Por Néstor Espósito | El sistema penitenciario federal necesita “finalizar, a la mayor brevedad posible, el nuevo Complejo Penitenciario Federal Ricardo Gutiérrez, en Marcos Paz, y el Complejo Penitenciario Federal Agote, en Mercedes (Provincia de Buenos Aires); promover el diseño y construcción de un sistema federal de alcaidías para el alojamiento transitorio de detenidos y en reemplazo de lugares vetustos como la Unidad nº 28, Unidad nº 29 (Tribunales y Comodoro Py), Alcaidía Pettinato y de muchos lugares de detención de fuerzas no penitenciarias que se encuentran ubicados en zonas de frontera, que deben cumplir forzadamente funciones de alcaidías sin estar en condiciones para ello”.
Además, el Poder Judicial debe “requerir del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el diseño y construcción de un sistema local de alcaidías para el alojamiento transitorio de detenidos, sin perjuicio de instarlo al mejoramiento edilicio y estructural de las alcaidías y comisarías actuales, más allá de su incuestionable destino de tránsito”.
El Gobierno porteño debe garantizar “a las personas privadas de libertad alojadas en comisarías y alcaidías adecuada alimentación, y que asegure eficazmente su derecho a la salud”.
Todo el sistema de alojamiento de detenidos en lugares de tránsito está en crisis. En buena medida, porque esa transitoriedad termina por convertirse en permanencia.
Todas las medidas están contenidas en un documento que acaba de difundir el Sistema Interinstitucional de Control Judicial de Cárceles. Se trata de un organismo integrado por jueces, fiscales, representantes de la Defensoría General de la Nación, de la Procuraduría contra la Violencia Institucional (PROCUVIN) y organismos defensores de los derechos humanos. Se ocupa, esencialmente, de hacer cumplir el artículo 18 de la Constitución Nacional: “Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice”.
¿Qué más recomienda el documento? Que jueces, fiscales y defensores (federales, nacionales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) “presten especial atención -en este contexto particular- al uso abusivo de la prisión preventiva, al alarmante incremento de las personas encarceladas con penas de hasta tres años y a eventuales retrasos en el régimen de progresividad de la ejecución penal para los condenados”.
En el imaginario popular, las penas de hasta tres años de cárcel son de cumplimiento condicional. Es decir que el condenado no va efectivamente a la cárcel.
Sin embargo, un informe elaborado por el Departamento de Investigaciones de la Procuración Penitenciaria sobre la evolución de personas encarceladas en el Servicio Penitenciario Federal condenadas con penas de hasta 36 meses muestra que “la cantidad de personas detenidas por penas de corta duración se ha incrementado notablemente desde 2017”. El último dato estadístico es de diciembre de 2022: “los condenados a penas menores a tres años cumpliendo pena en cárceles federales ascendían a 1.020 personas”.
El trabajo propone “impulsar una revisión de las últimas modificaciones de la Ley 24.660, aprobadas por el Congreso de la Nación, a fin de que se deje de impedir el acceso a salidas transitorias, semi libertad, libertad condicional y libertad asistida incluso a personas condenadas por delitos no violentos”. Son, justamente, los condenados a penas de hasta tres años. Esas penas corresponden a delitos de lesividad menor.
“Consideramos necesario promover el debate y la aprobación de una Ley de Cupo a nivel nacional que establezca límites al encarcelamiento en función de las plazas disponibles y que disponga medidas para descomprimir el sistema carcelario cuando la capacidad se encuentre al límite”.
El documento indica que “la población en los establecimientos transitorios ha ido aumentando exponencialmente -y estadísticamente seguirá en ascenso-, logrando sostenerse en el tiempo”.
En la Capital Federal el cuadro es alarmante. “La cantidad total de personas detenidas alojadas por día en dependencias de la Policía de la Ciudad actualmente asciende a 1.250 personas, todas ellas distribuidas en 21 alcaidías comunales, en el centro de contraventores y en más de 27 de comisarías vecinales de la Policía de la Ciudad”.
El Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles inspeccionó el 13 de marzo pasado tres de esas dependencias policiales. “Se pudieron observar inadecuadas condiciones de detención y hacinamiento. Falta de agua, ventilación, recreación, sistema médico y vulneración de los derechos del colectivo de personas allí alojadas”.
Finalmente, el documento advierte sobre la problemática de las mujeres detenidas. “Toda mujer presa presenta una doble condición de vulnerabilidad, por estar privada de su libertad y por el hecho de ser mujer, o autopercibirse como tal”.
La recomendación, en esos casos, es que los actores del sistema judicial “impidan o se opongan, según el caso, al alojamiento de mujeres cis y personas trans en las alcaidías y comisarías siempre que exista cupo para alojarlas en los establecimientos carcelarios”. Para ese fin, “habrán de certificar dicha circunstancia al tomar conocimiento de que una mujer cis o trans ha sido privada de su libertad”.
Te puede interesar: La Corte Suprema avaló una fake news de Lanata y Wiñazki
Foto: El grito del sur
Néstor Espósito: @nestoresposito