Redacción Canal Abierto | El pasado 24 de abril el máximo Tribunal de justicia -con la firma de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz- sumó un nuevo grano de arena a la avanzada oficialista sobre los derechos laborales.
En esta oportunidad, en la causa “RICA, Carlos c HOSPITAL ALEMAN y otros”, la Corte declaró arbitraria una sentencia de la Sala VII de la Cámara de Apelaciones del Trabajo que había reconocido el carácter laboral de la relación entre un médico y el Hospital Alemán. En su dictamen, el tribunal inferior entendía como condición suficiente el vínculo de siete años de prestación de servicios de lunes a sábados, más allá de que esta haya sido a través una remuneración encubierta bajo facturación monotributista.
“Son sumamente preocupantes los fundamentos del fallo de la Corte, que deja de lado principios esenciales del Derecho del Trabajo como el de irrenunciablidad, haciendo recaer en el trabajador la responsabilidad de haber aceptado ese tipo de contratación”, aseguran desde la Asociación de Abogados Laboralistas (AAL).
En este sentido, Matias Cremonte, el presidente de AAL explica que la resolución “es un mensaje contundente y grave sobre estas formas precarias de contratación que se utilizan para esconder relaciones de dependencia”.
En marzo de este año el INDEC informaba que el nivel de desempleo había bajado al 7,2% en el cuarto trimestre de 2017. O al menos esa era la lectura oficial de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH). Sin embargo, las lecturas menos proclives a la condescendencia no fueron tan optimistas: 8 de cada 10 de esos nuevos ocupados obedecían a la extensión de la informalidad. Es decir que, en su mayoría, se trataba de monotributistas o cuentapropistas, dos formas precarias de contratación que viene promoviendo el gobierno nacional para el abaratamiento de la mano de obra.
Si bien los fallos de la Corte Suprema no representan una legislación directamente aplicable para todos los casos, sí sientan precedentes con influencia sobre los tribunales inferiores.
“Es un fallo que alienta la precarización y el fraude laboral”, sentencia Cremonte.
“Más allá de que la Cámara del Trabajo podría dictar un nuevo pronunciamiento que garantice los derechos laborales conculcados –sin seguir necesariamente el fallo de la Corte-, causa estupor y rechazo la postura mayoritaria del máximo tribunal que, alineándose a nefastas políticas desprotectorias, y en consecuencia apartándose de los imperativos postulados del art. 14 bis de la Constitución Nacional, termina favoreciendo el trabajo no registrado y la precarización laboral”, señala en un comunicado la AAL.