Redacción Canal Abierto | La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) rechazó el protocolo de uso de armas de fuego para las fuerzas de Seguridad anunciado por la Ministra Patricia Bullrich y advirtió que “constituye una política regresiva que promueve la letalidad policial en un contexto de incremento de la represión estatal”.
La funcionaria definió que las fuerzas federales podrán utilizar armas largas para prevenir fugas en delitos peligrosos. Relazó así el protocolo que impulsó durante el gobierno de Mauricio Macri, que había sido suspendido durante la gestión de Sabina Frederic en la administración de Alberto Fernández. En una primera etapa, se autorizó el uso de armas largas para Prefectura.
“Ningún protocolo puede modificar las leyes vigentes y eximir de responsabilidades penales a los agentes de seguridad”, advirtió la CPM a través de un comunicado.
En ese sentido, la entidad de derechos humanos consideró que este reglamento reedita la denominada “doctrina Chocobar”, en referencia al policía Luis Chocobar, condenado por “exceso en el cumplimiento del deber” por un hecho cometido en 2017, cuando el efectivo baleó por la espalda a un delincuente que había apuñalado a un turista en el barrio porteño de La Boca.
“El Código Penal argentino establece que solo se podrá hacer uso de un arma letal cuando sea estrictamente inevitable a los fines de proteger una vida. Sin embargo, el reglamento incorpora supuestos que exceden ese objetivo tales como impedir una fuga o responder ante la mera amenaza de una persona que se presume puede tener un arma. Incluso se llega al extremo de que los agentes policiales intervengan con sus armas letales por la mera presunción de que las personas se encuentran armadas y aun en el supuesto de que no representen una amenaza real”, alertó la CPM.
En esa línea, el organismo sostuvo que “el riesgo inminente a la integridad que habilite el uso de armas no puede ser previsto con criterios y ante supuestos extremadamente ambiguos y confusos como los que se proponen”.
“Por el contrario, el uso de armas solo se encuentra habilitado en casos excepcionales en que deba protegerse una vida, respondiendo de manera proporcional a la agresión recibida, evitando por todos los medios lesionar la vida o la integridad y optando en la medida de lo posible por medios menos lesivos, como por ejemplo armas menos letales”, completó.
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Ilustración: Marcelo Spotti