Redacción Canal Abierto | El Gobierno nacional anunció la nueva etapa de la lucha contra la pandemia de COVID-19. El Jefe de Gabinete Santiago Cafiero, la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, y el ministro de Turismo, Matías Lammens, explicaron los alcances del decreto firmado por el presidente Alberto Fernández.
Cafiero confirmó que «como está establecido en el decreto vigente quienes deben aplicar las medidas son las autoridades provinciales y las autoridades locales», dejando en manos de gobernadores e intendentes la facultad de adaptar las pautas nacionales a la realidad de sus propios distritos y de sancionar o extremar las restricciones según estimen conveniente.
Vizzotti explicó: «Cuando se realiza la investigación epidemiológica, se ve que el foco de infección, teniendo en cuenta que se relajan las medidas, son los espacios cerrados, donde durante mucho tiempo se está con proximidad sin utilizar tapaboca y además es una situación amigable».
Por su parte, Lammes encendió la alarma sobre la temporada 2021. Si bien confirmo que no habrá cierre de destinos, explicó que la continuidad dependerá del avance de la pandemia: «La idea es proteger y preservar a la industria turística y del entretenimiento que han adaptado y hecho inversiones para tener una temporada. Lo que buscamos es que todos entiendan en profundidad que para que la temporada continúe, tenemos que cumplir con esos protocolos», dijo.
“Tenemos la voluntad de que (la temporada) continúe hasta marzo, por eso tomamos hoy estas medidas, para no tener que tomar mayores restricciones. De extremar las precauciones va a depender que tengamos temporada de verano”, alertó
Además, los funcionarios brindaron detalles sobre las otras medidas que comprende el decreto: el requisito del test PCR para pasajeros de vuelos nacionales; la continuidad de la apertura de fronteras para argentinos o residentes que regresen al país; la limitación para uso exclusivo de trabajadores esenciales del transporte público; y la reducción de vuelos internacionales.
Conferencia completa:
Qué dice el Decreto
DECRETO SOBRE INDICADORES PARA LIMITAR LA CIRCULACIÓN EN HORARIO NOCTURNO
Teniendo en cuenta:
Que la experiencia nacional e internacional demuestra que las reuniones nocturnas en espacios cerrados o abiertos con escaso distanciamiento aumentan el nivel de riesgo frente al COVID-19
Que esta situación puede ser agravada por el consumo de alcohol porque relaja el cumplimiento de las recomendaciones de prevención.
El Gobierno Nacional define, a través de este decreto, dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:
RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra)
INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150
En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna.
El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas.
El ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.