Por Pablo Bassi | “También reparamos lo que tiene que ver con la dignidad del trabajador público y del trabajador estatal, porque muchas veces ha sido víctima de la burla, ridiculización y de la humillación, y muchas veces se eligió al trabajador público como el chivo expiatorio, el culpable, el victimario que produjo la crisis estructural que sufrió el Estado argentino”, pronunció aquel 11 de noviembre de 1992, en la Cámara de Diputados, Carlos «Chacho» Álvarez, en representación del interbloque de ocho diputados que habían roto con el PJ, entre ellos Germán Abdala.
Minutos después, 131 legisladores aprobaron por mayoría la Ley 24.185 de Convenciones Colectivas de Trabajo para la Administración Pública Nacional, que un año antes había sido votada en el Senado. Fue tarea de Abdala la elaboración y unificación de los distintos proyectos presentados por varios bloques, incluso por el Poder Ejecutivo.
La ley fue promulgada de hecho el 16 de diciembre y reglamentada el 17 de marzo siguiente. Su existencia es de suma importancia, porque desde entonces los trabajadores del Estado están habilitados a discutir su estabilidad en el empleo, remuneraciones, escalafones, condiciones de ingreso, concursos y promociones, calificaciones, régimen horario, licencias, régimen disciplinario, capacitación, extinción de la relación de empleo e indemnizaciones.
La sanción legalizó el Convenio 154 de la Organización Internacional del Trabajo celebrado en 1981 sobre el fomento de la negociación colectiva, que ya había sido ratificado en la Argentina mediante la ley 23.544.
Entre otras particularidades, la ley de convenciones colectivas obliga a las partes a negociar de buena fe, concurriendo a las audiencias en debida forma, designando negociadores idóneos y con representatividad suficiente, intercambiando la información necesaria, o realizando los esfuerzos conducentes a lograr acuerdos.
Versión taquigráfica
Carlos Chacho Álvarez (Grupo de los 8): “Por eso quiero afirmar la defensa y el voto positivo para este proyecto, porque todos sabemos que hoy reaparece en este recinto un hombre que trabajó sacrificadamente para que este proyecto fuera un logro para los trabajadores estatales. Estoy hablando de nuestro amigo y compañero Germán Abdala, y creo que la aprobación de este proyecto también tiene que ser un homenaje al compañero”
Guillermo Estévez Boero (Partido Socialista): “El derecho a las convenciones colectivas hace a la esencia del derecho laboral contemporáneo y, en consecuencia, se repara un retraimiento existente en la esfera del empleado público. Este proyecto produce una correcta reparación y por eso nosotros adherimos a él en general. Asimismo, nos sumamos al justiciero homenaje efectuado por el señor diputado Carlos Álvarez al militante y diputado Abdala, cuya gestión ha sido fundamental para la aprobación de este proyecto y de otras conquistas para sus compañeros”.
Héctor Gatti (Democracia Cristiana): “Esta norma realmente nos reconforta y por eso votaremos por la afirmativa. Además, adherimos al justo homenaje que se rinde al señor diputado Abdala por su lucha por los trabajadores estatales”.
Carlos Sueiro (PJ): “Quiero señalar que el presente proyecto de ley ha tenido dictamen favorable de los bloques mayoritarios en la Comisión de Legislación del Trabajo y que encuentra su origen -es necesario mencionarlo- en una tarea desarrollada por los señores diputados Cappelleri, Raimundi y Germán Abdala, quien a pesar de su dolencia se encuentra presente en el recinto para aprobar esta iniciativa”.
Alcides López (UCR): “Es importante destacar que en la elaboración de este proyecto se han tenido en cuenta –como bien lo señala el mensaje del Poder Ejecutivo- valiosos antecedentes presentados oportunamente en el Senado de la Nación por representantes de nuestro mismo signo político como el señor Brasesco y en concordancia con el proyecto del señor Britos y la importante labor desarrollada por los señores diputados Raimundi y Abdala, tarea que merece ser elogiada”.