Redacción Canal Abierto | El 22 de agosto de 2012 los jueces de la Cámara 1ª de Tribunales II -integrada por Lorenzo Rodríguez (presidente), Mario Capdevila y Susana Beatriz Cordi Moreno- emitieron un fallo inédito que determinó la responsabilidad penal de Francisco Rafael Parra, productor agropecuario, como autor responsable del delito de contaminación continuada, y de Edgardo Pancello, aviador aplicador de agrotóxicos, como coautor responsable del delito de contaminación.
Este martes 12 de septiembre, a poco mas de cinco años de aquel dictamen y desestimadas numerosas apelaciones, la Corte Suprema de la Nación rechazó un recurso de queja interpuesto por los abogados defensores y ratificó las condenas. La resolución del máximo tribunal salió con mayoría absoluta con los votos de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. El único en no emitir posición fue el cordobés Juan Carlos Maqueda.
“Además de la autoría, lo que quedó demostrado es el hecho de que los agrotóxicos son altamente contaminantes y un riesgo para la población”, afirmó Darío Ávila, abogado de las Madres de Ituzaingó, quien celebró el fallo como “positivo porque sienta precedente para causas similares a futuro, sobre todo en un contexto político y económico donde pareciera ampliarse el modelo extractivista que prima en nuestro país (estrechamente ligado al uso de agrotóxicos)”.
Las denuncias tomadas en cuenta por los tribunales incluyeron un estudio oficial había determinado sobre 142 niños del barrio la presencia de agrotóxicos en 114 de ellos. El barrio está situado al sureste de la Ciudad de Córdoba, por fuera de la Avenida Circunvalación, entre la Ruta Nacional 9 y la Autopista Córdoba-Pilar. Son aproximadamente 5000 personas, que habitan 1200 viviendas en 30 manzanas.
“Un estudio reciente comprobó el hecho de que en el barrio Ituzaingó, el 33% de las muertes fueron por cáncer”, indicó Ávila. El porcentaje convierte esta dolencia en la principal causa de muerte en el barrio, mientras que a nivel nacional se ubica en el tercer lugar con un índice cercano al 16%.
Si bien los abogados de la defensa anticiparon que apelarán el fallo ante tribunales internacionales, tanto Parra como Pancello deberán cumplir la pena aunque ninguno de los dos irá a prisión. La condena además incluye una inhabilitación de 8 y 10 años respectivamente para realizar aplicaciones de agroquímicos en campos. El fallo también incluye tareas comunitarias de 10 horas semanales durante cuatro años para el Estado o en instituciones de bien público relacionadas con el ambiente y la salud.