La reforma laboral de Milei ya enfrenta las primeras demandas en la Justicia

Ayer la CGT finalmente realizó una presentación de inconstitucionalidad en los Tribunales de calle Lavalle. En paralelo, la Asociación de Abogados del Estado interpuso la primera demanda colectiva. La anulación del capítulo laboral del DNU 70 como antecedente.
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Por Marcelo Spotti

Redacción Canal Abierto | En enero de 2024, a partir de un amparo de la CGT, la Cámara Nacional del Trabajo anuló el capítulo laboral que el Gobierno de Javier Milei había intentado colar con el mega DNU 70/2023. Si bien en ese momento los jueces no se expresaron sobre la cuestión de fondo sino por la forma –que se quiera avanzar por decreto-, la medida aparece como un antecedente de lo que podría ocurrir con la reforma laboral sancionada el pasado viernes 27 de febrero.

Y en efecto, a menos de 72 horas de su aprobación, la medida ya enfrenta dos impugnaciones judiciales. Tal como lo había anunciado previamente, la central que conducen  Jorge Sola (Seguros), Cristian Jerónimo (Vidrio) y Octavio Argüello (Camioneros) se movilizaron ayer al Palacio de Tribunales y realizaron una presentación en la que pidieron que se declare la inconstitucionalidad.

“Esta ley de reforma, mal llamada de “modernización”, significa una afectación grave de derechos colectivos e individuales, que violan expresamente principios constitucionales”, sostuvieron en un comunicado. Y aclararon: “sobre todo el principio de progresividad (o no regresividad) y el principio protectorio del derecho del trabajo; ambos con fundamentos constitucionales e internacionales, como el Pacto de San José de Costa Rica”.

Sobre el principio de progresividad, recordaron que “impide adoptar medidas injustificadas que supongan un retroceso en los derechos laborales adquiridos”, mientras que el  protectorio “se basa en la desigualdad estructural entre empleador y trabajador”.

Con la reforma, “se afecta el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, en derechos como la protección contra el despido arbitrario, el derecho a la huelga, a la negociación colectiva a la libre agremiación, la libertad sindical, entre otros”, señalaron desde la CGT.

La otra acción es impulsada por la Asociación Gremial de Abogados del Estado (AGAE) y, según explican, es “la primer demanda colectiva” contra la reforma laboral de Milei. En el escrito presentado ante la justicia en lo Contencioso y Adminitrativo Federal solicitaron que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad de la ley, y en particular, de los artículos 1; 3; 4; 20; 31; 33; 41; 42; 51; 58 a 77; 82; 83; 84; 88; 89; 90 a 93; 103; 137; 151 y 152 a 163.

Además de ser incompatibles con el artículo 14bis de la Constitución Nacional y con los tratados internacionales, desde la AGAE apuntan a tres criterios constitucionales que respaldan su pedido: la existencia de un estado de incertidumbre; que haya un interés jurídico suficiente; y que el actor no disponga de otro medio legal para poner término inmediatamente al estado de incertidumbre que lo aqueja.

Al defender la legitimidad del planteo, desde la Asociación explicaron que “se encuentra configurado un “caso” en los términos del artículo 116 de la Constitución Nacional, toda vez que la ley impugnada se encuentra vigente y produce efectos actuales e inmediatos sobre el régimen laboral aplicable a los abogados del Estado comprendidos en la clase aquí delimitada”.

En ese sentido, “no se trata de un planteo meramente consultivo o abstracto, sino de la impugnación de disposiciones que alteran de modo directo el marco 18 normativo que rige sus relaciones laborales, generando una afectación actual o, al menos, una amenaza concreta y jurídicamente previsible”, indicaron.

La estrategia debe ser ir “caso por caso”

Días antes de la aprobación definitiva de la reforma laboral, en diálogo con Canal Abierto, el presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte, dijo que veía en algunos sectores “un exceso de confianza” en la vía judicial para derribar la norma una vez aprobada–en clara alusión a la CGT, que el viernes 27 convocó a parar pero no movilizó-, pero que no era lo mismo ir contra de un decreto de necesidad y urgencia que contra una ley sancionada por ambas cámaras del Congreso.

“No es sencillo en nuestro sistema que un juez diga: ‘que esta ley no se aplique’”, había advertido. No obstante, aclaró: “Acá la inconstitucionalidad hay que plantearla caso por caso, por algunos aspectos. Lo que no significa –subrayó- que un sindicato o una central no pueda plantear la inconstitucionalidad de la restricción del derecho de huelga, o de otros institutos y cuestiones muy concretas. Algo que harán y probablemente lo ganen”, afirmó.