Redacción Canal Abierto | Las centrales sindicales, organismos de derechos humanos, ONG`s, agrupaciones ambientalistas, universitarias, centros de estudio y pueblos originarios, asociaciones de profesionales e investigadores, entre muchos otros espacios, enviaron un escrito a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los mecanismos de protección de Naciones Unidas para denunciar las multas millonarias de Patricia Bullrich por su participación en las protestas del 20, 22 y 27 de diciembre.
El 10 y 11 de enero, varias organizaciones recibieron cartas documento en las que el Estado les reclama el pago de entre 40 y 65 millones de pesos por haber participado en manifestaciones públicas frente a las medidas de ajuste, recortes y reformas del nuevo gobierno.
“El Ministerio de Seguridad de la Nación ya comenzó el proceso de intimación para el cobro de estos operativos de seguridad, todos ellos dirigidos a organizaciones sindicales, sociales y partidos políticos”, comienza explicando el escrito.
“En todos estos casos –prosigue el texto-, el Ministerio de Seguridad se arrogó incumbencias ajenas y consideró que la participación en marchas constituye una actividad ilegal con lo que sanciona lo pasado e intenta condicionar la acción futura. Semejante proceder constituye un acto de manifiesta injerencia estatal que atenta contra la libertad sindical. Esta acción también tiene un fuerte impacto en la libertad de acción de organizaciones sociales y en los partidos políticos”.
Entre las organizaciones firmantes están el CELS, la CGT, la CTA Autónoma, el Partido y el Polo Obrero, la CTA de los Trabajadores, la UTEP, ATE, SiPreBA, la Asociación de Abogados Laboralistas, el CEPOC, el CEPRODH, la Mutual Sentimiento, el colectivo YoNoFui, el Tercer Malón de la Paz, la comunidad mapuche Epu Lafken, MEDH, Libres del Sur y Movimiento Cromañón, entre otros.
Luego de describir detalladamente las medidas represivas instaladas por el actual gobierno, las organizaciones denuncian: “los protocolos dictados en torno a la protesta social proponen un cambio de paradigma en el cual un derecho fundamental se convierte en un delito que debe ser reprimido y criminalizado de diversas formas”
“En ese sentido la libre circulación en una manifestación se torna un delito en flagrancia, modificando las formas de intervención de las fuerzas de seguridad personal de seguridad, la utilización de distintas figuras del derecho penal y la detención de manifestantes, y la persecución de las organizaciones que la llevan adelante”, agregan.
“Como consecuencia necesaria de esto, el Estado pasará a tener un rol completamente distinto al previsto por las leyes locales, la Constitución Nacional, los instrumentos internacionales de derechos humanos y los estándares interamericanos fijados en materia de los deberes de seguridad que pesan sobre los Estados y, en particular, de protección a la protesta social”, denuncia el texto y aclara en una nota al pie:
“Vale recordar que en la sentencia del caso “Bulacio”, la Corte IDH estableció que existe “… la facultad, e incluso, la obligación del Estado de “garantizar su seguridad y mantener el orden público”. Pero que, “Sin embargo, el poder estatal en esta materia no es ilimitado; su actuación está condicionada por el respeto a los derechos fundamentales de los individuos que se encuentren bajo su jurisdicción y a la observación de los procedimientos conforme a Derecho.” (Párrafo 124)”
El 18 de diciembre pasado las organizaciones argentinas ya habían solicitado la intervención de la CIDH para que cese la aplicación de medidas que buscan impedir y reprimir las manifestaciones públicas. El 29 de diciembre, el organismo internacional manifestó su preocupación y recordó que “la protesta social es un elemento esencial en las sociedades democráticas y que el Estado debe respetar, proteger y garantizar el derecho a la libertad de expresión y reunión pacífica, de conformidad con los estándares interamericanos de derechos humanos”.
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La nota enviada en los últimos días advierte que la decisión de trasladar los gastos de los operativos de seguridad a los manifestantes implica que el Estado “se desentiende por completo de sus obligaciones (incluso internacionales)” de proveer de seguridad, las que dependen del presupuesto asignado en los debates parlamentarios y los impuestos recaudados de los contribuyentes “quienes, a su vez, son destinatarios del servicio público de seguridad”.
El texto describe minuciosamente los reclamos que recibieron la CTA Autónoma, el Polo Obrero, Camioneros y Sipreba.
“Se pone en evidencia las intenciones del Estado argentino de perseguir, castigar, disciplinar y desincentivar el ejercicio del derecho a la protesta mediante el cobro de gastos millonarios para cubrir operativos de seguridad de las protestas sociales que constituyen, como ya dijimos, un deber estatal, de acuerdo con los estándares interamericanos fijados en la materia”.
“Advertimos a la CIDH que estaríamos ante un mecanismo de acallamiento de la participación pública que la Corte IDH ya ha caracterizado en sentencias recientes, en tanto el Estado a través de métodos ilegales transforma lo que es en realidad un castigo económico por expresarse como “reposición de costos e indemnizaciones”. El SIDH ha señalado de manera temprana en su jurisprudencia que este tipo de procesos o mecanismos importan una desviación de poder cuando se usa el poder administrador para el silenciamiento de voces opositoras”
“Sofocar económicamente a personas y a organizaciones sociales y sindicales que reclaman a las autoridades estatales por el respeto a sus derechos más fundamentales mediante procesos judiciales no hace más que profundizar la pobreza que los lleva a manifestarse públicamente en primer término”, completan, antes de citar dos precedentes:
“Para el caso de las organizaciones sindicales, la Corte IDH, en la Opinión Consultiva nro 27 señaló que “los derechos a la libertad de expresión, de reunión y de asociación, en su relación con la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga, constituyen derechos fundamentales para que los trabajadores y las trabajadoras, y sus representantes, se organicen y expresen las reivindicaciones específicas acerca de sus condiciones laborales, para poder así representar efectivamente sus intereses ante el empleador o la empleadora, e incluso participar en cuestiones de interés público con una voz colectiva. De esta forma, los Estados tienen el deber de respetar y garantizar estos derechos, los cuales permiten nivelar la relación desigual que existe entre trabajadores y las trabajadoras, y los empleadores y empleadoras, y el acceso a salarios justos, y condiciones de trabajo seguras. En este sentido, la Corte recordó que los derechos humanos son interdependientes e indivisibles, de forma que la efectividad del ejercicio de los derechos depende de la efectividad del ejercicio de otros derechos. Los derechos civiles y políticos, y los derechos económicos sociales, culturales y ambientales deben ser entendidos integralmente como derechos humanos, sin jerarquía entre sí, y exigibles en todos los casos ante aquellas autoridades que resulten competentes”.
“En el caso Arregui de la CSJN, que revocó una decisión judicial que había condenado a la CHA (Comunidad Homosexual Argentina) al pago de los daños y perjuicios por las lesiones que sufrió una persona, el juez Maqueda señaló lo siguiente: “8°) Que, por lo demás y en relación a la aplicación por el a quo del precedente citado (se refiere al precedente Mosca), no debe dejar de ponderarse que la responsabilidad atribuida a asociaciones como la aquí demandada, por su sola condición de organizadora de una actividad a realizarse en un espacio público, podría comprometer el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho de reunión consagrados en el artículo 14 de la Constitución Nacional”.
Finalmente el punto IV de la nota expresa el petitorio ente la CIDH ONU:
- Manifieste al Estado argentino su preocupación por la aprobación de las resoluciones ministeriales 943 y 949 de 2023, que prohíben, criminalizan la protesta social y el derecho a la libertad de expresión, y establecen el cobro de sumas de dinero a organizaciones sociales y sindicales por los operativos de seguridad y por el ejercicio de derechos humanos; así como su aplicación mediante el inicio de procedimientos de intimación de sumas de dinero millonarias que superan los sesenta mil dólares;
- En ejercicio del mandato que le otorga el artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, solicite información al Estado sobre la aprobación del protocolo (resolución 943/2023) y del sistema de cobro de sumas de dinero a organizaciones sociales y sindicales (resolución 949/2023), así como de las acciones que tomará para cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de protesta social y libertad de expresión;
- Adopte las medidas necesarias para trabajar colaborativamente con el Estado para hacer cesar la aplicación de las resoluciones ministeriales en cuestión, en todos sus aspectos, y evitar la aprobación de otras normativas que buscan coartar o limitar la protesta social y la libertad de expresión contra toda directiva, estándar y obligación de control contravencional establecido en el derecho internacional de los derechos humanos;
- Formalice una manifestación pública de preocupación por los hechos puestos en su conocimiento, que afectan gravemente el derecho a la protesta,a la libertad de expresión y a la reunión en la Argentina.
“Consideramos que los patrones aquí presentados revelan un claro retroceso en el cumplimiento de los estándares sobre protesta social y derechos humanos en la Argentina. Las situaciones expuestas son consistentes en su gravedad, su impacto en y su capacidad de daños futuros con la necesidad de accionar el acompañamiento de la sección de monitoreo de la CIDH, en el marco de su sistema de alerta temprano”, concluyen.
⚠️ El Gobierno Nacional intima a la CTA Autónoma y otras organizaciones al pago de multas millonarias por participar de las movilizaciones realizadas el día 22 y 27 de diciembre, respectivamente.
Más 👇🏽https://t.co/YMvNVjowii
— CTA Autónoma (@CTAAutonoma) January 12, 2024
Todas las firmas
Centrales Sindicales:
CGT
CTA DE LOS TRABAJADORES
CTA AUTÓNOMA
UNIÓN DE TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA POPULAR – UTEP
Sindicatos, asociaciones y partidos políticos intimados:
ATE
ATE CAPITAL
SIPREBA
FENAT, Federación Nacional Territorial, Omar Giuliani, Secretario General.
Federación Nacional de Docentes, Investigadores y Creadores Universitarios (FEDERACIÓN
DOCENTE UNIVERSITARIA HISTÓRICA)
Polo Obrero
Partido Obrero
Asociación Libres del Sur
Sindicatos y organizaciones:
AAL, Asociación de Abogados Laboralistas
ALAL, Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas
APEL
CELS
CORRIENTE DE ABOGADOS LABORALISTAS 7 DE JULIO
CORREPI
CONADU
AMI, ASOCIACIÓN MUNDO IGUALITARIO
AMSAFE
ÁREA DE FEMINISMOS GÉNERO Y SEXUALIDADES. CIFFYH.UNC ÁREA DE POLÍTICAS DE GÉNERO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ARGENTINOS EN VALENCIA – ASOCIACION MARTIN FIERRO
ASAMBLEA DE LAS HERAS POR EL AGUA PURA DE MENDOZA REPÚBLICA ARGENTINA
ASAMBLEA DE VECINOS AUTOCONVOCADOS POR EL NO A LA MINA DE ESQUEL
ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS – SECRETARIA DE PERSONAS ADULTAS MAYORES
ASOCIACIÓN ARGENTINA DE PROFESORES Y PROFESORAS DE DERECHOS HUMANOS
ASOCIACIÓN CIVIL CAPIBARA, NATURALEZA, DERECHO Y SOCIEDAD.
ASOCIACIÓN CIVIL PROGRAMA COMUNITARIO DE PROMOCIÓN DE SALUD
ASOCIACIÓN MUTUAL SENTIMIENTO
ATECH, ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE CHUBUT –
REGIONAL ESTE
BIBLIOTECA POPULAR C.C VIGIL
BRANDON POR LA IGUALDAD/EQUIDAD DE DERECHOS Y OPORTUNIDADES, ASOCIACIÓN CIVIL Y CULTURAL
BUENOS AIRES SOSTENIBLE
CAMPAÑA PLURINACIONAL AGUA PARA LA VIDA
CANOA HÁBITAT POPULAR
CÁTEDRA ANTROPOLOGÍA, CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN, FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES (UBA)
CÁTEDRA DE SOBERANÍA ALIMENTARIA DE LA ESCUELA DE NUTRICIÓN DE LA FACULTAD DE MEDICINA (UBA)
CENTRO COMUNITARIO «CASITA FELIZ» RED ANDANDO
CENTRO CULTURAL DESMADEJANDO LA COLONIALIDAD
CENTRO DE ESTUDIOS EN POLÍTICA CRIMINAL Y DERECHOS HUMANOS (CEPOC)
CENTRO DE ESTUDIOS ETNOGRÁFICOS EN CO-LABOR FACULTAD DE HUMANIDADES (UNNE)
CENTRO DE PROFESIONALES POR LOS DERECHOS HUMANOS (CEPRODH)
CENTRO EDUCATIVO ESPECIALIZADO EN DERECHOS HUMANOS «ANA MARÍA SOSA’
CNEA UYO
COLECTIVA DE MUSIQUES
COLECTIVO GATILLO FÁCIL, COORDINADORA CONTRA LA IMPUNIDAD POLICIAL (RESISTENCIA)
COLECTIVO YONOFUI
COMÚN UNIÓN
COMUNIDAD MAPUCHE EPU LAFKEN
CONCIENCIA ECOLÓGICA
ECO URBANO, FUNDACIÓN, PARANÁ, ENTRE RÍOS
FORO DE ORGANIZACIONES DE TIERRA, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA DE PBA
FRENTE DE TODOS MADRID
FUNDACIÓN CAMINOS DE ESPERANZA
FUNDACIÓN PLUMA
FUNDEPS
GENOCIDIO NUNCA MÁS: ARGENTINOS RESIDENTES EN MÉXICO
HORA DE OBRAR
INCIDENCIA FEMINISTA
INSTITUTO DE FORMACIÓN DOCENTE RENEE TRETTEL
INSTITUTO DE POLÍTICAS PÚBLICAS DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
INSTITUTO EN FOCO DE POLÍTICAS SOBRE DELITO, SEGURIDAD Y VIOLENCIAS
INSTITUTO VATHIA
LA REVOLUCIÓN DE LAS VIEJAS – CÓRDOBA
MARCO (MOVIMIENTO DE ARTE COMUNITARIO)
MILITANCIAS POPULARES
MOVIMIENTO CROMAÑÓN
MOVIMIENTO ECUMÉNICO POR LOS DERECHOS HUMANOS – REGIONAL VIEDMA PATAGONES
OBSERVATORIO DE DERECHOS HUMANOS RIO NEGRO
OBSERVATORIO DE PROTESTA SOCIAL
RADIO CON AGUANTE
RED ARGENTINA POR EL DERECHO A LA IDENTIDAD CANADÁ/USA
RED CORRIENTES DE DERECHOS HUMANOS
PERMACULTURA ATTA
PJ RAMALLO
PROGRAMA DE ANTROPOLOGÍA POLÍTICA Y JURÍDICA (UBA) – CONICET
SUTEF, SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORAS/ES DE LA EDUCACIÓN FUEGUINA
UNIDAD DE VINCULACIÓN ECOLOGISTA, FUNDACIÓN LA HENDIJA.
UNIDOS POR NUESTRAS ACEQUIAS
VELADAS LITERARIAS
VOCES MAESTRAS
TEJIDO DE PROFESIONALES INDÍGENAS
TERCER MALÓN DE LA PAZ, PERMANENCIA DE ABRA PAMPA
TRIBUNA DE SALUD FARMACIA
Foto principal: Marcha del 27/12/2023 contra el DNU frente al Palacio de Tribunales en CABA.