Redacción Canal Abierto | En un informe reciente de la Comisión de Expertos, la Organización Internacional de Trabajo cuestionó el modelo sindical de la ley 23.551 vigente en Argentina, y propone modificaciones a fin de compatibilizar la ley al Convenio 87 de Libertad Sindical. Las observaciones a la ley argentina y su necesaria adecuación son imprescindibles para poder sindicalizar a todas las personas “que viven del trabajo”. “Es necesario el reconocimiento de las y los trabajadores en su condición de clase, más allá de su situación contractual”, dijo el secretario General de la CTA Autónoma, Ricardo Peidro.
“La OIT respalda los principios de la CTA Autónoma de libertad y democracia sindical”, señaló el dirigente.
¿Cuáles son los alcances y aspectos que aborda el informe?
-La comisión de Expertos vuelve a insistir en las incompatibilidades del modelo sindical con la libertad sindical. No obstante, nuestros esfuerzos continúan con el mismo formato que venimos cuestionando desde el “grito de Burzaco” y que como venimos diciendo desde hace 30 años, es insuficiente para representar a la clase.
En materia de inscripciones gremiales y sindicatos simplemente inscriptos, nuestra Central tiene un amplio recorrido de lucha por el reconocimiento de nuestras organizaciones. En este sentido, el informe da cuenta de la dilación para otorgarse dicho reconocimiento. Indica que deben acelerarse los procesos de inscripción y de otorgamiento de personerías gremiales.
El informe rescata y pone en valor la importancia de generar ámbitos tripartitos -con representación de los trabajadores, los gobiernos y las patronales- y la importancia de convocatoria a todos los sectores, sin exclusiones, en los ámbitos de diálogo social, coincidiendo con lo que venimos proponiendo y solicitando, en especial por las medidas que deben adoptarse en materia económico-social, a efecto de paliar las graves consecuencias que vienen sufriendo los trabajadores, que se ven agravadas por efecto de la pandemia.
En cuanto a la Ley de Teletrabajo, el informe también va en línea con lo que nosotros veníamos planteando, en función de que no se trata de una nueva modalidad contractual, sino de una nueva modalidad de trabajo que no debería escapar a las reglas generales de tutela. En especial la CTA-A cuestionó ante la Comisión de Expertos la instalación del trabajo por objetivos o ´a destajo´. En Argentina se aprobó una Ley para esta modalidad que ya está en vigencia, y de la cual hemos cuestionado varios aspectos, como así también del reciente decreto reglamentario.
También se expide con cuestiones puntuales, como el caso de Federación de Trabajadores de la Energía de la República Argentina, a quienes no se les otorga la personería gremial. Se llegó a la Corte Suprema de Justicia y todavía no se logra el cumplimiento de la sentencia judicial que ordena al Gobierno nacional que se le otorgue dicha personería.
En el mismo sentido el informe se refiere a la violación de los convenios 151 y 154 de negociación colectiva del sector público. Desde hace muchos años nuestros compañeros de la Federación Judicial Argentina vienen denunciando la reticencia de la Corte Suprema de Justicia a acompañar un proyecto de ley para la específica negociación colectiva para los trabajadores judiciales. Por eso nuestro respaldo a la FJA para ofrecer espacio en los ámbitos de diálogo social, y allí insistir en esta necesidad de crear un marco legislativo y dar cumplimiento a la recomendación de la Comisión de Expertos.
¿Por qué es necesario un nuevo modelo sindical en Argentina y el mundo?
-El modelo vigente es cuestionable e insostenible; la clase trabajadora ha cambiado absolutamente en su composición. Justamente fue el poder económico el que ha provocado la atomización de la clase trabajadora, con el crecimiento del trabajo no registrado e informal, que no es alcanzado por la ley de asociaciones sindicales.
El trabajador sindicalizable hoy es minoría en la estructura ocupacional. El 50% de los que trabajadores que viven de su trabajo son “informales”, “cuentapropistas”, “no registrados”, sin subordinación jurídica.
La ley y el decreto reglamentario impiden las organizaciones de trabajadores en dicha condición. Nosotros tuvimos la oportunidad de exponerlo en todos los foros nacionales e internacionales. Fue tratado en los ámbitos donde tuvimos oportunidad de exponerlo.
La clase trabajadora ya no puede estar representada por sindicatos que solo afilian a los formales a través de una planilla, aportando con el recibo de sueldo. Este modelo nos deja en condiciones de debilidad ante un poder económico que a nivel local, regional y global profundiza las condiciones de desigualdad. Para poder contrarrestar esto, necesitamos representar a toda la clase con trabajadores organizados cualquiera sea su condición y en los términos que los trabajadores elijan.
¿Qué propone la OIT en este sentido?
-La comisión de expertos ratifica la necesidad de la modificación de la Ley 23.551, lo cual va en línea con todas las acciones nacionales e internacionales que venimos haciendo desde nuestra central y que han provocado fallos históricos de la Corte Suprema de Justicia en defensa de la libertad y democracia sindical.
¿Qué implica este informe para la CTA Autónoma?
-Para nuestra CTA Autónoma esto es una satisfacción, sobre todo porque pasado tanto tiempo vemos que nuestro modelo de organización tiene cada vez más vigencia. Incluso la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Confederación Sindical de las Américas (CSA) han tomando muchas de nuestras pautas organizativas para proponer a los sindicatos de todo el mundo. El informe de la OIT no hace otra cosa que ratificar nuestras posturas históricas que se dan en el marco de los 30 años del Grito de Burzaco y a 25 años de la fundación formal de la Central.
Además de una experiencia organizativa que tiene tres décadas ¿Qué tiene para aportar en ese sentido la Central?
-Hemos respaldado y debatido el proyecto que presentó el diputado (MC) Víctor De Gennaro, para una “Nueva Ley de Organizaciones de Trabajadores y Trabajadoras Sindicalizados” acorde con los tiempos, y que empodera a todos los trabajadores cualquiera sea su condición para organizarse en defensa de sus intereses y de acuerdo a la modalidad que crean conveniente. Esa ley es nuestro punto de partida que tenemos en cuenta para la formulación de una nueva ley que respete el derecho a la libertad y democracia sindical en Argentina. Vamos a seguir planteando esta necesidad en los ámbitos tripartitos de diálogo social y en cualquier otro ámbito donde se defienda el interés de la clase.
Fuente: Agencia CTA / ACTA