Redacción Canal Abierto | La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, ratificó el procesamiento de los dos militantes del Partido Obrero que fueron detenidos por protestar contra la reforma previsional el 18 de diciembre pasado, y requirió la prisión preventiva de César Arakaki y Dimas Ponce, quienes ya estuvieron detenidos y recuperaron su libertad el 23 de enero.

La Cámara definió desestimar el requerimiento del fiscal Moldes, quien solicitó agravar el procesamiento con prisión preventiva de Arakaki y Ponce por el delito de rebelión.

La abogada de los militantes, Liliana Alaniz, le explica a Canal Abierto que “lo que hay que destacar es que la petición que hicieron los fiscales Rivolo y el alegato ideológico de Moldes para que los compañeros vuelvan a prisión y que se agrave la imputación en orden a los delitos antiguamente conocidos como ´rebelión´ o ´sedición´ que ahora son ´atentados contra la democracia’, que contemplan penas muy altas, de hasta 15 años, que abarcaban un gran número de personas a las que se puede perseguir y que además podían sentar un precedente muy riesgoso, fue rechazado de cuajo por la Cámara de apelaciones”.

A Arakaki y Ponce los acusaron de tres delitos: intimidación pública, atentado contra la autoridad y lesiones al policía Escobar. El nuevo fallo dictamina que intimidación pública no corresponde, lo que demuestra lo grave de la aplicación de la preventiva. Sobre el otro punto -atentado más las lesiones en agresión- se estableció que se trata de un concurso ideal, y no de un concurso real, cuya diferencia radica en que la pena máxima ahora solamente podría llegar a 4 años, o sea que son delitos excarcelables.

El fallo de la Cámara, si bien es persecutorio del derecho de la protesta, expresa un sinsentido que la letrada del PO deja en evidencia: “a Dimas y César no les correspondería la máxima, porque no son reincidentes, porque estuvieron siempre a derecho, etc., con lo cual si ellos vuelven a prisión lo que puede pasar es que terminen pasando más tiempo en prisión que el que podría dictar una condena, en caso de que lleguen a sentenciarlos”.

Ahora la Cámara de Casación deberá definir si hace lugar al planteo. La defensa de los acusados presentara el lunes el recurso en Casación Penal, explicando que se trata de un planteo “arbitrario, absurdo y sin fundamentos. No se funda porque ambos se pusieron a derecho, se presentaron sabiendo que iban a quedar detenidos. Dimas incluso se presentó espontáneamente y prestó declaración indagatoria aportando detalles a la investigación”, asegura Alaniz, y completa explicando que “en el mes que llevan en libertad han cumplido las peticiones del juez (Sergio) Torres, presentándose todos los lunes a firmar en el juzgado, entre otras cosas, con lo cual no demuestran pretensiones de obstaculizar la investigación. Y la Cámara ya no echa mano al argumento de que se puedan profugar, ni lo menciona”.

“Esta resolución se da a días de una marcha multitudinaria como va a ser la del Paro de Mujeres del 8 de marzo, y en el mes de la marcha más enorme del país que es la del 24 de Marzo. Es como decirles que al que se moviliza le puede pasar lo mismo que a Cesar y Dimas”, destaca.

14 de diciembre

La misma Cámara, los mismos jueces, definieron además confirmar el procesamiento de 23 de los 34 imputados por las movilizaciones contra el ajuste jubilatorio, el día de la fallida sesión. A los once restantes se les revocó el procesamiento por falta de pruebas.

Los jueces ratificaron los enjuiciamientos por atentados contra la autoridad -entre otros-, descartando en todos los casos el delito de “intimidación pública”

La Justicia además ratificó la situación de los tres procesados que estaban con prisión preventiva.

Dos de los imputados que ahora cuentan con falta de mérito, Sebastián Giancarelli y José Valotta, estaban detenidos por la prisión preventiva impuesta por el juez junto a sus procesamientos. Por ello, la Sala ordenó sus inmediatas libertades.

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