Hojarasca porteña: La Legislatura deroga leyes que protegían el espacio público y la economía social

Con 30 votos afirmativos y 23 negativos, la Legislatura aprobó la Ley Hojarasca que deroga un conjunto de normas y ordenanzas por considerarlas vetustas. En el montón, desfinancia a la economía popular y permite el avance de la privatización de los espacios públicos.
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Por Nahuel Croza | Este jueves, mientras caía sin prisa ni pausa la lluvia en la Ciudad de Buenos Aires, la Legislatura porteña sesionó. No es algo habitual: ésta es la cuarta sesión del año, considerando la apertura de sesiones del 2 de marzo, obligatoria. Seguramente habría algún negocio o negociado que respaldar. 

Entre otras leyes, a propuesta de la legisladora María Pilar Ramírez, presidenta del Bloque de La Libertad Avanza y del riñón del “jefe” Karina Milei -a su vez esposa del presidente del Banco, Nación Darío Wasserman-, se aprobó la versión local de la Ley Hojarasca. Según sus promotores -Federico Sturzenegger es el padre del engendro a nivel nacional-, el objetivo es eliminar regulaciones obsoletas y simplificar el marco normativo en la Ciudad para facilitar la gestión administrativa y reducir cargas para ciudadanos y empresas. 

La propuesta deroga leyes, registros y requisitos que, según sus impulsores, han perdido vigencia o utilidad, transfiriendo los recursos aplicados a estas normas y adecuando la normativa vigente para actualizar el sistema legal porteño.

Pilar Ramírez (LLA) impulsora del proyecto, demuestra que el oficialismo nacional y el porteño conviven en tierno contubernio.

Las leyes y ordenanzas incluidas en el proyecto de ley sometido a votación son las siguientes: “Deróganse las Leyes Nros. 16, 50, 109, 288, 477, 1.264, 2198, 2.604, 3.870, 4.619, 5.059, 5.135, 5.190, 5.919, 6.008, 6.255, 6.328, 6.352, 6.376, 6.492, la Sección II de la Ley N° 600, el Capítulo II de la Ley N° 3.166, el artículo 4° de la Ley N° 5.901 y la Ordenanza N° 15.201”. 

Así listados, los números no dicen nada, pero con 30 votos afirmativos y 23 negativos, la Legislatura derogó entre otras:

  • La Ley 6376 de Promoción de la Economía Social, de diciembre de 2020, diseñada para estimular el desarrollo socioeconómico mediante políticas de apoyo, crédito e incentivos fiscales para las unidades productivas autogestionadas. Creaba el Régimen de Fomento de la Economía Social y el Fondo Fiduciario (FONDES) junto al Banco Ciudad.
  • la Ordenanza 46.229 (de 1993) prohibía otorgar concesiones, permisos de uso o cambios de destino en plazas, parques y espacios verdes públicos. Su Artículo 1 establecía que no se podía entregar tenencia precaria ni concesionar ningún espacio destinado a parque, plaza o espacio verde público del dominio municipal. Sólo permitía mantener las concesiones vigentes hasta su vencimiento y exceptuaba a las ferias artesanales preexistentes y a las calesitas.
  • la Ley 50 que regula el uso, fabricación y comercialización de mochilas escolares para proteger la salud postural de los niños y prevenir dolores y lesiones de columna durante la etapa de desarrollo.
  • la Ley 109 establece la prohibición de realizar publicidades y promociones comerciales en las principales plazas y espacios públicos históricos (Plaza de Mayo, Plaza del Congreso, Plaza de la República, Plaza San Martín) para proteger el valor histórico, simbólico y paisajístico.
  • la Resolución 288 que definía el cuadro de categorización y el procedimiento para la tramitación y obtención del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) para proyectos públicos o privados.
  • la Ley 477, establecía la obligatoriedad del uso del idioma castellano en todos los medios de comunicación masivos y regula la utilización pública de términos en idiomas extranjeros. 
  • la Ley 1.264, regulaba la actividad de los guías turísticos y exigía contar con título habilitante y estar inscripto en el Registro Oficial del ente de turismo local. 
  • la Ley 2.198, regulaba la formación y el ejercicio profesional de la actividad de guardavidas
  • la Ley 2.281, declaraba la Emergencia en Infraestructura de la Zona Sur de la Ciudad. Argumentaron que era una ley vieja. Del estado de la infraestructura en al actualidad, ni mu.
  • la Ley 2.604 regulaba el Registro del Instalador o Matriculado Publicitario y establecía la inscripción obligatoria para todos los sujetos que desarrollan actividades publicitarias en el espacio público porteño.
  • la Ley 4.619 obligaba a los organizadores de espectáculos masivos (con asistencia de más de 2.000 personas) a disponer de espacios gratuitos para el estacionamiento de bicicletas, brindando seguridad y control de ingreso y egreso.
  • la Ley 6.255 regulaba la actividad de Alquiler Temporario Turístico (ATT). Esta normativa define este tipo de alojamiento y establece las reglas para su registración obligatoria. ¡Airbnb celebra!
  • la Ley 6328 obligaba a los medios de comunicación y radiodifusión estatales de la Ciudad a emitir un mínimo de 70% de música de origen nacional, del cual un 60% debía ser de producción independiente.
  • la Ley 6.352 creó el programa “Buenos Aires: Ciudad Bici” y el Fondo para el Desarrollo de la Micromovilidad y promovía el uso de la bicicleta ampliando la red de ciclovías y bicisendas, los carriles preferenciales, la combinación con otros medios de transporte público y herramientas económicas para incentivar la micromovilidad.
  • La Sección II de la Ley 600 (Ley de Turismo) establecía la creación del Registro de Prestadores Turísticos obligatorio para prestadores regulados y voluntario para otros. Otro aventón para convertir la ciudad en un shopping turístico a espaldas de quienes la habitan.
  • El Artículo 4 de la Ley 5.901 (Ley de aperturas y/o roturas en la vía pública de la Ciudad de Buenos Aires) establecía la creación del Registro de Personas Autorizadas para Aperturas en la Vía Pública, para personas y empresas que necesiten realizar trabajos de apertura o rotura en aceras, calles y espacios de dominio público.

Advertencias

“Derogar la Ley 6376 (Promoción de la Economía Social) no es una decisión técnica, es una definición política. La economía social no es hojarasca. Es trabajo, producción, inclusión y organización comunitaria”, sostiene la exlegisladora Laura González Velasco (SOMOS en Fuerza Patria), hoy titular del Instituto de la Economía Social de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad. También argumenta que “la Constitución de la Ciudad establece que deben promoverse las cooperativas, mutuales y otras formas de economía social”.

La ingeniera civil María Eva Koutsovitis denuncia las graves consecuencias de la derogación de la Ordenanza 46.229. Según ella, integrante del Observatorio por el Derecho a la Ciudad y de Unidad Popular CABA, de promulgarse esta ley “el Ejecutivo tendrá la potestad absoluta para otorgar concesiones comerciales sobre los pocos pulmones verdes absorbentes que le quedan a la Ciudad”.

Señala a la vez que el oficialismo comete un fraude constitucional porque “busca aprobar esta ley esquivando el procedimiento de doble lectura, las mayorías especiales y las audiencias públicas obligatorias exigidas por la Constitución”, por tratarse de un tema ambiental que atañe a toda la población de la ciudad.

Por último destaca las consecuencias ambientales de esta medida frente al cambio climático: “Destruir el suelo verde nos deja sin defensas naturales para mitigar inundaciones y contener las olas de calor en Buenos Aires”.