Canal Abierto Radio | El martes 23 se llevó a cabo el jury de enjuiciamiento a dos de los jueces responsables del escandaloso fallo por el que fueron absueltos a los acusados por el femicidio de Lucía Pérez (16), cometido en 2016 en Mar del Plata. En la audiencia presidida por la magistrada de la Suprema Corte provincial, Hilda Kogan, se hizo lugar a la acusación contra los jueces Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes fueron suspendidos provisoriamente por decisión unánime y se enfrentarán a un juicio político.
Ambos magistrados pertenecían al Tribunal Oral Criminal 1 y en noviembre de 2018 absolvieron a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, acusados del femicidio de Lucía. Esta resolución fue revocada el año pasado por la Cámara de Casación.
«Estamos más que satisfechos con lo que se ha resuelto y tenemos confianza en que vamos a lograr la destitución -sostuvo la abogada de la familia de Lucía Pérez, Cristina Monserrat, en comunicación con Canal Abierto Radio-. Esta decisión es un avance en cuanto a la reforma judicial, no desde el punto legislativo pero sí desde el punto interno del poder judicial».
En este sentido, destacó «el esfuerzo y la perseverancia de Marta, la mamá de Lucía, y de Guillermo, su papá, con un trabajo incansable de gastar suela recorriendo pasillos, golpeando puertas, entrevistándose con todas las personas que había que entrevistarse para lograr que finalmente el procurador acuse, que la Comisión Bicameral acuse, y espontáneamente también el defensor del pueblo de la provincia de Buenos Aires se sumó y acusó. Nosotras fuimos las últimas en subirnos como acusadoras particulares, la familia con mi patrocinio, así que tuvo una entidad más que fuerte institucionalmente porque eran tres acusaciones públicas y una acusación particular«.
La abogada, remarcó que «la Cámara de Casación Penal también confirmó que tenía un sustento y verosimilitud está acusación cuando revocó este fallo donde absolvieron a los acusados del femicidio de Lucía Pérez». «Lo anuló entendiendo que no hubo imparcialidad, sino que había habido parcialidad por los prejuicios de género, por los estereotipos de la buena víctima que habían exigido los jueces apartándose de la perspectiva de género. Perspectiva de género que un sector minoritario de la justicia cree que es una ideología», apuntó.
Y aclaró: «Los jueces no pueden entender que la perspectiva de género es una ideología porque la perspectiva de género es ley en nuestro país y es ley suprema. La Argentina está obligada hasta por la comunidad internacional a juzgar con perspectiva de género». En este sentido, aseguró que «los jueces juzgaron a Lucía, no juzgaron a los acusados». «Juzgaron su vida íntima, su vida previa y entendieron que no era una buena víctima por su vida sexual, por su consumo de sustancias tóxicas o por lo que fuere, y condenaron a Lucía absolviendo a los acusados, y esto ha sido revertido», agregó.
A su vez, Moserrat indicó que «este es un gran triunfo del movimiento feminista«, alegando que «fue la movilización popular, la gran marea verde» la que estuvo presente, y recordando que «este caso fue el que disparó el primer paro nacional de mujeres». «Yo creo que esto tiene mucho que ver porque entendemos que no alcanza con las normas que están escritas en la Constitución sino que hay que salir a lucharlas y reclamarla«, expresó.
Sin embargo, lamentó que «a cinco años del femicidio de Lucía Pérez, la Argentina no ha juzgado a los acusados». «Lucía no tiene un juicio imparcial, y en eso también seguimos luchando con otras colegas que llevan el caso penal y que están reclamando el pronto inicio de la fecha de juicio», informó. Este proceso quedó a cargo del Tribunal Oral N° 2 ya que, en palabras de la abogada de la familia Pérez, «la Corte Suprema no tiene plazos salvo para Horacio Rodríguez Larreta».
Para finalizar, Monserrat celebró el enjuiciamiento a los jueces ya que «no es una actividad que se desarrolla muy seguido nuestro país».
«Creo que debería haber un control más seguido sobre la actividad judicial. La decisión de hoy es un mensaje muy claro para un pequeño sector minoritario del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, y por espejo para todos los poderes de las jurisdicciones del país, de que juzgar con perspectiva de género no es una opción, no es discrecional, es un deber que imponen los tratados internacionales a los que se obligó la República Argentina. No es discrecional es obligatorio. La perspectiva de género es un derecho humano«, sentenció.