacional argumenta además que se quebranta “la razonabilidad que debe caracterizar a toda norma jurídica y por darse una cuestión de gravedad institucional”.
El texto del artículo 67 inciso 4° de la Constitución local “sienta las bases de un reglamento represivo al disponer que la ley a dictarse, con la excusa de proteger el derecho a la paz social y a la convivencia democrática pacífica, deberá contemplar, mínimamente, que el ejercicio regular de los derechos no podrá hacerse de manera violenta, o que impida u obstaculice el derecho de otros derechos”, advirtió la demanda.
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Además establece “la prohibición de cortes de calles y cortes de rutas, así como toda otra perturbación al derecho a la libre circulación de las personas y la ocupación indebida de edificios públicos en la Provincia”.
En la presentación, el Ministerio de Justicia de la Nación entendió que “el cumplimiento de tal cláusula implica el cercenamiento de los derechos de reunión, protesta y huelga de la totalidad del pueblo jujeño”.
También cuestionó “el procedimiento de reforma de la Constitución de la provincia por haberse omitido la debida y previa consulta a los pueblos originarios interesados”.
“Al tiempo que cuestiona el contexto en que se dio su modificación, porque entiende que se habrían manipulado los plazos procedimentales seguidos por la convención y el doble rol asumido, en simultáneo, por el Gobernador y como Convencional Constituyente”, resumió Casal en el dictamen, respaldando numerosos cuestionamientos de abogados y constitucionalistas. Entre ellos, Alberto Nallar, el abogado detenido y acusado de “sedición” por el sólo hecho de pedir la nulidad de la reforma.
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