Redacción Canal Abierto | A un ritmo superior que los casos de coronavirus se multiplican los malos tratos y abusos de las fuerzas de seguridad que deben controlar el cumplimiento de la cuarentena. Ya sea mediante denuncias formales o videos registrados por vecinos, se conoció en las últimas semanas un preocupante número de situaciones que pusieron en alerta a las organizaciones sociales y organismos de derechos humanos que no demoraron en diseñar y circular instructivos sobre derechos ciudadanos, obligaciones civiles para el adecuado cumplimiento de las medidas sanitarias, y límites al accionar de las policías, gendarmería y prefectura.
En el caso de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, el texto publicado hoy mismo advierte que las fuerzas de seguridad no podrán “realizar tareas de dispersión masiva a bordo de motocicletas o vehículos, de grupos de personas que se encuentren en la vía pública”, y que tampoco tienen permitido detener “de manera compulsiva sin antes recabar los motivos por los que la persona se encuentra fuera de su domicilio”.
“En caso que otra persona se encuentre tomando registro fílmico de la intervención policial, no podrá impedirse dicha actividad”, concluye el documento, poniendo el foco en una de las acciones habituales de los efectivos policiales.
#ViolenciaPolicial | La Policía de la Ciudad golpeó a una persona en situación de calle. La agresión fue filmada por una vecina desde su balcón. El hecho ocurrió la tarde del 4 de abril en Esmeralda al 800 en pleno microcentro porteño. #Coronavirus pic.twitter.com/wwDG1cwEPy
— ANRed #25Años (@Red__Accion) April 8, 2020
El instructivo de la APDH completo
LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS:
1.- Las personas deben permanecer en sus residencias habituales y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo.
2.- Las personas no deben desplazarse por rutas, vías y espacios públicos.
3.- Las personas solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos.
LA EXCEPCIÓN:
1.- Están exceptuadas del cumplimiento del aislamiento y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.
2.- Las personas que se encuentran exceptuadas deberán contar con una certificación que acredite su condición frente a la autoridad competente en el caso de ser requerido. (a fin de lograr el certificado ingresar a: https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados
3.- Son considerados como supuestos de fuerza mayor, todas aquellas situaciones por las cuales las mujeres y/o personas LGBTI+ solas o junto a sus hijxs salgan de sus domicilios para realizar denuncias penales respecto de hechos de violencia o para pedir auxilio, asistencia o protecciónón en razón de la situación de violencia que se encuentren transitando. Por ello, aquellas personas que salgan de su domicilio por tal motivo, no podrán ser detenidas ni se les podrá prohibir circular.
EL ROL DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD:
1.- Procurar el máximo acatamiento del cumplimiento del aislamiento social.
2.- Contener situaciones de conflicto y violencia.
En cumplimiento de su rol, las fuerzas de seguridad deben:
1.- Contar con gafete de identificación personal.
2.- Consultar sobre los motivos por los que la persona está circulando, teniendo presente que existen numerosas excepciones a la prohibición de circular.
3.- Si la persona que se encuentra en la vía pública dice estar alcanzada por algunas de las excepciones, debe solicitar que lo acredite.
4.- Interpretar de manera razonablemente amplia la certificación que la persona interceptada le presente.
5.- Si la persona se encuentra transitando el espacio público y acredita vivir por la zona, el personal policial puede acompañarla hasta su domicilio y asegurarse que ingrese al mismo.
6.- En caso de que se compruebe que la persona está violando la cuarentena, transitando una zona alejada de su domicilio y sin estar contemplado en las excepciones legalmente previstas, debe comunicar a la justicia penal para que se evalúe la pertinencia o no de iniciar acciones legales. Al mismo tiempo, deberá informarse a la persona acusada el juzgado, fiscalía y defensoría interviniente.
7.- Si la persona es trasladada a la comisaría, deben hacerle conocer sus derechos de forma que sea comprensible. El personal policial y de las fuerzas de seguridad deberá informar sobre:
– La razón concreta de la privación de libertad.
– El derecho a realizar una llamada telefónica a fin de informar del hecho de la detención y el lugar donde se encuentra detenido/a.
– El derecho a designar abogado o abogada de confianza o un representante de la defensa pública y a solicitar su presencia inmediata para asistencia en las diligencias policiales o judiciales que correspondieren.
– El derecho que le asiste a que se realice un reconocimiento médico que verifique el estado psicofísico y, en caso de ser necesario, a recibir en forma inmediata asistencia médica.
Las fuerzas de seguridad NO podrán:
1.- Alejarse de los principios fijados en los protocolos de actuación que regulan el uso racional de la fuerza, esto es: legalidad, necesidad, proporcionalidad y progresividad.
2.- Realizar tareas de dispersión masiva a bordo de motocicletas o vehículos, de grupos de personas que se encuentren en la vía pública.
3.- Proceder a la detención de manera compulsiva sin antes recabar los motivos por los que la persona se encuentra fuera de su domicilio.
4.- Realizar detenciones sin informar inmediatamente a la autoridad judicial interviniente.
5.- Realizar traslados a comisarías o dependencias de las fuerzas de seguridad sin la intervención del Poder Judicial o el Ministerio Público Fiscal.
6.- En caso que otra persona se encuentre tomando registro fílmico de la intervención policial, no podrá impedirse dicha actividad.
Fuente: Ministerio de Seguridad de la Nación
DENUNCIAS: A quienes violen la cuarentena o para denunciar el ejercicio abusivo de las fuerzas de seguridad y/o de lxs agentes que cometan violencia institucional, se debe llamar al 134, al 0800-122-5878 o al 11 4091 7352. También se puede escribir un correo electrónico a DNPCVI@jus.gov.ar / Por situaciones de violencia de género, se debe llamar al 144.
La Policía de la Ciudad de Buenos Aires está realizando detenciones abusivas, sobre todo a jóvenes y personas en situación de calle.
Pedimos informes sobre la investigación de los casos y sobre qué medidas se están tomando para evitar que se repitan.https://t.co/gyAxrbRFVp
— CELS (@CELS_Argentina) April 8, 2020
Contra la represión
Por su parte, la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional, compartió hace pocos días una seria de audio-producciones con recomendaciones para la circulación. los contenidos de las piezas sonoras de CORREPI explican:
Desde que entró en vigencia el DNU 297/2020, con el despliegue masivo de las fuerzas de seguridad, ante quienes debemos dar cuenta de las razones por las que estamos excepcionalmente en la calle, venimos relevando infinidad de situaciones represivas que nos imponen actualizar las recomendaciones que publicamos desde el primer día sobre cómo defendernos mejor en este contexto de excepción:
En caso de ser interceptado por las fuerzas de seguridad mantené la calma y respondé claramente sobre los motivos de la salida, exhibiendo documentación o elementos pertinentes. No nos expongamos a situaciones conflictivas innecesarias que habiliten reacciones de los uniformados; no les demos excusas para detenernos.
Es más frecuente la detención de grupos que la de personas que caminan solas. En caso de ser detenidos sepamos que en el 99% de los casos recuperaremos la libertad en unas horas. En ese lapso, te van a identificar, van a fichar para constatar tus antecedentes, idealmente aplicarán protocolos sanitarios y te notificaran del delito o contravención del que te imputan. Respondé todas las preguntas. Cualquier reclamo te expone a sumar en tu contra la acusación por atentado y resistencia a la acusación. Guardá todos los papeles que te den para ocuparte de la defensa de la causa cuando termine la emergencia.
Dado que la mayoría de las personas que quedan detenidas más tiempo es porque tenían algo pendiente -causas abiertas, probations en cursos o problemas de residencia-, tratemos de que las salidas para compras o asistencia a mayores no queden a cargo de quienes tengan alguna vulnerabilidad extra en ese aspecto.
Seamos conscientes que nada facilita más la implementación del control social que una situación de excepción como la que estamos viviendo, y que de nosotrxs depende que la solidaridad prevalezca sobre la especulación y el autoritarismo.
Confiemos y colaboremos activamente, en la manera que efectivamente lo permita el aislamiento, con las organizaciones populares de nuestros barrios, que están dando respuesta allí donde el estado no lo hace.
CORREPI está alerta para denunciar cada hecho represivo, comunícate con nosotros a correpi@fibertel.com.ar o por MD en nuestras redes.
Policía de la ciudad llamando "los travestidos" a mujeres trans en Constitución, en alevosa violación de la ley de identidad de género.
Tal como quedó registrado, el agente reafirma que se trata de "él" y no de ella.
Y claro, enciende la furia.
+ en IG @aislamientorepresivo pic.twitter.com/UoZXXG4F4G
— Franco Torchia (@francotorchia_) April 15, 2020
Cuarentena no significa supresión de garantías constitucionales
Por su parte, el manual de la Liga Argentina por los Derechos Humanos explica: Ni la policía ni ninguna fuerza de seguridad pueden golpearte, insultarte u ordenarte realizar acciones humillantes como los llamados “bailes”. Ni siquiera pueden revisarte tu mochila, bolso, auto o moto sin una orden judicial. Ellos sólo están para hacer el control relativo a la pandemia y tomar medidas en caso de que tu circulación no esté habilitada porque no puedas justificar que ibas a comprar o vender alimentos o comida, no puedas justificar que ibas a una farmacia o centro de salud, tu actividad no esté comprendida dentro de las consideradas esenciales o autorizadas, no tengas el permiso de circulación o no puedas demostrar la existencia de una fuerza mayor (recordá que ésta es la más complicada).
Tenés que tener en claro que todos tus derechos están vigentes, por lo que te tienen que designar un abogado defensor si vos no designás uno de tu confianza.
Otro de los peligros en esta cuarentena es sufrir violencia física o psicológica por parte de alguna de las personas que viven con vos en el mismo domicilio donde cumplís la cuarentena obligatoria. En estos casos estás expresamente autorizada/o a salir de ahí para pedir ayuda.
Sabemos que las fuerzas policiales y de seguridad muchas veces actúan y detienen más por portación de cara, porque sos joven y pobre o porque vivís en determinado barrio. Por eso es necesario que te cuides, pero que sepas que tenés derecho a defenderte y a reclamar por tus derechos.
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